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Fuentes Del Derecho Tributario


Enviado por   •  1 de Noviembre de 2013  •  1.345 Palabras (6 Páginas)  •  508 Visitas

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PRINCIPIOS E INSTITUCIONES DEL SISTEMA TRIBUTARIO

I . SISTEMA Y DERECHO TRIBUTARIOS

El derecho Tributario ha venido a constituir una rama del Dercho Financiero con personalidad propia.

El nacimiento del Derecho Tributario va unido al de la concepción moderna del “tributo”, al que podemos definer según el art 2.1 LGT (Ley 58/2003, de 17 de Diciembre) de la sieguiente forma:

“ Los tributos son los ingresos públicos que consisten en prestaciones pecuniarias exigidas por una Administración pública como consecuencia de la realización del supuesto de hecho al que la ley vincula el deber de contribuir, con el fin primordial de obtener los ingresos necesarios para el sostenimiento de los gastos públicos.”

Por tanto, podría definir el Derecho Tributario material y formal, en que se divide , como en el conjunto de principios y normas de naturaleza jurídica relativas al establecimiento y recaudación de los tributos y que analiza las relaciones jurídicas que de ellos se derivan.

ELEMENTOS ESENCIALES DEL TRIBUTO

Todo tribute, desde el punto de vista económico es un ingreso public pero desde el punto de vista jurídico el tributo es una Obligacion , es una prestacion coactiva patrimonial que persigue recaudar.

Los elementos esenciales del tributo son los siguientes:

- Objeto imponible: Aquella riqueza que grava el tributo. Aquella circunstancia cuya realización, de acuerdo con la ley, origina la obligación tributaria. Son hechos imponibles comunes la obtención de una renta, la venta de bienes y la prestación de servicios, la propiedad de bienes y la titularidad de derechos económicos, la adquisición de bienes y derechos por herencia o donación. (Ejemplo: El Objeto Imponible del IRPF es la renta, el objeto imponible del IVA es el consume ).

- Hecho Imponible: Actos, situaciones cuya realización genera el nacimiento de la obligación tributaria. ( Ejemplo: La base imponible del IRPF es la obtención de renta del trabajo ). La Base imponible de algún modo viene a especificar , a concreter el objeto imponible. Sin embargo , no siempre ocurre de esta forma, por ejemplo el IVA.

- Sujeto Pasivo: Individuo o en te que assume la deuda tributaria y los deberes formales tributarios.

- Devengo: Elemento temporal. Se trata del momento exacto en que se entiende producido el hecho imponible y por tanto nace la obligación tributaria. (art. 21 LGT).Responde a la pregunta ¿ Cúando se devenga un impuesto?

Devengo y exigibilidad no tienen porqué coincidir.

Exigibilidad (art. 21.2 LGT): La ley de cada tributo puede fijar la exigibilidad de la cuota o cantidad a ingresar en un momento distinto al del devengo del tribute ◦ Ejemplos: IRPF (devengo 31-12, exigible mayo/junio ejercicio siguiente) ISD (donaciones 30 días / herencia 6 meses desde la fecha del devengo fallecimiento).

Base imponible: Se trata de la cuantificacion del hecho imponible . la magnitud que resulta de la medición del hecho imponible.. Se trata del Hecho Imponible en cifras.

En las relaciones jurídico tributarias el hecho imponible pone de manifiesto la existencia de una capacidad económica en los sujetos, pero para que el impuesto pueda ser aplicado, este hecho debe valorarse de alguna manera, normalmente en unidades monetarias.

La base imponible es en definitiva la magnitud que se utiliza en cada impuesto para medir la capacidad económica del sujeto.

Ejemplos (En el Impuesto sobre la Renta, el hecho imponible es la obtención de renta por una persona, pero la base imponible del impuesto es la cuantía de esa renta obtenida por el sujeto. En elimpuesto sobre el patrimonio la base imponible es el patrimonio que pertenece a un sujeto)

Base liquidable: Es la cantidad resultante de efectuar sobre la Base Imponible las reducciones o deducciones previstas por la ley para el correspondiente tribute – sobre dicha base liquidable se aplicará el tipo de gravamen para calcular la cuota tributaria-.( Por ejemplo en el IRPF se permite las reducciones de “ plan de pensipnes” a la Base imponible).

BL= BI – R

Cuando la Ley no establezca ninguna reducción no existirá port ante base liquidable pues sera coincidente con la base imponible, por tanto solo existirá ésta última.

Tipo de Gravamen:

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