Derecho laboral
edithlorenzoEnsayo15 de Agosto de 2015
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UNIVERSIDAD PERUANA DE LOS ANDES
FILIAL LIMA
FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS POLÍTICAS
CURSO : Derecho Individual al Trabajo
ALUMNA : Edith Marleny Lorenzo Alejos
CATEDRATICO : Dr. Juan Alberto Gutiérrez Rodríguez
CICLO : VI
SECCION : A4
Lima Mayo de 2014
El alumno sobre el material subido deberá realizar el análisis, resumen y ejemplos sobre cada uno de los principios del derecho de trabajo o laboral. podrá subirlo en word, power point o Excel.
Informar
Ya que iluminan la tarea de legislar y juzgar
Interpretadora
Permiten desentrañar el verdadero sentido de las normas
Normativa
Normas subsidiariamente los principios que integran el sistema jurídico para cubrir las lagunas del derecho.
Para cubrir las lagunas del Derecho
Principio Protector: es el que le da especificidad a la
en caso de duda de los alcances estas se aplicaran a favor del trabajador,
están considerado:
- Criterio In dubio pro operario.- está referida cuando existe la posibilidad de varios sentidos de la norma, pues en este caso se deberá de elegir cuya interpretación le sea más favorable al trabajador.
- La Regla de la norma más favorable.- en cambio en este caso es cuando existe más de una norma que pueda ser aplicable, o conflicto entre dos o más disposiciones, entonces se optará por aquella también en la que beneficia al trabajador en el sentido de que ofrezca mejores ventajas o derechos.
- La regla de la condición más beneficiosa.- criterio por el cual la aplicación de una nueva norma laboral no debe servir no debe disminuir las condiciones más favorable para el trabajador,
Dudas sobre el alcance o sentido de una norma
La duda, la colisión de dos normas o de una norma y una condición fáctica
Principio de irrenunciabilidad de los derechos: este principio esta protegido por la Constiotucion Politica en la que manifiesta la irrenunciabilidad a los derechos laborales, por tanto, la imposibilidad jurídica de privarse voluntariamente de una o más ventajas concedidas por el derecho laboral en beneficio propio, en cambio la renuncia equivale a un acto voluntaria propia de una persona
Principio de la continuidad de la relación laboral: otorga al trabajador a conservar su empleo, en la medida en el que el trabajador cumpla con las relaciones contractuales,
aquella regla “en virtud de la cual el contrato de trabajo se considera como uno de duración indefinida resistente a las circunstancias que en ese proceso pueda alterar tal carácter por lo cual este principio se encuentra íntimamente vinculado a la vitalidad y resistencia de la relación laboral a pesar que determinadas circunstancias puedan aparecer como razón o motivo de su terminación como en el caso de los despidos violatorios de los derechos constitucionales, cuya sanción al importar la reconstitución jurídica de la relación de trabajo como si esta nunca hubiese interrumpido, determinada no solo por el derecho del trabajador al ser reincorporado al empleo, sino también a que se le reconozcan todos aquellos derechos con contenido económico, cuyo goce le hubiese correspondido durante el periodo que duró su cese de facto pues de no acarrear ninguna consecuencia constituiría una autorización tácita para que los empleadores destituyan indebidamente a sus trabajadores quienes no solo se verían perjudicados por la pérdida inmediata de sus remuneraciones y beneficios sociales, sino que también se afectaría su futura pensión de jubilación”.
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