Antecedentes Del Derecho Constitucional En Mexico
GABHRIELLE18 de Septiembre de 2012
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ANTECEDENTES DEL DERECHO CONSTITUCIONAL EN MEXICO
Cuando en 1807 fue descubierto el plan de Fernando, hijo de Carlos IV, para derrocarle, los encausados en el proceso fueron absueltos por falta de pruebas, desterrados de la corte y el príncipe heredero obtuvo el perdón. Un año después en 1808 la turba pidió la abdicación de Carlos IV, quien le entrego la corona a su hijo Fernando, que pasaría a ser Fernando VII.se considera que ese año significa el comienzo del fin de la monarquía absoluta.
Poco después intervino Napoleón, con la subsecuente guerra, que habría de tener graves repercusiones para España y América.
Napoleón instalo en el trono español a José Bonaparte, quien expidió la Constitución de Bayona, en virtud de la cual los principales órganos de gobierno eran: 1(las cortes formadas por los tres estamentos: nobleza, clero y pueblo; 2) los ministerios en numero de nueve; y 3) los consejos. Uno de los ministerios y uno de los consejos eran de Indias, así como veintidós diputados del estamento popular que debían ser designados por los reinos y provincias de américa y Asia. Cuatro de ellos le correspondían a la Nueva España, que gozaría de los mismos derechos de España, además de conceder la libertad de comercio entre los reinos indianos y con la Península.
La integración de las Cortes de Cádiz favoreció al bando liberal, compuesto principalmente por hombres ilustrados de clase media. Con estas cortes nos hallamos en plena y abierta revolución liberal. Ellas llevaron a cabo una serie de reformas de corte eminentemente liberal. La más trascendental por articular el sistema de gobierno y cubrir la totalidad del área política fue la Constitución de Cádiz.
Los acontecimientos en España tuvieron fuertes repercusiones en la Nueva España, mismos que habrán de desembocar en el fenómeno del Fernandismo, para posteriormente a través de la figura fundamental de don Agustín de Iturbide mediante el Plan de Iguala y los Tratados de Córdoba lograr la consumación de la Independencia de México en 1821.
En ese mismo año se constituye la Junta Provisional Gubernativa, misma que recibe en su seno las diversas posturas políticas del gobierno. Denominada así mismo soberana, debía convocar al primer congreso nacional, mismo que fue instalado el 22 de febrero de 1822. El país estaba en una situación económica dificil, con un presupuesto nacional prácticamente dedicado al ejército y a la marina, por otra parte, el sistema comercial español en México concluyo con la expedición de la primera ley arancelaria del gobierno independiente, emitida el 15 de diciembre de 1821.
El 18 de mayo de 1822 un movimiento popular dio la corona imperial para Iturbide y el congreso confirmo su designación bajo fuertes presiones coronándose a Agustín I Emperador de México el 21 de julio de ese año, con ello se profundizo mas la oposición de los liberales y en Michoacán se organizo un plan para establecer la Republica. Ante la situación Iturbide inicia la represión contra el Congreso, encarcela a vario diputados y termina por disolver el 31 de octubre, nombrando una junta en su lugar.
CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA DE 1812
Conocida popularmente como la Pepa. La discusión del articulado de la Constitución de Cádiz se inicio en agosto de 1811 y termino en marzo de 1812 y promulgada, una vez aprobada, el 19 del mismo mes. El 20 de septiembre de 1813 se clausuraron las cortes generales y extraordinarias que fungieron como constituyentes, el primero de octubre se reunieron las ordinarias, de acuerdo a lo prescrito por la constitución.
La constitución de Cádiz que do dividida en 10 títulos y 384 artículos enuncia como principios fundamentales los siguientes:
1) La nación española esta compuesta por los españoles de ambos hemisferios.
2) La nación es libre e independiente y no puede ser patrimonio de ninguna familia ni persona.
3) La soberanía reside esencialmente en la nación y a esta pertenece el derecho a establecer sus leyes fundamentales.
4) La religión es y será la católica prohibiéndose el ejercicio de ninguna otra.
5) La nación esta obligada a proteger mediante leyes la protección civil, libertad civil, la propiedad y los derechos legítimos de los individuos que la componen.
6) La felicidad de la nación es el objeto del gobierno.
7) Los poderes del estado son tres: el legislativo en las cortes con el rey, el ejecutivo el rey y el judicial, los tribunales de justicia, principio que no se abandonaría en los posteriores textos constitucionales.
8) La forma de gobierno es la de una monarquía moderada y hereditaria. Recibida en México por el virrey.
Oficialmente estuvo en vigor sólo dos años, desde su promulgación hasta su derogación en Valencia, el 4 de mayo de 1814, tras el regreso a España de Fernando VII. Posteriormente se volvió a aplicar durante el Trienio Liberal (1820-1823), así como durante un breve período en 1836-1837, bajo el gobierno progresista que preparaba la Constitución de 1837.
La revolución iniciada en Cádiz suscitó la contrarrevolución fernandina. El recién restaurado rey Fernando VII decretó la disolución de las Cortes, la derogación de la Constitución y la detención de los diputados liberales
A partir de noviembre de 1810 el ejército realista empieza a recuperar terreno bajo el mando de Calleja. Pronto seria recuperadas Guanajuato y Guadalajara, en donde Hidalgo es derrotado y tiene que huir hacia el norte junto con Allende. En el camino a Monclova son aprehendidos y juzgados en Chihuahua, son ejecutados el 30 de julio.
Sin embargo, las guerrillas continuaron su labor. En Zitácuaro, Ignacio Rayón dirige la suprema junta gubernativa de América, en un intento de mantener unido el movimiento. Las victorias de Morelos en el sur le darán tambien un fuerte impulso. Será el quien ocupe la dirigencia requerida. En mayo de 1810 toma Chilpancingo y Tuxtla, en diciembre Cuautla, misma que dos meses después sufrirá el sitio de calleja, por tres meses hasta la evacuación de la ciudad. Todavía el movimiento estaba compuesto básicamente por campesinos. Tiempo después los pobladores de las ciudades se unirán al movimiento. Poco a poco la clase media apoya la revolución y empiezan a actuar en la difusión de las ideas revolucionarias. Se busca atraer a los propietarios criollos, aunque estos no se unirán al movimiento mientras este siga basándose en el campesinado. Morelos toma las ideas propias de la clase media y las pretensiones del campesino mismas que plasma en sus:
SENTIMIENTOS DE LA NACION
Debido a los ataques de Calleja, la junta se trasladó a Sultepec, en esa localidad el doctor José María Cos redactó varios documentos, entre ellos el Plan de Paz y Guerra, en el punto dos de este documento se señaló que: España y América son partes integrantes de la monarquía sujetas al rey; pero iguales entre sí y sin dependencia o subordinación de la uno respecto a la otra".
Morelos estuvo de acuerdo con la tesis de igualdad de las naciones pero difirió en lo relativo a la común sujeción al rey. Cuando leyó por primera vez estos postulados, se encontraba en Acapulco, y para celebrar, alzó una copa y dijo: "Viva España, pero España hermana, no dominadora de América.
Estando bajo constantes ataques, los insurgentes mantuvieron la comunicación por medio de correo. En octubre, Rayón con la ayuda de Cos, redactó una propuesta de constitución. Cuando Morelos recibió dicha propuesta envió sus comentarios mediante una carta firmada el 2 de noviembre de 1812, compartió algunos puntos y realizó observaciones a otros, pero sin duda, lo más relevante fue la discrepancia de no reconocer a la figura monárquica de Fernando VII.
Poco tiempo después, la junta de Zitácuaro comenzó a desintegrarse debido a disputas personales entre los vocales. Inútilmente Rayón intentó restablecer la unión de los mismos, ante tales expectativas Morelos decidió convocar un nuevo congreso en Chilpancingo.
El 14 de septiembre de 1813 fue el día en que se instaló el primer parlamento constituyente y Morelos pronunció en el discurso inaugural los “Sentimientos de la Nación”, de los veintitrés puntos que consta el documento lo más relevante del contenido fue:
1) La América es libre e independiente de España y toda otra nación.
2) La religión católica es la única, sin tolerancia de otra.
3) La soberanía dimana directamente del pueblo, el que la deposita en sus representantes, dividiendo los poderes, el legislativo, ejecutivo y judicial.
4) La esclavitud queda proscrita para siempre y lo mismo la distinción de castas.
5) A cada uno se le guarden sus propiedades y respete en su casa como en asilo sagrado.
6) En la nueva legislación no se admitirá la tortura.
7) Que se quiten los tributos y se fije un 5 % en sus ganancias y demás efectos u otra carga igual a cada uno.
8) Que se solemnice el día 16 de septiembre todos los años como el aniversario en que se levanto la voz de la independencia.
La promulgación en México de la constitución de Cádiz favoreció la autonomía de las diputaciones provinciales frente al virrey. Por otra parte, en el bando insurgente, Morelos reunió en Chilpancingo el 15 de septiembre de 1813, un congreso de representantes de las regiones liberadas que eligió a Morelos como generalísimo encargado del poder ejecutivo. El poder legislativo residía en el congreso nacional, estaba integrado por 5 diputados en propiedad correspondiendo a Valladolid, Guadalajara, Guanajuato, Tecpan y Oaxaca, con tres suplentes por México, puebla y Veracruz, quedando Tlaxcala para resultas. El
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