Derecho Laboral
erickleo106 de Julio de 2015
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ORGANIZACIONES SINDICALES
Las organizaciones sindicales a través de la negociación colectiva y de la participación en las instituciones del diálogo social, los sindicatos luchan para proteger y promover los intereses y derechos de los trabajadores que representan y, en la medida que permiten acceder a un gran número de trabajadores, desempeñan un papel importante en la movilización de las fuerzas sociales, tanto en el país como a escala regional e internacional.
La OIT mantiene una relación de colaboración estrecha con las organizaciones sindicales. En la Conferencia Internacional del Trabajo los intereses de los trabajadores los promueven los propios delegados de los trabajadores de todos los países miembros que participan en ella. El Grupo de los Trabajadores del Consejo de Administración, que cuenta con 14 miembros titulares y 19 miembros suplentes, es otra instancia en que se promueven sus intereses.
Historia: Cuando dio comienzo la Revolución Industrial estaba prohibido que se realizaran asociaciones de los trabajadores y se calificó como delito penal. Esto se dio de los años 1776 al 1810. Por ello no existían los sindicatos. Después de este tiempo en varios países se dio la llamada etapa de tolerancia en donde se admitían las sociedades obreras, "de ayuda mutua" o "de resistencia", sin que estas influyeran en las leyes dictadas por el estado.
La época de tolerancia fue sucedida por el derecho sindical a finales del siglo XIX. El primer país que reconoció el derecho a la unión sindical fue Inglaterra, en 1824.
Desde los años 1950 y 1960 la historia sindical ha sido redefinida y expandida por un gran número de historiadores, como E. P. Thompson y Eric Hobsbawm en Europa, y Julio Godio en América Latina que comenzaron a prestar mayor atención a las condiciones sociales de vida y trabajo concreta de los trabajadores, así como los entornos sociopolíticos en que se desarrollan.
La libertad sindical, se trata de una libertad fundamental, constituida por dos planos o niveles simultáneos; un plano individual en el cual los trabajadores individualmente considerados tienen el derecho de organizarse entre sí para la defensa de sus intereses comunes en la sociedad y junto a éste, un plano colectivo en el que se garantiza que las organizaciones constituidas en el ejercicio de esa libertad, tendrán también el derecho, y consecuentemente la garantía, de existir, funcionar y cumplir libremente con los fines para los cuales fueron constituidas. A pesar que como derecho fundamental, la libertad sindical puede encontrar su plena vigencia a partir de los enunciados constitucionales y de las normas internacionales que la establecen, también se requiere de regulaciones mucho más específicas en cada ámbito nacional. Se trata en este caso de normas ordinarias, dirigidas a los eventuales infractores, Estado, empresarios o sus organizaciones, trabajadores y sindicatos de trabajadores, destinadas a garantizar la vigencia efectiva de la libertad sindical.
Sin libertad sindical no puede haber diálogo social ni progreso hacia la justicia social. Esta libertad garantiza a los trabajadores la posibilidad de expresar sus aspiraciones, fortalecer su postura en la negociación colectiva y participar en la elaboración y aplicación de la política económica y social. Es además un requisito previo esencial para una colaboración entre trabajadores, empleadores y gobiernos, en condiciones de igualdad.
La lucha de los trabajadores por el derecho a defender sus intereses mediante sindicatos independientes se inició en el siglo XIX y se prosigue en nuestros días, siendo aún muchos los trabajadores que actualmente se ven privados de este derecho fundamental y son objeto de persecución, despido y encarcelamiento; muchos incluso entregan su vida en esta lucha.
Un paso importante en esta lucha ha sido el reconocimiento
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