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Linea Jurispridencial Sobre el Contrato de Adhesión


Enviado por   •  11 de Agosto de 2015  •  Reseñas  •  6.805 Palabras (28 Páginas)  •  175 Visitas

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LINEA JURISPRUDENCIAL SOBRE EL CONTRATO DE ADHESION

FAJARDO ANGELICA MARIA

GARCIA PAULA DANIELA

GARCIA NICOLAS GIOVANNY

GAVILAN NILLY LORENA

GOMEZ JOHANNA PAOLA

GUTIERREZ ELIANA PAOLA

HERNANDEZ ZAMBRANO LUIS ANDREY

MARTINEZ ANDREA CAROLINA

MEDINA DARLIN KAORY

PARDO MARIA CAMILA

DR. OSCAR GARCIA

DERECHO CIVIL – COTRATOS

UNIVERSIDAD MILITAR NUEVA GRANADA

FACULTAD DE DERECHO

CUARTO SEMESTRE – GRUPO B

BOGOTÁ 05 DE ABRIL DE 2013

INDICE

1. OBJETIVO GENERAL        

2. OBJETIVOS ESPECIFICOS        

3.        ACÁPITE INTRODUCTORIO        

3.1.        Corriente Formalista.-        

3.2.        Corriente Antiformalista.-        

3.3.        La línea Jurisprudencial.-        

4.        NOCIÓN GENERAL SOBRE EL CONTRATO DE ADHESIÓN        

4.1.        Definición.-        

4.2.        Características del contrato de adhesión.-        

4.3.        Clasificación y Elementos del contrato de adhesión.-        

5.        PROBLEMA JURÍDICO        

6.        IDENTIFICACIÓN DE LAS SENTENCIAS HITO        

CONCLUSIONES        

BIBLIOGRAFIA        


LINEA JURISPRUDENCIAL SOBRE EL CONTRATO DE ADHESION

1. OBJETIVO GENERAL

Analizar y comprender el problema jurídico planteado sobre los pronunciamientos esbozados por el Consejo de Estado referente al contrato de adhesión, con el fin de establecer si existe o no la posibilidad de crear una línea jurisprudencial al respecto de este tipo de contrato.

2. OBJETIVOS ESPECIFICOS

  1. Comprensión del concepto general del contrato de adhesión.
  2. Adquirir conceptos generales para el análisis de sentencias tratadas individualmente que en conjunto permitan la estructuración y construcción de una línea jurisprudencial.


  1. ACÁPITE INTRODUCTORIO

La jurisprudencia es considerada como una fuente material del derecho dentro del ordenamiento jurídico colombiano, que aunque fuente, no tiene el carácter vinculante de las fuentes formales. Empero, a partir del nacimiento de la Carta Política del 91 en nuestro país surge una corriente “antiformalista”, la cual propone la generación de un cambio y una evolución en el sistema tradicional de fuentes del derecho, ampliando el valor jurídico de la jurisprudencia dentro del ordenamiento colombiano.

En sentido extenso, el antiformalismo hace referencia a una visión de derecho que se concentra en la crítica a los ideales del formalismo jurídico, a diferencia de lo que ocurre con el formalismo, centrado en las normas positivas como principio y fin de la fundamentación jurídica.

La metodología del antiformalismo descansa en argumentos de conveniencia y beneficio de la interpretación finalista y conflictivista (litis) del derecho, sobre la base de considerar que el ordenamiento jurídico positivo, es exigua para la regulación de la realidad social.

Evidenciamos así, la existencia de dos corrientes que analizaremos brevemente a continuación, para efectos de dar cumplimiento a los objetivos mencionados con anterioridad, y entender la importancia de una línea jurisprudencial en el ordenamiento jurídico colombiano, cuyo concepto será analizado a lo largo de este escrito.

  1. Corriente Formalista.- 

Esta corriente asevera que los problemas jurídicos se resuelven mediante un análisis de las leyes que regulan el tema, es decir, mediante los criterios de jerarquía de las normas, fuentes, vigencia de la ley, y especialidad de la materia.

Para este punto es preciso citar al doctrinario Marco Gerardo Monroy Cabra quien expone que: “… Las Fuentes formales serían la ley y la costumbre, la jurisprudencia solo seria fuente formal si el ordenamiento jurídico le atribuye carácter obligatorio (…) En la tradición romanística (nacionales, latinas y germánicas) prevalece la ley, y en cambio en el sistema anglo-americano (common law) tienen primacía el precedente judicial. Pero en ambos sistemas las normas dictadas por el estado prevalecen sobre todas las demás[1] .

Esta tesis finalista se encuentra sustentada en la pirámide de Kelsen, en la cual se contempla la jerarquía de las leyes, que emanan del Estado, es decir la ley.

El jurista y filosofo Diego López Medina, manifiesta que: “La puja por el control de las fuentes del derecho es una confrontación con contenido político entre las ramas del poder público, y detrás de dichas ramas, entre formaciones sociales con maneras alternativas de entender el Estado y la sociedad en la que cada grupo interesado usa sus recursos políticos constitucionales para modelar a su favor los contornos del sistema[2]”.

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