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Ciudadanía Laboral- Derechos Laborales individuales


Enviado por   •  14 de Febrero de 2023  •  Tareas  •  1.819 Palabras (8 Páginas)  •  228 Visitas

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Guía 2- Ciudadanía Laboral- Derechos Laborales individuales

Actividad Técnica de Aprendizaje: Estudio de Casos.

  • Estudiar casos sobre vulneración de derechos laborales individuales.

Descripción:

  1. El instructor realiza una presentación sobre los derechos laborales individuales en PPT
  2. Posteriormente expone el caso No 6 de la empresa “Quesos y Bocadillos El Gran Manjar”, propone realizar un análisis en conjunto de manera participativa y comenzará con las siguientes preguntas:

  • ¿Para qué exista un contrato de trabajo a término fijo, deben necesariamente aparecer las firmas de quienes lo suscriben? ¿Por qué?
  • ¿Es legal qué el empleador de por terminado unilateralmente un contrato de trabajo a término indefinido para suscribir uno a término fijo?
  • ¿Procede alguna indemnización? ¿Por qué? ¿Cuál?

Nota: Esta actividad se realiza con el fin de explicar a los aprendices un método de análisis de caso.

  1. A continuación, solicita que se reúnan en grupos colaborativos compuesto por cinco aprendices y les asigna los casos que deben estudiar y el respectivo desarrollo de las preguntas.
  2. Finalmente, el instructor solicita a los grupos que presenten a los demás, su caso, análisis y conclusiones.

Caso “Quesos y Bocadillos El Gran Manjar” - INSTRUCTOR

Antonín presta sus servicios como vendedor en una fábrica de quesos y bocadillos en Sogamoso, con un salario mensual de COP$1.000.000. Estudió Mercadotecnia en una prestigiosa Universidad, pero no se ha graduado, según él, porque no tiene tiempo de hacer la investigación dirigida como requisito parcial para obtener su título. Ingresó por medio de un contrato a término indefinido el 1 de octubre de 2011. El 31 de agosto de 2013, el empleador le pasa para que firme un formato de contrato a término fijo de tres meses, porque la política de la empresa es que todos los trabajadores de ahora en adelante deben vincularse por contrato a término fijo; además le manifiestan que él fue un mentiroso con la empresa porque comentó que ya estaba graduado y no era cierto. Él extrañado (sobre todo porque no recuerda haber dicho que ya estaba graduado), lo recibió y lo firmó. El 30 de septiembre de 2013 Antonín recibe una comunicación en la que le dan por terminado su contrato a término fijo a partir del 1 de octubre del año en curso. Llegado el 26 de septiembre a las 5:00 p.m., el jefe le entrega un cheque por concepto del último salario y nada más, y lo invita al primer piso a la fiesta de despedida que le tenían los empleados y jefes de la empresa.

Problema jurídico:

  1. ¿Para qué exista un contrato de trabajo a término fijo, deben necesariamente aparecer las firmas de quienes lo suscriben? ¿Por qué?

Respuesta: 

Si, el artículo 46 del CST establece que los contratos a término fijo deben celebrarse por escrito, asimismo, el artículo 39 del CST contempla los requisitos para la elaboración de un contrato escrito.

  1. ¿Es legal qué el empleador de por terminado unilateralmente un contrato de trabajo a término indefinido para suscribir uno a término fijo?

Respuesta: Si, siempre y cuando se liquide e indemnice al trabajador despedido sin justa causa, para luego celebrar un nuevo contrato de trabajo.

  1. ¿Procede alguna indemnización? ¿Por qué? ¿Cuál?

Respuesta: 

Si, ya que el trabajador fue despedido sin justa causa y debe recibir la indemnización correspondiente al periodo causado entre el 1/10/2011 y el 31/08/2013, con un valor de COP$1.611.111.

Adicionalmente, respecto al contrato a término fijo, el trabajador debe recibir como indemnización COP$2.000.000.

Para un total de COP$3.611.111

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Caso No 1 “Consulta”

Un trabajador celebró un contrato a término fijo de cinco meses y un salario de COP$1.000.000. Fue despedido a los cuatro meses y medio porque se comprobó que había cometido un delito en las instalaciones de la empresa.  La empresa no le paga la prima legal de servicios, pero él insiste en que sí tiene derecho a ella.

Problema jurídico: ¿Tiene derecho un trabajador que ha celebrado un contrato de trabajo a término fijo inferior a seis meses, a la prima legal de servicios proporcional?

¿Se pierde la prima legal de servicios, cuando se ha cometido un delito en las instalaciones de la empresa? ¿Por qué?

Caso No 2 “Restaurante La Gallinita Ciega”

Julián celebró un contrato a término fijo de tres años. Un mes antes de vencerse la segunda prórroga automática, el empleador y el trabajador se reúnen en la oficina del jefe de Recursos Humanos y acuerdan verbalmente que, en vista del excelente trabajo de Julián, inmediatamente cambiarán la modalidad del contrato de trabajo y celebran uno a término indefinido. No se liquida el anterior.

Problema jurídico:

¿El empleador y el trabajador, pueden cambiar la modalidad del contrato de trabajo y celebrar uno nuevo sin liquidar el anterior? ¿Por qué?

¿Se debe pagar alguna indemnización? ¿Cuál y por qué?

Respuesta: Si, pero es necesario liquidar el contrato de trabajo finalizado ya que el artículo 65 del CST establece la obligación del pago de las acreencias de los trabajadores, so pena de incurrir en indemnización por mora. A menos que se haga un acuerdo entre trabajador y empleador y las prestaciones se acumulen y se paguen en las fechas establecidas por ley.

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