Introduccion a la Filosofia Moral - Rachels
Alejandra Chacón GarcíaDocumentos de Investigación30 de Octubre de 2019
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FICHA 1
1. Concepto de epistemología:
La palabra epistemología proviene de dos voces griegas:
Episteme: Ciencia
Logos: Estudio o tratado.
- Es el estudio de la ciencia ya lograda y de la actividad científica que busca consumarse. Establece las reglas del pensar. (Jorge Witker)
- Rama de la filosofía que estudia la estructura, los métodos y la validez del conocimiento (Dagobert D. Runes)
2. Teoría:
La palabra teoría es griega y significa “Visión”. Se puede entender como “conocimiento sistematizado, de generalidad relativamente alta”. (Dagobert D. Runes).
3. Modelos epistemológicos:
En ciencia son medios que tratan de explicar una teoría o un fenómeno. (Jorge Witker)
4. Modelos del conocimiento:
- Teorías objetivistas: Sostienen que la realidad o existencia de los objetos es independiente de las creencias u opiniones. (Materialismo, Positivismo, Empirismo, Realismo)
- Teorías subjetivistas: Reducen la realidad o la existencia de los objetos a la realidad de los estados o actos mentales de los sujetos. (Idealismo, Racionalismo, Perspectivismo)
5. Perspectivismo:
Es un modelo de conocimiento y sostiene que los objetos dependen del yo, pero también el yo depende de los objetos, porque no puede haber pensamientos sin ningún objeto pensado. Cada sujeto capta la realidad desde su propio punto de vista.
6. Iusnaturalismo:
Sostienen que existen principios morales y de justicia universalmente válidos que conforman el derecho natural. (Witker)
7. Iusformalismo (positivismo jurídico):
Promueve la separación del derecho de la ética, moral y religión; asi como toda consideración valorativa, se limita a un análisis de las relaciones lógicas de las normas jurídicas. (Imer Flores)
8. Iusrealismo:
Concibe al derecho como fenómeno social eficaz, susceptible de observación mediante el método empírico por formar parte del mundo real de los hechos. (Imer Flores)
9. Iusmarxismo:
Para esta corriente filosófica el derecho es la expresión normativa de la voluntad o ideología de la clase dominante. (Imer Flores)
10. Origen de la Teoría Tridimensional del Derecho:
Según Daniel Echaiz Moreno (Peruano) en 1950 en la Facultad de Derecho de la Universidad Mayor de San Marcos (Perú) Carlos Fernández Sessarego en su tesis de bachillerato “Bosquejo para una determinación ontológica del Derecho” expuso una nueva teoría para comprender el derecho la que más tarde recibiría el nombre de Teoría Tridimensional del Derecho. En 1953 Miguel Reale, publica en Brasil su libro “Filosofía del Derecho” donde expone idéntica tesis a quien dado el prestigio del jurista se le atribuye haber sido el fundador de esta teoría.
11. En qué consiste la Teoría Tridimensional del Derecho:
Según Miguel Polaino Navarrete, en el ámbito de la Teoría General del Derecho, se ha desarrollado una doctrina, conocida como Teoría Tridimensional del Derecho, y que pone de relieve las tres dimensiones esenciales de la experiencia jurídica: sociedad, norma y valor. Esta teoría arguye que el Derecho no sólo es valor y tampoco es sólo norma, sino que es la conjunción dinámica de hecho, norma y valor.
12. Para qué sirve la Teoría Tridimensional del Derecho:
- Para conocer y comprender el Derecho desde una perspectiva integral.
- Para la práctica del derecho.
- Para la investigación del fenómeno jurídico.
13. Cuáles son las dimensiones del Derecho, según la Teoría Tridimensional del Derecho:
HECHOS (Sociología jurídica o realismo sociológico)
NORMA (Teoría del derecho o ciencia jurídica)
VALOR (Filosofía del derecho o axiología jurídica)
14. Tres tipos de estudio sobre el Derecho en el plano filosófico y empírico según Luis Recasens Siches: F= Filosófico E= Empírico
En el plano del Valor se estudia:
Estimativa o Axiología Jurídica (F)
Política del derecho (E)
En el plano de la Norma se estudia:
Teoría fundamental o general del Derecho (F)
Ciencia Dogmática o Técnica del Der. Positivo (E)
En el plano de los Hechos se estudia:
Culturología Jurídica (F)
Historia del Derecho y Sociología del Derecho (E)
15. Origen etimológico de la palabra Derecho:
La palabra ¨derecho¨ proviene del latín directum, el cual deriva de dirigere (enderezar, dirigir, encaminar), y a su vez, de regere, rex, rectum (conducir, guiar, conducir rectamente bien). (Rolando Tamayo Salmorán).
16. Qué es el Derecho:
El Derecho es una obra humana, uno de los productos de la cultura. Los hombres hacen Derecho porque tienen necesidad de él; lo hacen al estímulo de unas necesidades, y apuntando a la realización de valores. El Derecho no es un valor puro, ni es una mera norma con ciertas características especiales, ni un simple hecho social con notas particulares. Derecho es una obra humana (hecho) de forma normativa encaminada a la realización de unos valores. De modo que en este concepto se conservan las tres dimensiones indisolublemente unidas entre sí en relaciones de esencial implicación. (Luis Recasens Siches, Filosofía del Derecho, 2003). Podemos decir que el derecho es “el uso de la razón que nos permite vivir de forma organizada y justa”.
17. Los principios generales del Derecho:
Eduardo García Máynez cita al civilista Nicolás Coviello, quien afirmaba que: “Los principios generales del derecho son los fundamentos de la misma legislación positiva, que no se encuentran escritos en ninguna ley, pero que son los presupuestos lógicos necesarios de las distintas normas legislativas, de las cuales en fuerza de la abstracción deben exclusivamente deducirse. Pueden ser de hecho principios racionales superiores, de ética social y también principios de derecho romano, y universalmente admitidos por la doctrina; pero tienen valor no porque son puramente racionales, éticos o de derecho romano y científico, sino porque han informado efectivamente el sistema positivo de nuestro derecho y llegado a ser de este modo principios de derecho positivo y vigente.”
Según Máynez, Giorgio del Vecchio ha demostrado que dichos principios generales del derecho son los del derecho justo o natural. De esto se deduce la justicia y la equidad.
FICHA 2
18. La equidad:
Las raíces etimológicas de equidad son aequitas y aequus, que significan ¨igual para unos y otros, llano, liso¨. Expresan igualdad y unidad. Se debe a Aristóteles el concepto de equidad quien en su Ética a Nicómaco expone: ¨Lo equitativo y lo justo son una misma cosa; y siendo buenos ambos, la única diferencia que hay entre ellos es que lo equitativo es mejor aún¨. Según Máynez la equidad es el más general de los principios en el derecho mexicano, toda rama y toda materia queda sujeta a este principio.
José Hugo Martínez Ortiz cita que: ¨Cuando la ley y la costumbre callan, cuando la interpretación jurídica no alcance a suplir el silencio del legislador, entonces hay que acudir a la equidad¨.
19. Leyes físicas o de la naturaleza:
En la naturaleza se observan fenómenos que se ven reflejados en las leyes físicas. ¨Los cuerpos caen a la misma velocidad en el vacío¨ por ejemplo, es un enunciado que explica el fenómeno de la gravedad. Dicha afirmación es universal porque sucede indefectiblemente y, si ello deja de ocurrir, la ley física perderá su veracidad. Las leyes físicas o de la naturaleza indican relaciones de tipo causal y necesario y se expresan como sigue: si es A, entonces es B.
Hace frío----------------Los cuerpos se contraen.
(Causa) (Efecto)
20. Leyes sociales:
En la sociedad, las relaciones humanas en las que priva el libre albedrío están reguladas por normas jurídicas cuyo objeto es incitar un comportamiento específico que, aun cuando no llegue a cumplirse dichas normas no pierden validez, y se expresan del siguiente modo:
Si es A, debe ser B.
Pasarse un alto-----------------------Multa
(Supuesto jurídico) (Consecuencia)
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