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Origen De Las Obligaciones


Enviado por   •  9 de Noviembre de 2014  •  6.141 Palabras (25 Páginas)  •  202 Visitas

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Origen de las Obligaciones

Definición de Obligaciones

La obligación es una relación jurídica que se establece entre un acreedor y un deudor que se basa en una causa reconocida por el derecho como fundamento del deber de cumplimiento de una prestación y que es exigible mediante una acción de carácter personal.

Las Instituciones de Justiniano definieron así la obligación: es un lazo de derecho que nos constriñe en la necesidad de pagar alguna cosa conforme al Derecho de nuestra ciudad. La obligación está así comparada a un lazo que une una a otra a las personas entre las cuales ha sido creada; es, por otra parte, un lazo puramente jurídico. Digesto nos dice: “La esencia de la obligación no consiste en que uno haga nuestra una cosa o una servidumbre, sino en constreñir a otra persona para que nos dé, o haga o indemnice algo”.

1.- Las primeras obligaciones, al decir de J.E. CASTAÑEDA, que parece en el campo antiguo, son las provenientes de los delitos. Los contratos como emergencia de obligaciones, aparecen posteriormente, cuando el conocido jurídico progresa.

2.- En el antiguo derecho romano, no se concibe la obligación como se conoce en el derecho moderno. Se ignora el elemento temporal, lo que quiere decir que las obligaciones se realizan al contado. El tiempo o plazo ingresa en los negocios jurídicos mucho después.

3.- Es importante tener en cuenta que, como consecuencia del carácter delictual de las obligaciones, opera en la practica como un sometimiento personal del deudor a la persona del acreedor. El deudor, a quien se le llama obligatus, pierde sus bienes, su libertad y su propio cuerpo, de tal manera que el acreedor puede disponer a su antojo, no sólo de sus bienes sino tambien de su persona: puede reducirlo a la esclavitud y tambien venderlo, matarlo o regalarlo. Obviamente su responsabilidad es tanto patrimonial como personal.

4.- Debe recordarse la ley de las XXII tablas, en cuanto acoge la llamada "ley del talión", esto es, ojo por ojo y diente por diente, con lo que se legalizaba la

Evolución de las Obligaciones

II. ELEMENTOS DE LA OBLIGACIÓN

La obligación esta constituida por distintos elementos, los cuales son indispensables para su configuración.

1. SUJETOS

El primer elemento de toda obligación son los sujetos: sujeto activo o acreedor (creditor), que tiene derecho a la conducta del sujeto pasivo o deudor (debitor), que tiene el deber jurídico de cumplir con ella.

Cualquiera de los sujetos de la obligación podrá estar integrado por una o varias personas, lo cual en nada altera su esencia.

Entre los sujetos activos y pasivos existe el vinculo jurídico, que constituye la obligación y que los une.

Vínculo jurídico: deber del deudor. Puede generarse por contrato, por delito, por cuasicontrato o por cuasidelito. Crea medios coercitivos para compeler al obligado al cumplimiento de la prestación o a obtener coactivamente su equivalente pecuniario.

Los tres elementos de que se compone:

Sujetos: activo y pasivo, pudiendo ser personas físicas o jurídicas.

Un sujeto activo, el acreedor; puede haber uno o varios. Al acreedor pertenece el derecho de exigir del deudor la prestación que es objeto de la obligación. El Derecho civil: acción personal; la facultad de dirigirse a la autoridad judicial para obligar al deudor a pagarle lo que se le debe. Esta sanción según los principios del Derecho Civil romano, caracteriza a las obligaciones civiles, las únicas que son verdaderas obligaciones, que consisten en un lazo de derecho. En ciertos casos, sin embargo, encontró bien admitir que una persona pudiese no estar obligada más que según el derecho natural; era un simple lazo de equidad. Resulta de consecuencias que los jurisconsultos y el pretor acabaron por precisar. Pero estas obligaciones imperfectas, calificadas de naturales, no han sido jamás sancionadas por una acción, aquel provecho del cual habían sido reconocidas no podía contar más que con una ejecución voluntaria de parte dl deudor.

Un sujeto pasivo, el deudor. Es la persona que está obligada a procurar al acreedor el objeto de la obligación. Puede haber en ella uno o varios deudores, como uno o varios acreedores.

OBJETO

En segundo lugar tenemos al objeto, que es el otro elemento de la obligación, está constituido por la conducta o comportamiento que el deudor debe observar a favor del acreedor y puede consistir en un dare, facere, praestare, facere o pati.

El término dore se utiliza para referirse a la transmisión de dominio de alguna cosa; es decir, hacer al acreedor propietario de algo. En la permuta ejemplo, encontramos un dare, ya que los contratantes se obligan a transmitir la propiedad de una cosa.

El Término facere se refiere a toda conducta que consista en un acto, un hacer y que no implique la transmisión de dominio de alguna cosa, es decir, que no signifique un dare. Hay un facere en el contrato de prestación de servicios en el que una persona se obliga a realizar algún trabajo a favor de otro.

El término praestare se emplea para aludir al contenido de la obligación en general. De esta manera hablamos de la prestación, ya sea que ésta consista en un dare o en un facere; pero también se utiliza praestare para referirse a algún comportamiento distinto de los anteriores, como cuando una persona se obliga a garantizar una deuda ajena.

Por otro lado, la conducta negativa del deudor configurada por un non facere o un pati consiste en un abstenerse de algo; es decir, no hacer o tolerar. Un ejemplo sería el contrato de arrendamiento el cual el arrendador no debe obstaculizar al arrendatario el uso de la cosa arrendada.

La prestación, objeto de la obligación, debe reunir ciertos requisitos, hacerse posible tanto física como jurídicamente. Nos encontramos con la imposibilidad física, por ejemplo, cuando se vende una cosa que ya no existe; la imposibilidad jurídica surge si se vende algo que esté fuera del comercio.

La prestación además, debe ser lícita, no debe contrariar a la ley ni a las buenas costumbres y, finalmente, debe ser determinada o determinable y valorable en dinero.

CLASIFICACION DE LA OBLIGACION:

1-.POR LOS SUJETOS:

A-. Por su Determinación: Existen sujetos determinados e indeterminados,

En los determinados: tanto el sujeto activo como el pasivo son conocidos desde el nacimiento de la obligación.

En los indeterminados: Los sujetos no están individualizados al nacimiento de la obligación o varía antes de su existencia.

B-. Por su Unidad o Pluralidad: Sujetos unitarios, solo existe un deudor y un acreedor.

C-. Obligaciones solidarias: Son en donde cada acreedor puede exigir y cada

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