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Enviado por   •  5 de Agosto de 2013  •  1.513 Palabras (7 Páginas)  •  236 Visitas

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1.1.Extincion de las obligaciones

Una obligación se extingue cuando se ha cumplido la prestación debida al acreedor, en cuyo caso, el deudor queda liberado de la obligación.

1.2 Modos de extinción que operan ipso iure.

Modos que se extinguen la obligación ipso iure (por el mismo derecho), en tal caso, la obligación se ha extinguido completamente y el acreedor carece de acción para poder demandar.

1.2.1. Solutio y satisfactio

 Solutio es el incumplimiento de la prestación debida en una obligación de dare. El verbo solvere significa desatar, soltar, desligar, de ahí que también tenga la acepción de pagar, por lo que disuelve la obligación. Así el sustantivo solutio significa pago cuando se trata de una obligación de dare. Cuando el objeto de pago es una res mancipi, el deudor debe de celebrar la mancipatio o la in iure cessio, en tanto que el dare implica hacer propietario al acreedor . Si se trata de res nec mancipi basta con la simple traditio, y asi lo que se entrega es dinero se habla de numerae pecuniam .

 Si el deudor paga con cosa ajena no queda liberado, a menos que el acreedor haya consumado la usucapion . Si el pago se hizo con dinero ajeno, con ignorancia del propietario o contra su voluntad, tampoco libera al deudor, excepto si la suma entregada ya se ha confundido con el dinero del acreedor, caso en el cual, el propietario de las monedas demandara con la actio furti al que las dio .

 El deudor es quien esta legitimado para hacer el pago y debe tener capacidad para poder realizarlo.

 Pago por un tercero. El pago realizado por un procurator libera al mandator que dio la instruccion .

 El acreedor es quien esta legitimado para cobrar. Al igual que el procurator, el esclavo, el heredero, los representantes de los incapaces, asi como el adstipulator .

 Objeto de pago

 Imputación de pago

 Tempus solutions (tiempo del pago)

 Locus solutions (lugar de pago).

1.2.2. Datio in solutum (dación en pago)

El acreedor no esta obligado a recibir en pago una cosa distinta de la convenida; sin embargo, el deudor puede aliud pro alio solvere (pagar una cosa por otra)si el acreedor lo consiente, lo que se llama datio in solutum.

1.2.3 Obsignatio

En ciertos casos el deudor podía colocar el dinero dentro de un recipiente debidamente sellado (obsignatio) y depositarlo en un edifico publico, generalmente en el tesorode un templo, para que quedara a disposición del acreedor.

1.2.4 Muerte o capitis deminutio.

En las obligaciones penales, cuando ocurre la muerte del delincuente antes de la litis contestatio, la obligación se extingue en razón de la instramisibilidad pasiva; de la misma manera sucede con el adstipulator, que no transmite la calidad de acreedor a su heredero.

1.2.5 Acceptilatio (aceptilación)

La acceptilatio es una forma de extinguir obligciones que han nacido verbis, se realiza al igual que la stipulatio, es un acto contrario, mediante una pregunta seguida de una respuesta . El deudor pregunta ¿Te das por recibido de lo que te prometi? Y el acreedor responde: lo tengo .

Stipulatio aquiliana. Si un deudor intenta cancelar por acceptilatio una deuda que no nació verbis, no quedara librado ipso iure, aunque tendrá una excepción, en tanto que acceptiltio, solo extingue deuds generadas ppor stipulatio .

1.2.6. Novatio

La novación hace que extinga ipso iure la obligación, cuando se cuenta con el consentimiento del acreedor, como ocurre con la datio in solutum.

1.2.7. Delegatio

Durante la legis actio fue imposible ninguna cesión directa. Por lo que se recurre a una estipulación entre el acreedor cesionario y el deudor, con el consentimiento del acreedor cedente. Esto da lugar al nacimiento de una nueva obligación, siendo por tanto necesaria la renovación de las garantías reales. El derecho del cesionario esta protegido por condictio.

1.2.8 Litis contestatio

Es el momento de la fase in iure en que son llamados los testigos del juicio para que recuerden lo que en dicha fase ha ocurrido y lo repitan ante un juez. En el procedimiento formulario la litis contestatio es un momento jco procesal un poco mas complejo, que suele confundirse con el momento que el demandado recibe la formula del demandante y la acepta, quedando asi definido el juicio.

1.2.9. Confussio (confusión)

La confusión de titularidadesse da cuando se reúnen en una misma persona las calidades de acreedor y deudor, respecto de la misma obligación. Esto puede ocurrir en las obligaciones nacidas de stipulatio cuando el deudor seconvierte en heredero del acreedor o vieversa; por conventio in manum o adrogatio.

1.2.10 caducidad y prescripción extintiva de la acción.

Se habla de caducidad o decadencia, cuando el Derecho o la voluntad de las partes fijan un plazo, transcurrido el cual, el derecho de que se trata deja de existir, por lo que la caducidad puede ser legal o convencional. En la caducidad no se admiten causas de interrupción o suspensión, a diferencia de lo que ocurre con la prescripción.

La prescripción tiene su origen en el derecho. En la prescripción el derecho nace con duración definida y solo se pierde cuando

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