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Las Familias Juridicas


Enviado por   •  4 de Octubre de 2013  •  1.251 Palabras (6 Páginas)  •  260 Visitas

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Si se pacta que el cargo impuesto debe ser cumplido antes como unrequisito para que el destinatario de la disposición a título gratuito adquiera elderecho, no estamos frente a un acto sub modo, sino sub condicione.En caso de duda, se juzgará que existe cargo y no condición, en vista aque cuando se celebra un acto jurídico es para que produzca efectos y no paraque no los produzca (cuando el acto es condicionado, no se sabe si el derechova a nacer o no).

3.

Cumplimiento del cargo

Artículo 185.- El cumplimiento del cargo puede ser exigido por elimponente o por el beneficiario. Cuando el cumplimiento del cargo sea deinterés social, su ejecución puede ser exigida por la entidad a la que concierna.El modo, llamado también cargo, carga o encargo, consiste en unaobligación accesoria impuesta al beneficiario de una liberalidad por eldisponente de ésta (ejemplo se dona un predio, imponiendo al donatario lacarga de pagar una pequeña pensión a favor de una persona del afecto deldonante). La palabra "carga" es utilizada aquí en su sentido vulgar. En susentido técnico jurídico, la carga consiste en una obligación vinculada a latitularidad de determinados bienes (ejemplo, la ) servidumbre).La imposición del modo no afecta ni suspende la atribución patrimonialrealizada con carácter gratuito, ni la convierte en onerosa. La relación entre laliberalidad y el modo es de subordinación: el modo es accesorio respecto de laliberalidad, por lo que el incumplimiento del modo no impide la adquisición delderecho ni determina su extinción. El modo no es una contraprestación a cargodel beneficiario de la liberalidad, de la cual es accesorio; en el acto sub modusno es de prestaciones reciprocas, porque la obligación que tiene que cumplir elbeneficiario no tiene la calidad de contraprestación de la prestación objeto de laobligación del disponente, en los actos con prestaciones reciprocas laprestación es causa de la contraprestación y al contrario; en el acto modal nohay una relación de interdependencia entre la obligación del disponente y la delbeneficiario, sino una relación de accesoriedad de ésta frente a aquélla.

17

Si el modo es obligatorio para el beneficiario de la liberalidad, quienhabrá de cumplirlo, surge la pregunta acerca de ¿quién puede exigir elcumplimiento de Ia obligación en que consiste el cargo?. Al respecto, el art. 185es terminante, lalegitimaciónactiva para exigir el cumplimiento del modocorresponde al imponente o al beneficiario. Si el modo es de interés socialpuede exigirlo también laautoridadcompetente.Tanto el beneficiario como el imponente del cargo tienen la calidad deacreedores y, por tanto, pueden exigir su cumplimiento. El deudor del cargo esel beneficiario de la liberalidad. La obligación en que consiste el cargo, si bienaccesoria, autoriza al acreedor para: a) emplear las medidas legales a fin deque el deudor le procure aquello a que está obligado; b) procurarse laprestación o hacérsela procurar por otro, a costa del deudor; c) obtener deldeudor la indemnización de los daños causados con el incumplimiento; d)

17 TORRES VÁSQUEZ, Aníbal; Ob. Cit.; Pág. 512.

hacer uso de laacciónoblicua (art. 1219.4); e) hacer uso de la acción pauliana(art. 195).El modo es obligatorio para el beneficiario de la liberalidad, quien habráde cumplirlo. La legitimación activa para exigir el cumplimiento del modocorresponde al imponerse del cargo o al beneficiario. Si el modo es de interéssocial puede exigirlo también la autoridad competente.

4.Plazo para el cumplimiento del cargo.

Art. 186.- si no hubiese plazo para la ejecución del cargo, éste debecumplirse en el que el juez señale.

Lademandase tramita como proceso sumarísimo.

El cargo será ejecutado en el plazo por el imponente; a falta de esteplazo, si acreedor y deudor no se ponen de acuerdo, el cargo se cumplirá en elplazo que señale el juez en un proceso sumarísimo, atendiendo a lascircunstancias del caso (ejemplo, la facilidad o dificultad para realizarlo).

5.

Intensidad de la limitación modal

Art. 187.- el gravado con el cargo no esta obligado a cumplirlo en lamedida

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