Ensayo Etica
dlmrdTarea10 de Agosto de 2022
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Constanza Belén Pérez Reyes
Universidad Central de Chile
Cátedra “Ética Pública y Probidad”
Profesor: Andrés Suárez
Resumen
La manera en que la ética abarca diferentes aspectos de la vida es objeto de estudio, ya sea en la relación que tiene el hombre con la naturaleza o el propio trato que mantiene con su especie. En el presente ensayo se intentará abordar el concepto de ética relacionado a la investigación que se realiza en seres humanos y si estos deben estar informados del proceso que le efectuaran. Por otro lado, se describe como la violación a los derechos humanos es un aspecto irreparable en la vida de quienes fueron afectados; orientado al caso que existió en Chile y las respectivas comisiones que se realizaron para intentar conocer la verdad sobre los casos presentados y de este modo reparar a las víctimas de tan horrendos crímenes.
Palabras claves: bioética, investigación, derechos humanos, dictadura.
Abstract
The way in which ethics encompasses different aspects of life is object of study, either in the relationship that man has with nature or the very treatment he maintains with his species. This essay will attempt to address the concept of ethics related to research that is done on human beings and whether they should be informed of the process that they perform. On the other hand, it is described as the violation of human rights is an irreparable aspect in the lives of those who were affected; oriented to the case that existed in Chile and the respective commissions that were made to try to know the truth about the cases presented and thus repair the victims of such horrendous crimes.
Keywords: bioethics, research, human rights, dictatorship.
Investigación en seres humanos y consentimiento informado.
Jesús Canto y J. Álvaro describen la investigación que realizó Milgram, respecto a la obediencia de las personas. Tal investigación llevó a la conclusión de que grupos mayoritarios absorben a las minorías referente a sus acciones, aun cuando estos actos sean erróneos y hasta destructivos. Por consiguiente, los análisis “fueron realizados de tal forma que una autoridad legítima iría dando órdenes cada vez más ilegítimas, de naturaleza más destructiva” (Canto, Álvaro, 2015, p. 18). Además, demostró que el poder en un grupo puede llevar al abuso del mismo, en conjunto con el concepto de banalidad del mal de Arendt - filósofa que estudió el comportamiento de nazis que se encontraban siendo enjuiciados, buscando comprender que los llevó a tales conductas-. Sin embargo, a pesar de los datos que se obtuvieron gracias a la investigación, no se encontró exenta de críticas. Estas críticas se centraron a la ética en las investigaciones que se realizaron y generó un cambio en el paradigma de las nuevas observaciones, sobre todo con el acto de utilizar descargas eléctricas a futuro en quienes eran partícipes, cesando en algunos casos. Milgram informaba a los participantes de los estudios que labores iban a desempeñar, más omitía información referente a que pesquisa se iba a desarrollar.
El avance de los estudios científicos crea un paradigma respecto a las investigaciones con seres humanos, y esto es lo que describe Miguel Kottow en su texto. Se plantea que la indagación se debe realizar en seres vivos, más no en humanos, aun cuando esto conlleve un avance para la humanidad. Ante esto, se abre la posibilidad de realizar análisis en animales (Bernard, 1859). No obstante, el estudio en humanos es importante para el progreso científico y ante aquella situación se desenvuelve la bioética.
La bioética “cubre un conjunto de investigaciones, de discursos y de prácticas, generalmente pluridisciplinarias y pluralistas, que tienen como objeto aclarar y, si es posible, resolver preguntas de tipo ético” (Kottow, 2016, p. 8). En cuanto a los procedimientos que se realicen en seres humanos, estos deben someterse a las reflexiones propias de la sociología y bioética, para de este modo no pasar a llevar a los pacientes que sean colaboradores de las exploraciones. Por otro lado, se encuentra el consentimiento informado, en donde se informa a los asistentes del estudio o tratamiento que procedimientos se van a efectuar en su persona. Podría ser un derecho que se entiende por obvio, más académicos se oponen infiriendo que “el consentimiento informado se deforma de ser un proceso relacional interpersonal, a convertirse en un procedimiento burocrático, secretarial, en torno al cual se eternizan las elaboraciones teóricas sobre cantidad y calidad de la información” (Kottow, 2016, p. 15).
Por consiguiente, en el caso de Chile, el consentimiento informado (CI) en menores de edad tiene dos aspectos. El primero se enfoca en los menores de 14 años en donde se especifica en el proyecto de ley que presentan “la posible falta de competencia o grado de madurez” (F. León, pp 114), por ende, los padres adquieren la responsabilidad de tomar la mejor decisión para ellos. El segundo, específica a los menores que tienen entre 14 a 18 años, los que se encuentran facultados para recibir la información de los procedimientos que se le vayan a realizar. Igualmente, si los padres del menor y/o los médicos tratantes aprecian que la decisión del menor no es la más efectiva, se pide a un Comité de Ética que interceda en la problemática y resuelva de manera eficiente el caso. Por añadidura, el CI lo debe informar y explicar el profesional que se encuentra a cargo del paciente, en un lenguaje claro y simple para evitar subjetividades en el mensaje.
Por otra parte, si el paciente renuncia a recibir la información de su tratamiento, “se respetará su voluntad haciendo constar su renuncia en la ficha clínica” (Ortiz, Burdiles, 2010, p. 647), sin embargo, esto no expresa que no opte a recibir tratamiento. Asimismo, el CI debe ser informado, libre y voluntario y dado con capacidad, es decir, el paciente debe encontrarse capacitado legalmente para otorgarlo.
Un ejemplo de CI lo podemos apreciar en lo ocurrido en la Escuela Estatal de Willowbrook en Nueva York, donde menores de edad, quienes padecían retraso mental, fueron objeto de estudio a partir de que en la institución se generaron varios casos de la afección. A raíz de las investigaciones realizadas en los menores, se llegó a la conclusión de que existían dos cepas de dicha enfermedad. Por cierto, los padres entregaron su respectivo consentimiento.
Retomando el caso que refiere a Chile, existe una ley que tiene por finalidad “proteger la vida de los seres humanos, desde el momento de la concepción, su integridad física y psíquica, así como su diversidad e identidad genética, en relación con la investigación científica biomédica y sus aplicaciones clínicas” (Ley N° 20.120, art° 1, 2006). Es decir, se regula la materia que consta de la investigación científica en seres humanos, prohibiendo la clonación de ellos, además de contar con el CI. Igualmente, dicha ley crea una Comisión Nacional de Ética que tendrá por función “asesorar a los distintos Poderes del Estado en los asuntos éticos que se presenten como producto de los avances científicos y tecnológicos en biomedicina” (Ley N° 20.120, art°16, 2006).
De este modo, recién en el año 2006, se regula legalmente esta materia tan importante.
Violación a los Derechos Humanos en Chile.
Para lograr comprender qué hechos llevaron a la violación de los derechos humanos en Chile, se debe comprender que sucedió en otrora. En el año 1973, encontrándose en la presidencia Salvador Allende, se comenzó a generar una crisis de magnitudes dantescas, ya sea por intervención de otras potencias o por los medios de comunicación que manipulaban la información entregada a los ciudadanos, Chile se derrumbó económicamente. Es decir, en ese periodo se suscitaron
“tasas de inflación sin precedentes, un déficit fiscal en ascenso, desequilibro en la balanza de pagos, escasez de productos, caos en el sector agrícola, con la necesidad de importar cantidades crecientes de productos alimenticios e insumos, colas de consumidores para adquirir alimentos y bienes básicos y un Estado que “controlaba” las mayores empresas del país” (Lira, 2013, p. 7)
Por otro lado, ciertos sectores de la sociedad comenzaban a preocuparse por las reformas que estaba implementando el entonces Presidente Allende (época de continuidad de la Reforma Agraria y nacionalización de servicios y empresas). En consecuencia, ante la crisis económica que, económica que vivía el país sumado a una inminente guerra civil entre los partidarios del gobierno de la Unidad Popular (UP) y sus opositores, el 11 de septiembre de 1973 las Fuerzas Armadas (FFAA) gestan una de las épocas más oscuras del siglo xx; se da inicio a la dictadura cívico- militar. En otras palabras, se neutraliza el periodo democrático existente en Chile, el Presidente Allende termina con su vida y se disuelve el Congreso.
Durante este periodo, el General Augusto Pinochet, le comunica a la ciudadanía que el país se encontraba en guerra contra el marxismo, por ende, quienes fuesen partidarios a esta ideología eran enemigos; comenzó la persecución a quienes pensaran diferente.
La Iglesia intentó proteger a los “enemigos” creando el Comité de Cooperación Para la Paz, una de las primeras medidas para acaudillar a los perseguidos, más la Junta Militar logró su cierre en 1975 (se creó en octubre de 1973). Quien también fue partícipe importante de la resistencia a la dictadura fue el Cardenal Raúl Silva Henríquez, quien instauró la Vicaría de la Solidaridad para seguir la misión del Comité de Cooperación Para la Paz en el año 1975. A propósito, se buscaba ayudar a las familias que fueron víctimas de actos que los vulneran, ya sea allanamientos a mitad de la noche, desaparición de un integrante del núcleo familiar, interrogatorios y/o torturas. Durante el periodo que se efectuó la dictadura, desaparecieron cientos de personas sin dejar rastro alguno, se torturó a miles por ser enemigos y de igual manera se asesinaron. Las personas no tenían respaldo, ya que “las denuncias de las detenciones ilegales que se presentaron ante los tribunales de justicia no tuvieron éxito y casi en su totalidad los recursos de amparo fueron rechazados” (Lira, 2015, p. 64).
Al retorno de la democracia, tras el plebiscito de 1989 donde la ciudadanía votó por el retorno de ella, comenzaron a salir a la luz, sin miedo, acusaciones. Por ello “las políticas de la transición desde 1990 en relación con las violaciones de derechos humanos tuvieron como eje principal el establecimiento de la verdad de lo sucedido” (Lira, 2013, p12). Con ello se crea la Comisión Nacional de Verdad y Reconciliación (conocida como la Comisión Rettig) que buscaba esclarecer el número de detenidos desaparecidos, ejecutados y torturados con resultado de muerte. El resultado de la Comisión fue un total de 3.550 denuncias recibidas y de las cuales 2.296 fueron reconocidas como víctimas reales de violación a sus derechos humanos. Tras la cifra, el Presidente Patricio Aylwin pidió perdón a las víctimas.
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