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Derecho Probatorio

jairo831131 de Agosto de 2012

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HISTORIA DERECHO PROBATORIO

EVOLUCION HISTORICA DE LA PRUEBA.

Antecedentes Históricos

Es notoria la evolución que ha tenido a través de la historia el derecho probatorio.

En el antiguo derecho romano (año 754 a.c.) y en el griego, tanto el proceso civil como el penal eran oral y las partes tenían la carga de producir la prueba y sólo en los casos especiales se les permitía a los jueces tener iniciativa para decretarlas y practicarlas de oficio.

Los medios principales de prueba fueron los testimonios, los documentos y el juramento. En cuanto la prueba documental, gozó de especial consideración, particularmente en materia mercantil, habiéndose otorgado a algunos documentos mérito ejecutivo directo y por supuesto pleno valor probatorio. De tal manera que cuando las pruebas pertenecían al demandante en virtud del principio “actori incumbit onus probandi”, las principales pruebas eran los escritos y la prueba testifical, además del juramento y la pericia.

En esa etapa histórica, el que afirmaba en su beneficio la existencia de un derecho o de un hecho era quien está obligado a suministrar la prueba; así pues, el demandante debía justificar su pretensión. Si no lo conseguía, el demandado era absuelto. Por su parte, el demandado no tenía que hacer prueba directa; su papel se limita a combatir las suministradas por el demandante. Pero si se oponía una excepción en la demanda, debía a su vez probar los hechos en que se apoyaba este modo de defensa, en cuanto a la excepción, desempeña el papel del demandante.

Los modos de prueba consisten en:

1. Escritos, instrumenta, tales como el escrito que comprueba una estipulación, el arcarium nomen.

2. En testigos, testes. Estos se aprecian, no de acuerdo a su número, sino conforme el valor de los testimonios.

3. En el juramento, jusjurandum in juidicio.

Lo anterior solo es una muestra de cómo se inició el procedimiento para promover y evacuar la prueba en el derecho romano, circunstancia esta que marcó pauta en el derecho a escala mundial. Pero, definitivamente la prueba se presenta a lo largo de la historia cuando surge la necesidad de probar la verdad de un hecho o acto y en el campo procesal, lo que es fundamental, pues consiste en la certeza en el juez sobre la existencia de los hechos que se someten a su consideración.

El movimiento de la Revolución Francesa de 1789, trajo la reacción contra la tarifa legal y la implantación de la libertad de apreciación de las pruebas por el juez, primero en el proceso penal y luego en el proceso civil. Se puso en evidencia que la probabilidad objetiva que es el fundamento de la regla de experiencia convertida en norma legal por la tarifa de pruebas; en tal sentido, no era aceptable una lógica oficial, previa y abstracta, para la investigación de los hechos del proceso, que son concretos e históricos.

La libertad de valorar la prueba es una consecuencia lógica de la ciencia empírica del mundo moderno, e implica un concepto técnico de la investigación de la verdad de los hechos, que rechaza la concepción del razonamiento judicial como un puro silogismo.

La prueba es un estado de cosas, susceptible de comprobación y contradicción, que tiene lugar en el proceso de conformidad con la ley, para producir convencimiento, no solo en el juez, sino en las partes y en el público, sobre la veracidad o falsedad de los hechos del proceso y, consiguientemente para sustentar las decisiones. Ese estado de cosas, que puede consistir en un objeto que confiesas, otro que rinde testimonio, el juez que inspecciona, un experto que analiza y dictamina, un documento que dice algo o un objeto que indica o sugiere algo, resulta claro entonces que ese estado de cosas en el proceso, al que se llama prueba, es introducido a este a través de los llamados medios de

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