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Leyes deportivas en Venezuela


Enviado por   •  18 de Noviembre de 2023  •  Informes  •  1.641 Palabras (7 Páginas)  •  88 Visitas

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UNIVERSIDAD FERMÍN TORO

ESCUELA DE INGENIERÍA

INGENIERÍA EN COMPUTACIÓN

COMUNICACIÓN ORAL Y ESCRITA

TAREA NÚMERO 3

Autor:

José Miguel Gómez

Christian Mendoza

Luis Jiménez

Luis Torres

Max Frideberg

Docente:

Dilian González

Nombre de la Asignatura:

Lenguaje y Comunicación

CABUDARE, 10 DE NOVIEMBRE[pic 2]

ÍNDICE

INTRODUCCIÓN        3

DESARROLLO        4

CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA        4

LEY DE UNIVERSIDADES        6

LEY DEL DEPORTE        7

CONCLUSIÓN        10


INTRODUCCIÓN

La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela de 1999 es la ley fundamental que establece la organización política y territorial del Estado venezolano. Bajo esta Carta Magna se han promulgado leyes que regulan ámbitos específicos como la educación, las universidades y el deporte. El objetivo de este trabajo es analizar el marco legal que rige estos tres temas a la luz de lo establecido en la Constitución vigente.

En primer lugar, se examinará la Constitución venezolana de 1999 en sus disposiciones relacionadas con la educación, las universidades y el deporte. Luego se abordarán las principales leyes que desarrollan estos preceptos constitucionales: La Ley Orgánica de Educación y su Reglamento, la Ley de Universidades, y la Ley Orgánica de Deporte, Actividad Física y Educación Física con su respectivo Reglamento. De esta manera, se mostrará integralmente el basamento jurídico de la educación, la educación universitaria y los deportes en Venezuela.


DESARROLLO

CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, promulgada en 1999, es el marco legal fundamental que establece los principios, derechos, deberes y garantías de los ciudadanos, así como la organización y funcionamiento del Estado venezolano. Es un documento que refleja las aspiraciones democráticas, sociales y políticas del país, reafirmando la soberanía popular y los valores de justicia, igualdad y participación ciudadana.

Esta constitución se erige como el pilar sobre el cual se fundamentan las leyes y normativas venezolanas, incluyendo las leyes que regulan el ámbito del deporte. La relación entre la Constitución y las leyes deportivas es crucial, ya que establece los lineamientos generales que deben regir en esta área, garantizando el derecho de los ciudadanos a la práctica deportiva, la promoción del deporte como actividad social y el acceso a instalaciones adecuadas para su desarrollo.

El artículo 111 de la Constitución venezolana establece que "el Estado reconoce el deporte y la recreación como actividad fundamental para la calidad de vida de los ciudadanos y ciudadanas". Esto coloca al deporte como un derecho social, promoviendo su práctica como medio para el desarrollo integral de las personas y la colectividad.

Además, la Constitución respalda la creación de leyes específicas que regulen el ámbito deportivo. En este sentido, se han promulgado leyes como la Ley Orgánica del Deporte, la Actividad Física y la Educación Física, que busca fomentar la masificación del deporte, la formación de atletas, la construcción de infraestructuras deportivas y la promoción de programas que estimulen la actividad física en la población.

El artículo 111 también destaca la obligación del Estado de garantizar la creación de condiciones para el desarrollo del deporte, incluyendo la participación masiva, la formación de talentos, el acceso a la práctica deportiva y la dotación de recursos para su promoción. Esto se traduce en políticas públicas destinadas a apoyar y fortalecer el deporte en todas sus manifestaciones, desde el ámbito escolar hasta el profesional.

La Constitución también establece la creación de entes autónomos, como el Instituto Nacional de Deportes (IND) en Venezuela, encargados de regular, promover y desarrollar el deporte en el país, velando por el cumplimiento de los principios constitucionales y las leyes específicas relacionadas con esta área.


LEY DE UNIVERSIDADES

SECCIÓN XVI

De la Dirección y la Comisión de Deportes

Artículo 142.- Para estímulo, desarrollo y coordinación del deporte universitario, en cada universidad funcionará adscrita al Rectorado una Dirección de Deportes de acuerdo con el reglamento que dicte el Consejo Universitario.

Artículo 143.- La Dirección de Deportes tendrá un Director de libre nombramiento y remoción del rector.

Artículo 144.- Como órgano de la Dirección de Deportes, el Consejo Universitario podrá crear con carácter ad-honorem una Comisión de Deportes, en la que participarán profesores y estudiantes designados por el mismo Consejo.

Estos artículos enfatizan la importancia del deporte universitario al establecer una estructura jerárquica específica para su promoción y gestión. La creación de una Dirección de Deportes, como indica el Artículo 142, demuestra el compromiso de las universidades con el estímulo, desarrollo y coordinación de actividades deportivas. La designación y destitución del Director de Deportes por parte del rector (Artículo 143) confirma la autoridad directa en la gestión de este ámbito. Además, el establecimiento de una Comisión de Deportes ad-honorem por el Consejo Universitario (Artículo 144) facilita la participación de profesores y estudiantes, fortaleciendo la comunidad y la organización deportiva dentro de la institución.

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