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PROGRAMA DE PREVENCIÓN DE RIESGOS DEL TRABAJO


Enviado por   •  11 de Febrero de 2016  •  Tareas  •  4.567 Palabras (19 Páginas)  •  234 Visitas

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PROGRAMA DE PREVENCIÓN DE RIESGOS

DEL TRABAJO

JUSTIFICACIÓN.

La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en el artículo 123, Apartado “B” fracción XI, establece que la Seguridad Social se organizará conforme a las siguientes bases mínimas:

  1. Cubrirá los accidentes y enfermedades profesionales; las enfermedades no profesionales y maternidad; y la jubilación, la invalidez, vejez y muerte.
  1. En caso de accidente o enfermedad, se conservará el derecho al trabajo por el tiempo que determine la Ley…..

OBJETIVOS.

  1. Detectar y evaluar de todos aquellos riesgos que representan las posibilidades de un daño a la salud de los clientes considerando las actividades, procesos de trabajo, ubicación geográfica y necesidades específicas que en materia de seguridad, higiene y medio ambiente en el trabajo lleguen a presentar sus instalaciones y trabajadores.
  1. Adoptar las medidas necesarias para el control sistemático de todo riesgo detectado conforme a las disposiciones de normatividad reglamentaria y legal.

METAS.

La implantación y aplicación, como mínimo de los subprogramas específicos siguientes:

  1. Investigación de accidentes de trabajo;
  2. Capacitación;
  3. Diseño de guías de verificación;
  4. Verificaciones generales;
  5. Normas, reglamentos y leyes;
  6. Equipos de protección personal;
  7. Promoción general;
  8. Atención de emergencias;
  9. Primeros auxilios;
  10. Servicios preventivos de medicina del trabajo;
  11. Control ambiental.

LÍMITES:

DE ESPACIO:        

DE TIEMPO:        

UNIVERSO:        

ACTIVIDADES

  1. El Oficial Mayor o funcionario equivalente en coordinación con el Director General de Recursos Humanos y Materiales emitirá y difundirá las políticas, normas y líneas de acción que regirán el desarrollo del programa.

  1. El Director General de Recursos Humanos y Materiales de la dependencia o entidad verificará el cumplimiento de todos los subprogramas.
  1. El Director General de Recursos Humanos y Materiales de la dependencia o entidad en coordinación con las áreas de seguridad y salud en el trabajo mantendrá registros actualizados de los avances de cada programa.

RESPONSABLE DEL PROGRAMA:

El Oficial Mayor y el Director General de Recursos Humanos y Materiales de la Dependencia o Entidad.


SUBPROGRAMA DE INVESTIGACÍON DE ACCIDENTES:

JUSTIFICACIÓN:

Todo riesgo consumado requiere de una investigación cuidadosa de las causas que lo originaron, con objeto de determinar y aplicar medidas para evitar su ocurrencia.

OBJETIVOS:

  1. Investigar todo riesgo ocurrido con el objeto de determinar las causas y circunstancias que le dieron origen y adoptar las medidas preventivas y/o correctivas necesarias.

  1. Mantener estadísticas actualizadas sobre los riesgos acontecidos que sirvan para retroalimentar los programas de salud y seguridad en el trabajo, estimular el interés de los niveles de decisión y la representación sindical, por la prevención de riesgos.

METAS:

  1. Investigar la totalidad de los accidentes ocurridos en la dependencia o entidad.

  1. Vigilar el cumplimiento de la adopción de medidas preventivas para evitar su ocurrencia.
  1. Efectuar el registro y procesamiento estadístico de la información obtenida en cada accidente.

ACTIVIDADES:

  1. Investigación. Deberá ser efectuada por el titular del área en donde haya acontecido el accidente, inmediatamente después de haber sido atendido el lesionado, se interrogará a los testigos y en general a quienes puedan aportar datos sobre el accidente. De ser necesario, para la determinación de las causas se procederá a efectuar la reconstrucción del accidente, tomando desde luego todas las medidas necesarias para que no vuelva a repetirse.

  1. A fin de que los accidentes sean efectivamente investigados por los titulares de las áreas, se deberá establecer por parte del Director General de Recursos Humanos y Materiales de la sucursal una política por escrito sobre el particular.
  1. Determinación de medidas correctivas. De acuerdo a las causas que lo hayan originado deberán determinarse las medidas preventivas y/o correctivas correspondientes. De ser posible, se procederá a su participación inmediata en forma definitiva, en los casos en que no se puedan aplicar medidas definitivas inmediatas por razones de carácter técnico, invariablemente se procederá a la adopción de medidas provisionales que garanticen una corrección razonablemente eficiente.
  1. Elaboración de informes. A continuación se procederá al llenado de la forma de investigación y análisis de accidentes y enfermedades de trabajo, establecida a nivel nacional, de acuerdo a las instrucciones contenidas en la forma.
  1. Estadísticas. Serán elaboradas y difundidas por el área de seguridad, higiene y medio ambiente en el trabajo  de la dependencia o entidad.
  1. Control. Con el fin de controlar la calidad de los informes y de las medidas preventivas y/o correctivas que garanticen un control substancial de los riesgos, el área de seguridad, higiene y medio ambiente en el trabajo revisará los informes de accidentes y enfermedades de trabajo graves o potencialmente graves.
  1. Evaluación. El programa será evaluado cada seis meses por la Comisión Central de Seguridad y Salud en el Trabajo, la cual deberá participar en todos los aspectos del programa, conforme a las disposiciones legales y reglamentarias.

RESPONSABLES DEL SUBPROGRAMA;

  1. Investigación: El titular del área en que haya acontecido el accidente y el área de seguridad, higiene y medio ambiente en el trabajo.

  1. Determinación de medidas preventivas y/o correctivas: El titular del área de seguridad, higiene y medio ambiente en el trabajo en coordinación con la Comisión de Seguridad y Salud en el Trabajo.
  1. Elaboración de informes: El área de seguridad, higiene y medio ambiente en el trabajo de la sucursal o entidad.
  1. Estadísticas: El área de seguridad y salud en el trabajo.
  1. Control: El Director General de Recursos Humanos y Materiales de la dependencia o entidad en coordinación con el titular del área de seguridad y salud en el trabajo.
  1. Evaluación: Comisión de Seguridad y Salud en el Trabajo y el titular del área de seguridad y salud en el trabajo de la dependencia o entidad.

SUBPROGRAMA ESPECIFICO: CAPACITACIÓN

JUSTIFICACIÓN:

Aún cuando la capacitación y adiestramiento para el trabajo es una función administrativa encargada a una unidad específica que es la de Recursos Humanos y el titular del área de capacitación, desde el punto de vista legal deberá proporcionarse capacitación en materia de seguridad y salud trabajo y prevención de riesgos de trabajo en general y en particular, sobre atención de accidentes, enfermedades laborales y control de siniestros.

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