DERECHO ROMANO. -SISTEMAS DE GOBIERNO DE ROMA-
FranyelisMMonografía1 de Noviembre de 2015
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VICE RECTORADO DE CIENCIAS JURIDICAS Y POLITICAS
ESCUELA DE DERECHO
BARQUISIMETO – ESTADO LARA
DERECHO ROMANO.
-SISTEMAS DE GOBIERNO DE ROMA-
Integrantes:
Franyelis Mogollón CI: 23.917.936
Yolimar Arroyo CI: 14.826.197
Mariangel Peraza CI: 24.386.723
Roberto Rodríguez CI: 13.842.491
Daniel Yssacura CI: 17.782.689
Profesor: Alirio Meléndez.
Sección: N641
Barquisimeto, 03 de Septiembre del 2015.
INDICE.
INDICE: Pág. 2
INTRODUCCION: Pág. 3
TITULO I: Sistemas de Gobierno en Roma.
- Monarquía: Pág. 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10.
- Republica: Pág. 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 19, 20, 21, 22.
- Imperio: Pág. 22, 23, 24, 25, 26, 27, 28, 29.
- Bajo Imperio: Pág. 29, 30, 31, 32, 33, 34, 35, 36, 37, 38.
- ¿En qué consistió la Reforma de Servio Tulio?: Pág. 38, 39, 40
TITULO II: Fuentes del Derecho en cada uno de los Sistemas de Roma: Pág. 41, 42, 43.
- Ley de las XII Tablas: Pág. 43,44, 45, 46, 47, 48, 49, 50, 51,52, 53, 54, 55, 56.
- ¿En que consistió la Jurisprudencia Republicana?: Pág. 56.
- Ius Civile: Pág. 56, 57.
- Ius Gentium: Pág. 57,58.
- Plebiscito: Pág. 59, 60.
- Edictos: Pág. 60.
- ¿Quién Era Adriano?: Pág. 60, 61, 62.
- Ultima Jurisprudencia Clásica: Pág. 62, 63.
- Derecho Provincial: Pág. 63, 64.
CONCLUSION: Pág. 65.
BIBLIOGRAFIA:
INTRODUCCION:
Desde la fundación de Roma se establece etapas históricas relevantes, que establecieron diferentes sistemas de gobierno que impulsaron su grandeza y caída, un sinfín de registro documentan la majestuosidad de Roma.
Efectivamente la recopilación de esta historia, ha sido un trabajo arduo para los historiadores, quienes en su afán de armar el conjunto de piezas permitieron dar un conocimiento profundo de este pedazo de la historia humana.
A su vez permite entender la influencia de su sistema de gobierno hasta nuestros días, observando ciertas similitudes con la estructura social y política conformada en pleno siglo XXI.
Debido a que la teoría normativa es insuficiente para explicar el Derecho Romano se debe recopilar una serie de factores éticos, sociales, políticos, religiosos, culturales, económico, que faciliten la comprensión del fenómeno jurídico romano.
Es por ello que este trabajo está orientado a resumir las características generales de cada una de las etapas de la historia romana y entender los fenómenos sociales que incidieron directamente en la evolución de cada una, permitiendo al lector mantener una visión macro de las mismas.
SISTEMA DE GOBIERNO DE ROMA.
MONARQUÍA.
Fue la primera forma política de gobierno de la ciudad-estado de Roma, desde el año 753 a. C., hasta el año 510 a. C., cuando el último rey, Tarquino el Soberbio, fue expulsado, instaurándose la república romana.
Las fuentes literarias indican que a Rómulo le sucedieron seis reyes más (tres de origen sabino y los tres últimos de origen etrusco): Numa Pompilio, Tulo Hostilio, Anco Marcio, Tarquinio Prisco, Servio Tulio y Tarquinio el Soberbio.
La autenticidad de tales noticias se puede averiguar por la multitud de huellas que de este sistema político se mantuvieron en época republicana, especialmente en el lenguaje, esto es, el latín:
- La fórmula del calendario romano conocida epigráficamente en los Fasti, Q.R.C.F. (quando rex comitiavit fas), relacionada con los días 24 de marzo y 24 de mayo, que eran los días en que se reunían los comitia curiata.
- En época republicana existe un sacerdocio el rex sacrorum o rex sacrificulus que actúa como primado en el ordo sacerdotum.
- La regia, denominación de la casa del rey, que en época republicana era ocupado por el pontifex maximus.
- El regifugium, fiesta religiosa de discutida relación con la caída del último rey.
- El interregnum, período de vacancia del poder entre reyes sucesivos en cuyo caso el poder vuelve a los patres, esto es, a los senadores patricios que por turno de cinco días cada uno asume el poder como interrex, comenzando por el senador de mayor edad y pasando al siguiente, así hasta que entre los senadores elegían al nuevo rex.
Características de la Monarquía
Vitalicia
La actuación del rey es vitalicio. En esto están deacuerdo varias fuentes, lo que significa que el rey disfrutaba de una “irresponsabilidad política”, puesto que –como jefe supremo de la comunidad– no estaba sujeto a responsabilidad exigible a otros ciudadanos que ostentasen un cargo público.
No es electiva, ni hereditaria Aunque Tito Livio y Cicerón digan que era elegido por el populus, realmente la lex curiata de imperio era simplemente un acto de la investidura del nuevo rex, produciéndose previamente el período del interregnum que antes mencionábamos.
Organización Monarquica.
Social.
La sociedad estaba compuesta por una clase alta o nobleza constituida por los patricios que formaban la aristocracia romana, el sector dirigente y privilegiado y eran los únicos considerados como ciudadanos romanos, con derecho a votar, ocupar los cargos políticos y religiosos; y una clase baja, la plebe, compuesta por los extranjeros y vecinos a los que se les consideraba hombres libres, pero no ciudadanos por lo que carecían de derechos y no tenían ninguna participación en el gobierno ni en la vida religiosa. Los plebeyos podían incorporarse a una familia de patricios como criados para contar con mayor protección.
Existía un último grupo inferior a todo estos, los esclavos, que eran los prisioneros de guerra y los plebeyos deudores, a los cuales no se los consideraba como personas sino como cosas. Se dedicaban a las tareas serviles y carecían de derechos. Los que lograban su liberación mediante un pago, se convertían en clientes.
Dentro de la organización social, la familia constituía la institución más sólida del estado, dentro de la cual era el padre quien contaba con la mayor autoridad.
Política.
El gobierno solamente podía ser ejercido por los patricios. El rey era elegido por la Asamblea, formada exclusivamente por los ciudadanos y cuyas funciones eran variadas (desde legítimas a judiciales). También existía un Senado el cual estaba integrado por los jefes de la familias patricias y sus funciones se basaban en asesorar al rey.
Así las cosas, el nombramiento del rey se lleva a través de un complicado
ceremonial político-religioso:
- Se debe a los auspicia de los patres: Interpretación de la voluntad de los dioses sobre la persona idónea, llegándose a la creatio por parte del interrex.
- La lex curiata de imperio, aprobación de aquella creatio por parte de los comicios curiados
- La inauguratio que cumple el propio rey en cuanto augur.
Poderes del rex:
El rey concentraba todos los poderes públicos, siendo los siguientes:
• Poder religioso.
El rex es el sumo pontífice y, por tanto, va tener un papel fundamental en la vida de la civitas romana; puesto que no podemos olvidar que estamos en una etapa de plena fusión del ius y del fas.
Tenía la función de regular los cultos antiguos y de invocar la protección de los dioses sobre el pueblo. Sin embargo, el rey no es un dios vivo en la tierra, aunque sus atributos externos (corona, toga de púrpura, trono de marfil) pudiesen hacer pensar en que no eran simples mortales. Con todo, un dato es seguro, ellos estaban más cerca de los dioses públicos que el resto de los ciudadanos.
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