ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Estado Unitario


Enviado por   •  8 de Junio de 2014  •  3.333 Palabras (14 Páginas)  •  202 Visitas

Página 1 de 14

ESTADO UNITARIO (COLOMBIA)

- RAMA LEGISLATIVA

CONFORMADA :

CONGRESO - Senado

- Cámara de Representantes

FUNCIONES O COMPETENCIAS:

Elaboración del Derecho Positivo normas que rigen la vida

del país - el poder Legislativo = hacer la ley.

Facultad de Reformar la Constitución = Poder Constituyente

Ejercer Control político sobre el gobierno y la administración

COMISIONES

Constitucionales Permanentes = Son siete y las tiene cada Cámara.

Legales = Derechos Humanos - ética - estatuto del congresista y de acreditación documental.

Especiales = Vigilancia = de los órganos de control - organismos electorales - de procesos de descentralización y ordenamiento territorial.

Accidentales o de Conciliadores= Para superar las discrepancias.

FUNCIONES EXCEPCIONALES

Judicial - Juzga por responsabilidad política a los altos funcionario del Estado Arts 174 -175.

Electoral - para elegir altos funcionarios del Estado Arts141-173-6-75

Administrativas - para su organización y funcionamiento arts 150 -20

Para emplazar a cualquier persona Natural o Jurídica Art.137.

De protocolo para recibir Jefes de Estado o de Gobierno Art 141

LA MOCION DE CENSURA

Originaria del Sistema de Gobierno parlamentario, el constituyente del 91 la introdujo en el estatuto superior vigente con el propósito de establecer un mecanismo más efectivo que comprometa la responsabilidad de los Ministros.

SUPUESTOS FACTICOS

1-La plenaria del Senado o de la Cámara de Representantes la puede solicitar cuando el Ministro, no concurra a una citación y no presenta excusa justificada, salvo que el Viceministro asista en representación del Ministro.

2.- Puede ser propuesta por la décima parte de los miembros que conforman la respectiva Cámara, por considerar que el Ministro no ha cumplido cabalmente con la responsabilidad a el encomendada, que la votación se lleve entre el tercero y el décimo día siguiente a la terminación del debate, en el Congreso pleno, con la audiencia de los Ministros respectivos y la aprobación de la mayoría absoluta de los integrantes de cada Cámara, quedando el Ministro separado de su cargo.

Arts. 135 (8-9), 208.

CLASES - Por inasistencia injustificada.

- Por no ser idóneo el Ministro en el desempeño del Cargo.

QUÓRUM

Numero mínimo de miembros para deliberar o decidir.

CLASES DE QUORUM

a.- Deliberatorio : Para abrir sesiones, - ¼ cuarta parte de los miembros de la Corporación o Comisión permanente.

b.- Decisorio: Puede ser:

ORDINARIO: Mayoría de los integrantes.

CALIFICADO: Dos terceras partes.

ESPECIAL: Tres cuartas partes

Art. 145

MAYORIAS:

Simples = Asistentes

Absoluta = Integrantes arts. 58,135 (9),150 (10),151,153,167 (2),288,297

307 (1,2,), 310 (2), 342 (1), 349,350 (1), 352

365,375(2),376(1),378.

Calificada = Dos terceras partes de los miembros o asistentes.

Arts. 150 (17), 175, 212 (4).

Arts. 146, 150 (10), 288, 151, 342 (1), 349 (1), 350 (1), 352. 375 (2)

Arts.58, 135 (9),136 (6), 150 (17), 153, 167(2), 175, 212 (4), 297, 307 (1-2), 310 (2), 365 (2), 376 (1), 378 (1).

CLASIFICACION DE LAS LEYES

1ª.- ORGANICAS Art.151

CARACTERISTICAS:

Gozan de prerrogativa especial

Jerarquía Superior a las leyes comunes.

Permanencia y estabilidad.

Reglamentan plenamente una materia.

Condicionan la actuación administrativa y legislativa.

Se limita a los temas que le asigna la Constitución.

ESTABLECE:

Reglamentos del congreso y cada Cámara

Preparación, aprobación y ejecución del presupuesto.

Y la ley de apropiaciones.

Establece Procedimientos.

Ley del Plan General de Desarrollo.

Ley de Asignación de Competencias relativas entidades territoriales.

Atribuciones - Órganos - Recursos y - Participación de los ingresos del - Fondo Nacional del Regalías para l adopción del Estatuto Especial de cada región.

Establecimiento de las condiciones para la conversión de la Región

en Entidad Territorial.

Requisitos para que el Congreso Nacional pueda decretar la formación

de nuevos Departamentos.

Regulación sobre la capacidad estatal para contrata.

Ordenamiento Territorial.

Establece Procedimientos

2ª.- ESTATUTARIA Arts. 25, 26, 38, 39, 150 (7, 9, 11,22), 152 153 154 241 (8),357, 365.

REGULA:

Derecho y Deberes fundamentales.

Administración de justicia.

Organización- Régimen de Partidos y movimientos políticos.

Estatuto de la oposición.

Instituciones y mecanismos de participación ciudadana.

Estados de excepción.

TRAMITE:

Especial

Expide en una sola legislatura.

Revisión previa del proyecto aprobado por la Corte Constitucional.

No se expide mediante facultades extraordinarias.

CARACTERISTICAS:

Rango superior a la ley ordinaria.

Estabilidad y permanencia.

Particular sistema de aprobación modificación y derogación.

Tramite excepcional.

Revisión previa de Constitucionalidad del proyecto.

Su contenido.

Desarrolla los mandamientos Constitucionales e internacionales.

CONTROL:

Jurisdiccional - Integral.

Automático - Definitivo.

Previo - Participativo

3ª.- MARCO Arts. 150 (19), 189 (16), 154.

Definición: Normas Generales - Señala Criterios y objetivos a que debe sujetarse el Gobierno.

Regula en forma General los asuntos respectivos

REGULA:

Crédito Público.

Comercio Exterior.

Cambio Internacional.

Captación de recursos del Público.

Comercio Exterior.

Régimen sobre remuneración y prestaciones del empleado público.

LEY MARCO:

No pueden ser objeto de facultades extraordinarias.

Regula en forma general los asuntos respectivos.

Deja al gobierno una facultad reglamentaria más amplia de lo común.

4ª.- ORDINARIAS

Denominadas comunes.

TRAMITE: Art. 157

Presentación del proyecto.

Publicación oficial del proyecto antes de darle curso en la comisión.

Primer debate = en comisión de cada Cámara.

Segundo debate = en cada Cámara.

Sanción del Gobierno o Presidente del Congreso.

5ª.- INTERPRETATIVAS

Se incorporan a la interpretada.

Adiciona o deroga.

Sujeta a los mismos requisitos Constitucionales de la que interpreta. - Identidad de contenido.

6ª.- DE INTERVENCION Arts. 150 (21), 333, 334.

No versan sobre una materia especifica.

Contienen limites a la libertad de los particulares, en cualquier campo o materia de contenido económico.

El congreso debe precisar cada limite

7ª.- DE FACULTADES EXTRAORDINARIAS Art. 150 (10).

Trasladan al Presidente la facultad legislativa propia del Congreso.

Trámite Legislativo Especial.

Solo el Gobierno tiene la iniciativa para presentar el proyecto.

Requiere de mayoría especial para aprobarlo.

No se concede para modificar códigos, leyes Estatutarias y orgánicas.

Crear Servicios Administrativos y técnicos de las Cámaras, ni decretar impuestos.

8ª.- DE PLANES Arts. 150 (3), 154, 339, 340, 341 (3), 342, 346.

Las de planes de inversión prevalecen sobre las demás.

Deben mantener un equilibrio financiero.

Se elaboran de acuerdo al trámite especial previsto en la Constitución y en la Ley Orgánica.

DE PRESUPUESTO Arts. 345 a 353.

Su vigencia se limita a un año.

La Constitución reglamenta su contenido, trámite y efectos.

Se elabora de acuerdo a la Ley Orgánica.

ESTATUTO DEL CONGRESISITA

INHABILIDADES: Calificación que hace la ley de terminados individuos con el fin de negarles la posibilidad de participar en el ejercicio de determinadas funciones públicas.

Incursos : Art. 179.

Condena a pena privativa de la libertad (prisión, arresto), excepto delitos políticos o culposos.

Ejercido Empleo Público-Autoridad Política civil- Administrativo o Militar un año antes de la elección.

Intervenir en la gestión - celebración de negocios o contratos con entidad Pública en interés propio o de terceros.

Representado entidad que administra tributos o contribuciones para Fiscales- seis meses antes de la elección.

Perdida de la investidura congresional.

Vínculos de matrimonio o unión marital - parentesco - afinidad - civil - y se inscriban por el mismo Partido - Movimiento o grupo para elección de cargo.

Tener doble nacionalidad, excepto los Colombianos por nacimiento.

Nadie podrá ser elegido para más de una corporación o cargo público.

INCOMPACTIBILIDADES: Actos que no pueden realizar o ejecutar los Congresistas durante el periodo de ejercicio de la función.

En caso de renuncia se mantiene durante el año siguiente a su aceptación:

NO PUEDE:

Desempeñar cargo público, ni privado salvo la cátedra (Dedicación -

Eficiencia - Independencia).

Gestionar - Celebrar contratos - ni ser apoderado de Entidades Públicas o Privadas que administren tributos o funciones del Estado.

Ser miembros de juntas directivas de entidades descentralizadas.

Arts. 123, 126, 128, 129,180, 181,281.

MARCO DISCIPLINARIO

DERECHO DE LOS CONGRESISTAS:

Asistir con voz y voto a la sesiones.

Formar parte de una Comisión Permanente.

Citar a funcionarios - Celebrar Audiencias.

Recibir una asignación mensual.

DEBERES DE LOS CONGRESISTAS:

Asistir a las sesiones.

Respetar el reglamento.

Guardar reserva.

No invocar su condición de Congresista para provecho personal Indebido.

Presentar declaración jurada de su patrimonio.

Dar a conocer situaciones de carácter moral o económico que lo inhiban de participar.

Cumplir con las disposiciones sobre incompatibilidad y conflicto de intereses.

FALTA DE LOS CONGRESISTAS:

Desconocimiento de deberes que impone el reglamento.

Desorden e irrespeto en el recinto de sesiones.

No presentar las ponencias dentro del término señalado.

SANCIONES DE LOS CONGRESISTAS:

declaración pública.

Suspensión en el uso de la palabra.

Desalojo del Recinto.

Perdida de la investidura.

VIGILANCIA ADMINISTRATIVA:

Procurador General de la Nación.

FUERO PARA INVESTIGACIÓN Y JUZGAMIENTO POR DELITOS:

En forma privativa, la Corte Suprema de Justicia.

CIRCUNSCRIPCIONES ELECTORALES:

SENADO: - Nacionales

- Especial - Comunidades Indígenas.

CÁMARA DE REPRESENTANTES:

Territorial: Cada Departamento y el distrito capital.

Especial: Grupos étnicos, minorías políticas, Colombianos Residentes en el Exterior.

Por el Sistema de: CIFRA REPARTIDORA para garantizar la equitativa representación de los partidos y movimientos políticos.

FUNCIONES DEL CONGRESO

CONSTITUYENTE:

Competencia para reformar la Constitución.

No puede expedir una nueva Constitución.

Expide normas que modifiquen, reformen, adicionen o deroguen el texto Constitucional, sin cambiar los elementos esenciales de la estructura del Estado o la ideológica.

Estos actos son Legislativos.

Requisitos: - Iniciativa.

- trámite: dos periodos ordinario y consecutivos.

- Referendo obligatorio: Lo referente a Derechos

fundamentales y garantías

Arts. 138,154, 155, 157 (2,3), 237,375, 377.

LEGISLATIVA:

Actividad del Estado encaminada a dictar reglas de Derecho o leyes.

Establece reglas y principios básicos.

Limitaciones:

Inmiscuirse en asuntos privados de otras autoridades.

No imponer pena capital, destierro - prisión perpetua y confiscación.

No variar o modificarlas.

El destino de las donaciones ínter vivos o testamentarios.

No establecer la extradición de los Colombianos por nacimiento por Delitos no cometidos en el exterior y por los no considerados como tales en nuestra legislación.

Arts. 34, 35,62,103, 114,136,150,151,152,153, 212,213,215.

ADMINISTRATIVA:

Actividad encaminada a crear situaciones jurídicas particulares, individuales o de carácter subjetivo.

Actos no de carácter General o impersonal.

Encaminado a aplicar leyes o principios.

Principios: Igualdad - Moralidad - Eficacia - economía - celeridad-

Imparcialidad- publicidad- coordinación.

Por medio de leyes formales: Arts.150 (3, 6, 9,14,15),349.

Actos Diferentes: Arts. 141, 205, 254, 267.

Reconocer incapacidad física del Vicepresidente de la República.

Dar posesión al Presidente o quien le reemplace.

Limitaciones: Arts. 62, 136 (1,4,5,6).

JURISDICIONAL:

Sancionar violaciones, dirimir controversias o pleitos.

Conceder amnistías o indultos.

Acusación y juzgamiento de altos funcionarios del Estado.

Arts. 116 (2), 150 (17),174.

VIGILANCIA Y CONTROL:

De la acción del Gobierno y de la Administración Pública.

Evitar el desvío en el ejercicio de las funciones.

Solicitar informes verbales o escritos.

Moción de Censura.

Moción de observación.

FORMACION DE LAS LEYES

En Sentido Formal solo la Expide el Congreso.

CONTENIDO DEL PROYECTO: Referirse a una misma materia.

PROCEDIMIENTO EN LA FOR5MACION DE LA LEY:

1- PRESENTACION DEL PROYECTO

2- PUBLICACION: Oficial por el Congreso.

3-EBATAES: a- Primer: En la respectiva comisión permanente de cada

Cámara.

b- Segundo: En cada Cámara, en plenaria.

4- SANCION: Por el Gobierno.

5- PROMULGACION: Por el Gobierno, una vez expedida, en el diario

Oficial.

6- VIGENCIA:

Obliga - en virtud de su promulgación.

Observancia - dos meses después de promulgada.

Excepto: - Cuando la ley fije el día.

- Interrumpida las Comunicaciones.

- Monopolios, cuando se haya indemnizado.

Arts. 157, 158, 166, 168, 189 (10),336, 338.

SESION CONJUNTA DE COMISION EN CASOS

POR DISPOSICION CONSTITUCIONAL:

Dar primer debate al proyecto de presupuesto y ley de apropiaciones informe sobre el proyecto del Plan de Desarrollo.

POR SOLICITUD GUBERNAMENTAL:

Trámite de Urgencia.

POR DISPOSICION REGLAMENTARIA:

Cuando lo propongan las respectivas comisiones y autorizadas por las mesas directivas.

Arts. 163, 169, 341 (2), 346.

DIRECTIVAS DE CADA CAMARA

COMPOSICION:

Un Presidente.

Dos Vicepresidentes

PERIODO = Un año

No hay reelección dentro del mismo cuatrienio

SECRETARÍA GENERAL:

En cada Cámara.

Periodo de cuatro años.

No puede ser un miembro del Congreso.

PUBLICACIONES EN EL DIARIO OFICIAL:

Actos Legislativos de Reforma Constitucional.

Leyes y Proyectos de Ley.

Decretos con Fuerza de Ley.

Actos Administrativos de Carácter General de Orden Nacional

(para su vigencia y oponibilidad).

Resoluciones ejecutivas expedidas por el Gobierno Nacional.

La publicación de la Ley es un requisito Constitutivo para su existencia, indispensable para su obligatoriedad, le corresponde ejecutarla al Gobierno después de la Sanción, para la certeza y la seguridad jurídica se requiere que las personas puedan conocer su contenido, es pues una operación administrativa, material, reglada, que se desarrolla de conformidad con lo que establezca la ley y debe ser por escrito y en el Diario Oficial, su vicio no entraña defectos en el proceso de formación de esta.

ESTADO FEDERAL (ESTADOS UNIDOS)

CONFORMADA:

Congreso------Camara Senado

# es basado en la población de cada estado-----Compuesto por 2 miembros por cada est

El total esta firmado en el estatuto 435--------- # actual de senadores:100

Ambas cámaras se reúnen en el edificio del Capitolio, en Washington, D.C.

La Cámara de Representantes tiene 435 miembros que representan un distrito congresual al que sirven por un bienio

CONSTITUCION:

La Constitución no provee representación en el Congreso para los habitantes del Distrito de Columbia ni los territorios.

ELECCION:

Generalmente, los partidos Demócrata y Republicano escogen a sus candidatos en elecciones primarias. Los procesos de elección para los partidos independientes varían de estado a estado.

SALARIOS CONGRESISTAS:

27 millones mensual.

El Senado se compone de 100 miembros, dos representando a cada estado, sin importar la población.

FUNCIONES DEL CONGRESO

El Congreso tiene la responsabilidad de controlar e influir en aspectos de la rama ejecutiva. La supervisión del Congreso evita el despilfarro y el fraude, protege las libertades civiles y los derechos individuales, asegura el cumplimento de la ley por el ejecutivo, rastrea informaciones para formular leyes y educar a la población, y evalúa la actuación del ejecutivo. Esto se aplica a los departamentos ministeriales, agencias del ejecutivo, comisiones reguladoras, y a la presidencia.

SUPERVISION

La supervisión del Congreso adopta muchas formas:

• Requerimientos y audiencias del Comité;

• Consultas formales al Presidente e informes recibidos de él;

• Asesoramiento al Senado y consentimiento de los nombramientos presidenciales y para los tratados;

• Procedimientos de censura de la Cámara de Representantes y subsiguientes juicios en el Senado;

• Procedimientos de la Cámara de Representantes y del Senado de acuerdo con la 25ª enmienda, en el caso de que el Presidente quede discapacitado, o el cargo de Vicepresidente quede vacante;

• Encuentros informales entre legisladores y secretarios del ejecutivo;

• Asignación de miembros del Congreso a comisiones gubernamentales;

• Estudios de los comités del Congreso y agencias auxiliares tales como la Oficina del Congreso para el Presupuesto, y la Oficina de Auditoría del Gobierno, que son ambas secciones del Congreso.

...

Descargar como txt (18 Kb)
Leer 13 páginas más »