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Informe de derecho romano


Enviado por   •  23 de Marzo de 2024  •  Informes  •  2.580 Palabras (11 Páginas)  •  30 Visitas

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DERECHO HEREDITARIO

Eillym Guerrero

C.I: 14.811.450

Yusmargenis Salazar

C.I: 18.327.190

UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL DE LOS LLANOS

OCCIDENTALES EZEQUIEL ZAMORA

2do AÑO DE DERECHO SECCIÓN “A”

 Prof. Antonio Franco

San Fernando de Apure, 13 de Octubre del 2023

DERECHO HEREDITARIO

Es el conjunto de normas y principios jurídicas que tienen por objeto ordenar el fenómeno sucesorio, estableciendo el modo y las condiciones del patrimonio en general de una persona que muere a quienes van a sustituirlo en esos derechos, regulando el destino final de dichas relaciones jurídicas

OBJETO Y REQUISITOS

En las últimas décadas ha ido prevaleciendo la tendencia a subrayar el carácter patrimonial de la hereditas, identificándose ésta con el conjunto de las cosas hereditarias y reconstruida en dicha complejidad como una res corporalis. En esta línea, se mantenía comúnmente la opinión de que en la experiencia romana era esencial la atribución a un sujeto del título de heredero, ya fuere por testamento o por ley, el principal efecto de la sucesión hereditaria suponía la trasmisión mortis causa de determinadas relaciones jurídicas a los herederos del causante, perviviendo éstas a pesar del fallecimiento del que en su día fue su titular. En cuanto a la hereditas, puede concluirse que ostentaba una esencia principalmente patrimonial, al constituir una res incorporalis, albergándose en la misma la corpora y la iura.

Para adquirir la calidad del heredero era menester la concurrencia de ciertos presupuesto o condiciones. Uno de carácter general, cuál era la muerte de una persona, y otros particulares, como la capacidad del difunto para tener heredero y la de este para suceder, la delación a la herencia y algunas veces, la adición o aceptación de la misma para que el heredero la adquiera.

SUCESIÓN TESTAMENTARIA E INTESTATA

En la época histórica de Roma el testamentum era el acto de última voluntad por el cual una persona designaba uno o varios herederos. El mismo tuvo una importancia social muy singular, puesto que garantizaba la perpetuación de la familia. Ello explica que, por ejemplo, tanto en la jurisprudencia como en la legislación romana, claramente se manifestase la voluntad de otorgar con una gran importancia al favor testamenti. Así se apoyaba el cumplimiento efectivo de las disposiciones testamentarias.

SUCESIÓN INTESTADA

Era aquella que tenía carácter supletorio, pues su apertura se producía por disposiciones de la ley a falta de testamento, ya por el difunto no lo hubiera otorgado, o careciera de validez o bien porque el heredero instituido hubiera renunciado a la herencia.

LA DELACIÓN

Desde la perspectiva romanista del Derecho hereditario puede definirse como el que tiene por objeto regular el destino de las relaciones jurídicas de una persona después de su muerte sobre la base de que otra persona entre en la posición jurídica de ésta.

CLASES DE DELACIÓN Y REQUISITOS.

La delación se viene refiriendo a la acción de informar a las autoridades sobre actividades ilegales o a las violaciones de la ley por parte de otras personas. Las leyes y regulaciones varían de un lugar a otro, por lo que los tipos de delación y los requisitos específicos pueden diferir.

  • Delación anónima: La persona que proporciona la información se mantiene en el anonimato.
  • Requisitos comunes: Proporcionar información detallada y veraz sobre la actividad ilegal o la violación de la ley.
  • Delación pública:  La persona que informa no se oculta y está dispuesta a dar su nombre.
  • Requisitos comunes: Proporcionar información precisa y verificable sobre la actividad ilegal.
  • Delación interna:  se realiza dentro de una organización o empresa.
  • Requisitos comunes: Seguir los procedimientos internos de delación de la organización y proporcionar pruebas o detalles que respalden la denuncia.
  • Delación a las autoridades: La persona informa directamente a las autoridades gubernamentales, como la policía o las agencias de aplicación de la ley.
  • Requisitos comunes: Proporcionar información suficiente para iniciar una investigación y, en algunos casos, comparecer como testigo.
  • Delación de fraude fiscal: Se refiere a la delación de evasión fiscal o fraude fiscal.
  • Requisitos comunes: Proporcionar pruebas sustanciales y específicas del fraude fiscal.

Los requisitos específicos pueden variar según la jurisdicción y el tipo de delación. En muchos casos, se requiere que la persona que informa proporcione información veraz y sustancial, y algunas jurisdicciones pueden ofrecer protecciones legales o anonimato para los denunciantes, mientras que otras pueden requerir que se revele la identidad del denunciante en ciertas etapas del proceso.

CARÁCTER PERSONAL DE LA DELACIÓN

  • La regla general no transmite la delación.
  • Las excepciones pueden transmitir: *En la intestada el agnado antes de aceptar.
  • Transmisión al descendiente si el titular no ha podido aceptar porque muere.
  • Se transmite por el menor de 7 años que muere antes de adir.

Justiniano tanto en la testada como en la intestada generaliza la transmisión al descendiente cuando el heredero ha muerto antes de la aceptación- heres legitimus ante aditionem.

USUCAPIO PROHEREDES

Podemos decir que inicialmente permitida por posesión continuada que se aplica en ausencia de herederos necesarios y voluntarios. Luego solo se permite para cosas singulares (y no toda la herencia ya que podía ser considerada como crimen expilatae).

ADQUISICIÓN DE LA HERENCIA

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