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Epistemologia Juridica


Enviado por   •  9 de Junio de 2014  •  1.459 Palabras (6 Páginas)  •  276 Visitas

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NOTAS SOBRE LOS PRINCIPIOS DE DERECHO EUROPEO DE LA RESPONSABILIDAD CIVIL

I.INTRODUCCION:

Lograr a medio plazo una unificación o, al menos, una armonización del Derecho privado en el ámbito europeo, y que en los países de nuestro entorno ese proceso de integración europea en el ámbito del Derecho privado ocupa un lugar central en el debate sobre el futuro del Derecho

privado.

“europeización del Derecho privado”, la formación de las nuevas generaciones de juristas hasta la total unificación del Derecho privado mediante la elaboración y promulgación de un “Código civil europeo”, pasando por la elaboración de unos Principios comunes.

Otros equipos trabajan en la elaboración de unos “Principios de responsabilidad civil” (como es el caso del llamado European Group on Tort Law,

1. El European Group on Tort Law (en adelante, el Grupo) El Grupo está formado por una treintena de juristas de diversos países. Entre sus miembros se encuentran reconocidos especialistas europeos en materia de Rresponsabilidad civil.

La redacción de un cuerpo de “Principios” de responsabilidad civil no es una tarea fácil ni un resultado que pueda conseguirse en un breve espacio de tiempo.

El Grupo se inclino por ir publicando los trabajos preparatorios a medida que se iban produciendo, en forma de libros en los que se fueran recogiendo los informes de Derecho interno (National Reports) y el informe comparado (Comparative Report) elaborados sobre cada materia.

2. El Metodo de trabajo

Para cada uno de los temas a tratar (p. ej., culpa, antijuridicidad, responsabilidad objetiva, causalidad, daño, concurrencia de culpa de la víctima, responsabilidad por hecho ajeno, etc...)

se ha seguido un método de trabajo;

a) designación de la persona o personas responsables de proyecto.( A la persona encargada de llevar a cabo esa tarea se la denomina Comparative Reporter)

b) Estas personas deberán impulsar el estudio y el debate del tema correspondiente,

c) elaborar el informe de Derecho comparado y,

d) finalmente, editar el libro en el que se publicarán los trabajos del Grupo sobre el tema en cuestión.

El trabajo del Comparative Reporter empieza con la preparación de un cuestionario sobre los problemas más relevantes que plantea el tema asignado.

Una vez concluido el estudio de cada tema, el informe de Derecho comparado y los informes de derecho interno se publican en la colección Principles of European Tort Law de la editorial Kluwer International.

En su aspecto formal los “Principios” siguen en líneas generales el modelo marcado por los Restatements norteamericanos y en el que en su día también se inspiraron los Principios de Derecho contractual europeo o Principios Lando.

Así, constan de:

1) Texto articulado (black letter rule), en el que se recogen aquellos aspectos normativos que se consideran más esenciales.

2) Parte Introductoria se recogen cuestiones probatorias, terminologías y antecedentes.

3) Breve comentario (commentary), en el que se suelen incluir indicaciones que no sólo son explicativas sino que a menudo tienen también una cierta pretensión normativa de menor

4) Casos breves o ejemplos (illustrations), que sirven para esclarecer el funcionamiento práctico de aquellas reglas que puedan resultar más complejas o novedosas.

II. PRINCIPIOS

1. Estructura, contenido y terminología.

Los Principios constan de 36 artículos divididos en Títulos, Capítulos y Secciones.

T1: A modo de introducción La norma fundamental de la Responsabilidad (C1)

T2: presupuestos generales de la responsabilidad: EL DAÑO (C2) y la Relación de Causalidad (C3).

T3: Fundamento de la Responsabilidad (por la Culpa). (C4), La Responsabilidad objetiva (C5) y la

Responsabilidad por otros (C6)

T4: Causa de exoneraciones en general (C7) y Conducta o actividad concurrente (C8)

T5: Supuestos de pluralidad de causantes de daño (C9)

T6: La indemnización (C10) dividida en: indemnización en Gral. (S1) daño patrimonial (S2) daño no

patrimonial (S3) y reducción de la indemnización(S4).

El criterio del Grupo europeo es apartarse lo menos posible de la terminología tradicional y, en caso de que ésta deba ser clarificada o sustituida por otra, que sea lo menos artificial posible.

La versión final de los principios se ha traducido a 12 lenguas entre ellas al castellano y catalán.

2. Sistema de responsabilidad civil e intereses protegidos

Si bien el Grupo europeo no lleva a cabo una enumeración cerrada de cuáles son los intereses protegidos, sí considera conveniente establecer una cierta jerarquía de intereses cuya lesión dará lugar a indemnización.

Los principios no llevan a cabo una enumeración cerrada de cuales son los intereses protegidos, si

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