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HISTORIA DEL DERECHO MEXICANO


Enviado por   •  13 de Enero de 2013  •  5.105 Palabras (21 Páginas)  •  706 Visitas

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Cuestionario del Examen Final

1. Concepto de Historia del Derecho Mexicano.

Es la ciencia que estudia el origen, los elementos formativos y el desarrollo del sistema jurídico nacional.

José Luis Soberanes, considera: Disciplina que estudia de manera sistemática, crítica e interpretativa los fenómenos jurídicos del pasado que han tenido verdadera importancia y trascendencia en la sociedad mexicana.

2. Concepto y características del Hecho Histórico-Jurídico.

El objeto mismo de la historia es el hecho histórico, es decir, el actuar del hombre en otras épocas. El hecho histórico-jurídico es un acontecimiento humano pretérito con contenido normativo.

Características: Humano: en virtud del albedrío, facultad única del ser humano, a este le corresponde ser actor de la historia, la historia siempre describe y explica hechos realizados por los hombres.

Pretérito: la historia siempre trata de acontecimientos ocurridos con anterioridad, ya sea lejanos o cercanos.

De naturaleza normativa: la historia debe guardar vinculación con el derecho. De esta manera cuando se examina el Derecho Prehispánico, se estudian sus normas, organización política, sistema agrario y de propiedad, familia, la estructura y desempeño de sus tribunales, temas todos que dan cuenta de su sistema normativo.

Trascendente: sus consecuencias influyeron en generaciones incluso posteriores.

Único: los hechos históricos en general son irrepetibles.

Inmodificable: si el hecho ya no ha de volver a vivirse, no puede modificarse.

Testimonial: quedan huellas de su existencia, que constituyen las fuentes del Derecho.

3. Concepto de Derecho Prehispánico.

Conjunto de normas, instituciones y principios filosófico-jurídicos que regularon a los pueblos autóctonos de América.

4. Señale tres fuentes para el estudio del Derecho Azteca y un ejemplo de cada una de ellas.

Códices. Manuscritos elaborados dentro de la tradición indígena. Ejemplo: Códice Mendocino mandado a elaborar en tiempos del primer virrey de la nueva España, Antonio de Mendoza.

Historiadores indígenas. Indígenas que fueron cristianizados y educados por los misioneros españoles, de manera que en sus obras ya hay influencia europea muy marcada, pero que relataron con bastante fidelidad la vida y las costumbres del mundo prehispánico. Ejemplo: Fernando de Alva Ixtlilxóchitl, Juan Bautista Pomar, Fernando Alvarado Tezozómoc.

Arqueología. En todo momento, con sus sorprendentes estudios y descubrimientos, va dando nuevas bases al conocimiento del México prehispánico. Como los descubrimientos hechos en el templo mayor.

El estudio de la lengua náhuatl. Mucho ayuda en comprender más cabalmente el origen y contenido de las instituciones prehispánicas.

5. Señale tres características del Derecho Azteca.

El Derecho penal era muy severo, se distinguía entre delito doloso (castigado con pena de muerte) y delito culposo (con indemnización), pero se castigaba igual al delincuente que a sus cómplices y encubridores.

En Derecho fiscal, mediante el tributo de los vencidos, éstos tributos se pagaban en especie y con periodicidad muy breve, la carga de tributación era excesiva, por lo que los pueblos tributarios se sentían oprimidos.

En Derecho familiar, para los aztecas la familia era una institución básica y siempre mostraron respeto por ella. El matrimonio era obligatorio para los varones entre los 20 y 25 años de edad. La familia era patrilinial.

6. Definición de Derecho Castellano.

Conjunto de normas, instituciones y principios filosófico-jurídicos que rigieron la sociedad del reino de Castilla durante el Medioevo.

Este derecho es particularmente importante porque la empresa de descubrimiento, conquista y colonización de América se hizo con el patrocinio de Castilla y, en consecuencia, fueron su idioma y su Derecho, formado en el sistema jurídico romano-germánico-canónico, los que se establecieron en nuestro continente.

7. Señale la aportación jurídica de Alfonso X El Sabio.

Tuvo una vasta obra jurídica

Legislativa:

• Fuero real, (1255) divido en 4 libros, contiene materia religiosa, aspectos relativos al rey, los juicios y procedimientos, el Derecho familiar, sucesiones y contratos, de los enemigos de la fe; de los delitos y penas, etc.

• El ordenamiento de casas de juego.

• Las leyes de la Mesta, asociación ganadera.

• Las leyes de los adelantados Mayores, de tipo militar.

• Varios Fueros, leyes municipales dadas en su reinado a algunas ciudades.

Doctrinaria:

• Speculum y Septedario, se trata de una mezcla de ideas moralistas, consejos, etc.

Mixta:

• Las siete partidas, constituyen la cumbre de la obra jurídica de Alfonso X. Se hizo inicialmente como una obra orientadora, o guía para legislar, por lo que puede considerarse doctrinal, escrita entre 1256 y 1263, está divida en 7 libros o partidas, se inspira en autores griegos y romanos, en textos de la Biblia y en lo escrito por padres y doctores de la Iglesia, pero sobre todo en el Derecho romano-bizantino de Justiniano y de los glosadores. También contiene aspectos del Derecho canónico y algunas costumbres castellanas antiguas.

8. Definición de Derecho Foral.

Ordenamiento jurídico proveniente de los fueros. Se le considera un tipo de derecho local o propio. Se utilizó

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