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ÉTICA EN LA INVESTIGACIÓN


Enviado por   •  8 de Enero de 2023  •  Apuntes  •  14.191 Palabras (57 Páginas)  •  59 Visitas

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Dr. Rodas Cabanillas José Luis

ÉTICA EN LA INVESTIGACIÓN

     Los trabajos de investigación son para los tesistas un reto, ya que los conocimientos previos de sus cursos de seminarios de tesis I, II, etc. no son suficientes para que el tesista se sienta seguro de logarlo, es decir es un reto que quiere logar.

Muchos autores hablen de ética en la investigación, bueno puedo resumir que, debemos tener cuidado que nuestra investigación no afecte los derechos de una persona o de una sociedad, respetando las normas jurídicas de cada comunidad, tener cuidado de citar al autor de alguna técnica, método, programa, categorización, etc. que ese autor lo tenga registrado como propiedad intelectual, pues, si no citas, seria plagio, y esto es antiético, por eso tu trabajo debe ser original, teniendo en cuenta que tu investigación no afecte lo valores y los derechos de otras personas o instituciones, ya que puede causarle perjuicio jurídicos, según las normas vigentes de un país o estado donde se realiza la investigación.

      Uno de los asuntos éticos es la originalidad de un estudio, o una investigación, porque son protegidas por normas jurídicas de cada sociedad.

Los trabajos de investigación o tesis deben ser novedosos, no debe ser copia de algún otro trabajo ya realizado, debe respetar los resultados de sus análisis de sus datos recogidos de primera mano y no esperar adulterarlos para conseguir lo que pretende demostrar.

              ASUNTOS ÉTICOS EN LA INVESTIGACIÓN:

Al hacer una propuesta de investigación, y también cuando ejecuta un proyecto de investigación, el investigador debe reflexionar sobre los principios éticos vigentes en su sociedad y válidos para la especie humana: No se puede proponer ni hacer una investigación que afecte lo valores y los derechos humanos. Algunos de estos asuntos pueden estar considerados en las leyes y otras normas jurídicas vigentes. Las reflexiones éticas tienen siempre esferas de interés. (Tafur, 2015, p.126).

     

ORIGINALIDAD DEL ESTUDIO:  

En la investigación de posgrado, un asunto ético, convertido en norma jurídica por el artículo 24 de la ley Universitaria N°23733 es la originalidad del estudio. Un estudio es original cuando tiene novedad, sea por el objeto que estudia, la técnica que sigue, el instrumento que utiliza o la población que se investiga.

Las investigaciones deben ser siempre novedosas y no solo aquellas que se hacen en los posgrados. No sería ético si un estudio repite otra investigación hecha anteriormente, salvo que amerite investigar por los resultados dudosos en otras investigaciones anteriores. El investigador debe de reflexionar sobre la originalidad de su estudio, antes de ejecutar el proyecto y cuando escribe un proyecto debe declarar que plantea una investigación que cumple ese requisito. (Izaguirre, 2015, p.127).

La propiedad intelectual es un asunto ético, si algún investigador quiere utilizar alguna información, algún diseño creado por otro investigador, un instrumento, una técnica, debe citar a dicho autor, eso significa que está pidiendo permiso al autor para usar lo que él investigo.

LA PROPIEDAD INTELECTUAL.

El derecho de autor, es otro asunto ético que todo investigador debe tener en cuenta. Lo que investigó otro autor, lo que creó otro intelectual al hacer una investigación es de su propiedad y debe respetarse. Si alguien necesita utilizar su instrumento, un diseño, una técnica de propiedad de otro autor, debe pedir permiso y quien lo use debe estar debidamente respaldado, pues no basta afirmar que esta resulto este asunto.

Cuando se utiliza una información que es propiedad de otro autor deben aparecer las referencias completas. Si el autor de una investigación no cumple con este requisito, cae en un asunto delicadísimo, porque estaría robando una propiedad ajena. (Tafur, 2015, p.127).

La crítica es otro asunto ético, significa que todo estudio o trabajo de investigación debe de solucionar problemas o expectativas de la sociedad, es decir en beneficio de la sociedad en donde existe la problemática.

LA CRÍTICA:

Otro compromiso ético es la crítica. Esta exigencia ética significa que el estudio que se propone pretende superar una situación anterior o por lo menos se intenta contribuir en la solución de problemas humanos o sociales, El investigador está obligado a contribuir con la sociedad a la cual pertenece. El artículo 24 de la Ley Universitaria vigente en el Perú, dispone que toda investigación deba ser original y critica. Este criterio de la ley se tiene en cuenta para todas las investigaciones científica, tecnológica y humanística.  (Izaguirre, 2015, p.128).

El derecho a la privacidad es otro compromiso ético, es decir, se debe respetar la privacidad de las personas, empresas e instituciones que dando su información de su institución se sentirían perjudicados en su economía o en sus clientes o estudiantes, es decir si no puedes obtener información de persona o institución, entonces no puedes hacer la investigación, y eso se debe respetar.

Aun mas, el derecho de no ser sometido a riesgos, esto tiene que ver con la investigación social de individuos que pueden vulnerar su derecho a ser protegidos por las leyes constitucionales, salvo que el investigado firme un consentimiento informado.

DERECHO DE PRIVACIDAD:

El investigador está obligado moralmente a respetar la privacidad de las personas, si investiga menores el derecho de privacidad es protegido por los padres o por quienes hacen las veces de ellos. Por ejemplo, si un investigador estudia niñas violadas, no es ético que aparezcan las identificaciones de las investigadas, y menos deben aparecer fotografías donde aparezcan esas niñas. Debe saberse respetar el derecho a la privacidad. (Izaguirre, 2015, p.128).

DERECHO A NO SER SOMETIDO A RIESGOS:

Es un derecho no ser sometido a situaciones riesgosas, salvo consentimiento informado. En los casos de estudio de pacientes, es necesario que las personas estudiadas firmen un consentimiento informando y en el caso de menores son los padres o quienes hacen sus veces respetar este derecho. No se puede mostrar resultados sobre asuntos íntimos de menores. En caso que un estudio tenga riesgos para los que participan el investigador debe estar claro el deslinde de responsabilidades. Si hay riesgos, el investigador debe obtener el consentimiento de las personas que están expuestas a riesgo. Debe aparecer en el formato e consentimiento informado los beneficios del estudio, la privacidad de los resultados. Es una obligación del investigador obtener el consentimiento de los investigados o de sus apoderados mediante documento escrito, en el cual debe aparecer el nombre completo del sujeto participante, la fecha y su firma. (Tafur, 2015, p.128).

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