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EL CONTRATO POR ADHESIÓN


Enviado por   •  26 de Enero de 2017  •  Informes  •  3.969 Palabras (16 Páginas)  •  211 Visitas

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PRESENTACIÓN

En la doctrina contractualita tradicional y clásica se discutía mucho sobre el carácter contractual de los contratos en los que solamente una de las partes establecía la totalidad de los términos del futuro contrato, estando la otra parte únicamente en la alternativa de celebrar o no el contrato, es decir, de aceptar o no la imposición de la contraparte.

Modernamente no se discute la naturaleza contractual de los denominados contratos por adhesión, razón por la cual el Código Civil actual reconoce expresamente esta modalidad de contratación. El objetivo de este tema es que el aspirante distinga adecuadamente las cláusulas generales de contratación de los contratos celebrados por adhesión y entienda a cabalidad la regulación legal de los mismos contenidas en el Código Civil actual.


                         DEDICATORIA

Dedicamos este trabajo con mucho aprecio a nuestro Profesor Manuel Castillo Venegas por darnos una iniciativa para leer este tema “Contrato por Adhesión”, con mucho cariño para nuestros padres que nos apoyan en este trayecto y para nuestros hermanos que nos dan esa esperanza de seguir con nuestros objetivos. Gracias a ustedes.


INTRODUCCIÓN

Actualmente en el marco de la contratación masiva la gran mayoría de los contratos que se celebran están unilateralmente predispuestos, es decir, generalmente su contenido no surge de una negociación entre ambas partes, sino que son elaborados por una sola de ellos, de sólito una empresa presenta al cliente un contrato completamente determinado sin modificable, para que éste último simplemente se adhiera. Este esquema de contratación conocido como esquema de contratación por adhesión, se aleja del clásico modelo paritario, en donde ambas partes negociaban el reglamento contractual en igualdad de condiciones. Nuestro Código Civil en su libro VII regula dos expresiones del esquema de adhesión: el contrato por adhesión y las cláusulas generales de contratación, éstas últimas a su vez se clasifican en “aprobadas administrativamente” y “no aprobadas administrativamente.


ÍNDICE

1.        EL CONTRATO POR ADHESIÓN        7

1.1.        ANTECEDENTES        7

1.2.        NATURALEZA JURÍDICA        7

1.3.        CONCEPTO        9

1.4.        CARÁCTERISTICAS        9

1.4.1.        La redacción anticipada y unilateral        9

1.4.2.        La unidad e imposibilidad de negociación        10

1.4.3.        El grado de complejidad y tecnicismo        10

1.4.4.        La multiplicidad de personas a las que se dirige        10

1.4.5.        La asimetría entre las partes        10

1.4.6.        El estado de necesidad        10

1.4.7.        La aceptación como condición de la adhesión        10

1.5.        VENTAJAS E INCONVENIENTES        10

1.7.        CLASIFICACIÓN        12

1.7.1.        Adhesión simple o pura        12

1.7.2.        Adhesión condicionada o modificada        12

1.7.3.        Adhesión parcial        12

1.7.4.        Adhesión anómala        12

1.7.5.        Adhesión referida a aprobación        13

2.        ADHESIÓN NO DETERMINADA        13

2.1.        BASE NORMATIVA        13

3.  DIFERENCIAS ENTRE CONTRATOS POR ADHESIÓN Y  CLÁUSULAS GENERALES DEL CONTRATO        14

4.        CONCLUSIONES        16

5.        BIBLIOGRAFÍA        17

  1. EL CONTRATO POR ADHESIÓN

  1. ANTECEDENTES

Los antecedentes históricos de estos mecanismos de contratación, empero mencionaremos casos como los contratos de trabajo (en los que era inconcebible celebrar pactos entre empleador y empleado) o, cuando la necesidad de vivienda ponía en una situación inmejorable al propietario de un bien dado en locación de inmuebles. Estos son interesantes antecedentes en la materia. Estipulaciones equiparables existían también en la Edad Media, cuando los gremios patronales alcanzaron un poder casi ilimitado, que restringía cualquier tipo de actividad, a las pautas expresamente estipuladas por ellos En lo referido al contrato por adhesión, encontramos antecedentes inmediatos en el Código civil italiano (de tendencia contractualista) y en el Código civil holandés (de tipo normativo). Nuestro modelo de contratación tradicional, producto de la influencia del Código de Napoleón, estuvo basado en los principios consagrados por la revolución francesa, que luego fueron revisados, por las nuevas estructuras de la revolución industrial inglesa y que en la actualidad se encuentran enmarcadas dentro de esa nueva estructura denominada “sociedad de consumo”

Según Max Schereiber el contrato por adhesión es aquel contrato, donde una delas de las partes, llamada predisponente o estipulante, redacta todas las estipulaciones o cláusulas contractuales en formularios rígidos a adquirentes anónimos, del público, quienes si desean contratar y sus posibilidades económicas lo permiten deben concretarse a adherirse, caso contrario se apartan, porque nada hay que discutir ni modificar. Su origen se remonta a comienzos de siglo y existía cuando se promulgó el Código Civil de 1936, el cual no asumió posición alguna frente a ella. Tal como señala Max Schereiber al prepararse el anteproyecto de la Parte general, se llegó a la conclusión de que era ineludible legislar sobre esta materia para proteger al consumidor, debido a la preocupación del hecho de quien establece el esquema impone sus reglas a la contraparte, la que de no adherirse no celebra el contrato.

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