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Relatoria derecho


Enviado por   •  26 de Junio de 2022  •  Ensayos  •  1.411 Palabras (6 Páginas)  •  48 Visitas

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Relatoría

1. ¿Del texto guía establecer cuáles son los puntos centrales, tesis y argumentos que defienden los autores del artículo?

-La distinción de las reglas y los principios. El punto de partida es la distinción entre reglas y principios, resaltada por Dworkin en el libro “Los derechos en serio”, en el que indica que los jueces suelen acudir a normas jurídicas que no cumplen con las condiciones para ser consideradas como reglas. El primer argumento es que las reglas tienen una aplicación de todo o nada, mientras que los principios tienen textura abierta, y requieren ser concretados para poder ser aplicados a los casos concretos. Por otra parte, las reglas tienen un grado de generalidad relativamente, mientras que los principios tienen un nivel de generalidad relativamente alto debido a que “la norma no enumera exhaustivamente los hechos en presencia de los cuales se produce la consecuencia jurídica correspondiente” (Guastini, 2016, pág 77, sintaxis). El segundo criterio de distinción es que las reglas se aplican mediante subsunción en el cual en caso de que dos reglas entren en conflicto una de ellas se considera como inválida, mientras que cuando existen dos principios en colisión debe acudirse a ponderarlos en el caso concreto tendiendo a aplicar los principios en la mayor medida de lo posible.

-La importancia de los principios para la concreción de los derechos fundamentales. Según los autores lo que provee a los principios, como instrumentos para la concreción de los derechos fundamentales, es que actúan como valor fundante del Estado constitucional de derecho. En este sentido, los derechos fundamentales son positivizados mediante principios precisamente por su contenido abierto y moral. En este sentido, Ricardo Guastini define a la regla como un enunciado condicional que conecta una consecuencia jurídica a una clase de hechos, por ejemplo “Si H, entonces J”. En el caso de los derechos fundamentales como el derecho a la vida: “El derecho a la vida es inviolable”, resulta evidente que su tenor literal no establece consecuencias jurídicas ni hechos, debido a que tiene una textura abierta. Por lo tanto, es infructuoso utilizar la subsunción. En estos casos los derechos fundamentales son entendidos como normas de principio concretadas mediante una fundamentación iusfudamental lógica o racional.

-La tasa razonable de justificación cómo límite de la discrecionalidad judicial. Los autores definen la tasa razonable de justificación como la cantidad mínima de argumentación requerida para reducir y evitar la discrecionalidad del juez en los llamados casos difíciles. En primer lugar, los autores citan a Dworkin quien critica el uso indiscriminado que los jueces hacen de su discrecionalidad en los casos jurídicos. Dworkin distingue entre discrecionalidad en sentido débil y discrecionalidad en sentido fuerte, entendiendo la primera como cunado el juez tiene varios precedentes legislativos para aplicar al caso concreto, mientras que la discrecionalidad en sentido fuerte indica que el juez no cuenta con ningún precedente. Para reducir la discrecionalidad de los jueces cuando no existe precedente constitucional, los autores plantean la tasa razonable de justificación, constituida por 6 pasos: 1) Análisis específico de los principios en colisión, 2)Análisis del precedente o precedentes legislativos, 3) Análisis de la subregla (interfaz entre reglas y principios), 4) Circunstancias del caso concreto, 5) Posibilidad de reducción de la justicia individual, 6) Superación del marco concreto de colisión sobre la justicia general, y 7) Argumentos de principios en clave de justificación iusfundamental.

2. Cuál es el argumento central que plantean los autores como hilo conductor de todo el documento.

El argumento principal que plantean los autores es que la tasa razonable de justificación puede reducir la discrecionalidad judicial, al posibilitar una argumentación iusconstitucional correcta para solucionar colisiones de derechos fundamentales, entendidos como normas de principio. En este sentido, los derechos fundamentales, entendidas como normas de principios, requieren concreción a través de una fundamentación iusfundamental correcta o racional, especialmente mediante el principio de proporcionalidad. Además, los principios son esenciales para la concreción de los derechos fundamentales, por tanto, son las principales normas jurídicas del ordenamiento jurídico.

3. Escoger un tópico concreto de la lectura y desarrollar su argumentación específica.

La ponderación como mecanismo para garantizar los derechos fundamentales.

En el texto se citan tres autores colombianos para argumentar la importancia de los principios en el ordenamiento jurídico, y la ponderación como mecanismo para aplicar

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