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Contratos


Enviado por   •  26 de Septiembre de 2013  •  1.119 Palabras (5 Páginas)  •  245 Visitas

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Contrato individual de trabajo a término indefinido

Empleador: digitecnia.

Nit: 830031122 – 4

Apellidos y nombres del trabajador: José Miguel Parra Aponte

Dirección: Cra 15A # 188ª - 64

Lugar y fecha de nacimiento: Bogotá – 19 de abril de 1996 - Colombia

Cargo a desempeñar: Representante Legal

Salario básico: ordinario – un millón doscientos mil – ($1.200.000)

Fecha de inicio de labores: 15 febrero 2013

Lugar de trabajo: oficina

El presente contrato individual de trabajo se celebra entre el empleador y el trabajador y se rige por las siguientes cláusulas: PRIMERA – OBLIGACIONES: El empleador contrata los servicios personales del trabajador, y éste adquiere las siguientes obligaciones: a) Poner al servicio del empleador toda su capacidad normal de trabajo, en forma exclusiva en el desempeño de las funciones propias del oficio mencionado y en las labores anexas y complementarias del mismo, de conformidad con las órdenes e instrucciones que le imparta el empleador o sus representantes, y b) No prestar directa ni indirectamente servicios laborales a otros empleadores, ni a trabajar por cuenta propia en el mismo oficio, durante la vigencia de este contrato. SEGUNDA – SALARIO: El empleador pagará al trabajador por la prestación de sus servicios el salario indicado, según los términos descritos. Dentro de este pago se encuentra incluida la remuneración de los descansos dominicales y festivos de que tratan los capítulos I y II del título VII del Código Sustantivo del Trabajo. Se aclara y se conviene en que en los casos en los que el trabajador devengue comisiones o cualquiera otra modalidad de salario variable, el 82.5% de dichos ingresos constituye remuneración ordinaria, y el 17.5% restante está destinado a remunerar el descanso en los días dominicales y festivos de que tratan los capítulos I y II del Título VIII del Código Sustantivo del Trabajo. TERCERA – EXTRAS: Todo trabajo suplementario o en horas extras, y todo trabajo en día domingo o festivo se remunerará conforme a la ley, así como los correspondientes recargos nocturnos. Para el reconocimiento y pago del trabajo suplementario, dominical o festivo el empleador o sus representantes deben autorizarlo previamente por escrito. Cuando la necesidad de este trabajo se presente de manera imprevista o inaplazable, deberá ejecutarse y darse cuenta de él por escrito, a la mayor brevedad, al empleador o a sus representantes. En consecuencia, el empleador no reconocerá ningún trabajo suplementario o en días de descanso legalmente obligatorio que no haya sido autorizado previamente o avisado inmediatamente, como queda dicho. CUARTA – OBLIGACIONES: El trabajador se obliga a laborar la jornada ordinaria en los turnos y dentro de las horas señaladas por el empleador, pudiendo hacer éste ajustes o cambios de horario cuando lo estime conveniente. Por el acuerdo expreso o tácito de las partes, podrán repartirse las horas de la jornada ordinaria en la forma prevista en el artículo 164 del Código Sustantivo del Trabajo, modificado por el Artículo 23 de la Ley 50 de 1990, teniendo en cuenta que los tiempos de descanso entre las secciones de la jornada no se computan dentro de la misma, según el Artículo 167. QUINTA - PERIODO DE PRUEBA: Los primeros dos meses del presente contrato se consideran como periodo de prueba y, por consiguiente, cualquiera de las partes podrá terminar el contrato unilateralmente, en cualquier momento durante

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