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RELACION ESTADO-IGLESIA


Enviado por   •  23 de Enero de 2013  •  1.464 Palabras (6 Páginas)  •  573 Visitas

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RELACIÓN ESTADO-IGLESIA

Hoy en día hablar en nuestro país de las relaciones estado-iglesia implica abordar nuestra historia; ya que es un fenómeno tan polémico, a la luz de la historia del derecho constitucional y del desarrollo del hombre. Ahora bien en lo que se refiere la relación entre lo que es estado e iglesia la constitución de 1917 consagra el principio de supremacía del primero sobre la segunda en la cual se sustenta la relación que ha de haber entre lo que es el estado mexicano y la iglesia, cualquiera que sea su credo religioso.

El principio de la supremacía del estado sobre las iglesias forman parte de las decisiones políticas fundamentales y la regulación sobre esta materia a sido severamente cuestionado por la iglesia católica, desde la promulgación de la carta magna sin embargo, no ha sido reformada lo que es de suyo significativo en un país en el que por un lado la constitución modifica con frecuencia y por el otro lado tuvo como religión de estado, a lo largo de más de trescientos años a la católica. Actualmente el principio se vuelve a cuestionar sobre todo por la iglesia católica. si como parece, las condiciones actuales aconsejaban su revisión, conviene recordar las líneas fundamentales de su evolución en nuestro país para ver en qué medida pueden servir para encontrar soluciones a fines a nuestra tradición jurídica. el problema de las relaciones entre la iglesia específicamente refiriéndonos a la católica y entre el estado reside en que adquirió una gran importancia a partir de la difusión del cristianismo en el imperio romano y es aquí que vemos que desde aquellos remotos tiempos han sido las condiciones políticas de los diversos estados las que han condicionado el régimen jurídico de esta relación. la iglesia se ha ido conformando a las condiciones de la vida pública de los diversos estados, en las cuales los factores políticos, religiosos, étnicos y sociales son determinantes en la fijación del régimen jurídico en que ambas entidades basan sus relaciones, sin embargo la historia respecto a estos temas engloba dos grandes sistemas el de unión entre los dos grandes sistemas así como también el de separación entre ambos.

El sistema de la unión nos deja ver que tiene dos vertientes la de subordinación de la iglesia al estado y viceversa. En el caso de la subordinación, el sistema unionista el su vertiente de subordinación de la iglesia al estado ha tenido dos manifestaciones principales una es la cesaropapista y la otra es el jurisdiccionalismo. El primero considera al gobierno de la iglesia como una rama de administración pública, el jefe del estado es también jefe de la iglesia: cesar y papa. en el segundo caso, el jurisdiccionalismo es una forma atenuada de cesaropapismo en la que el jefe de estado no se arroga la jefatura de la iglesia y reconoce la suprema autoridad espiritual del romano pontífice; aunque en ocasiones invade la esfera de acción de este cambio de favores y privilegios que se concede a la iglesia, en el jurisdiccionalismo la intervención se reduce a los aspectos eclesiásticos temporales, queda a salvo, pues, el dogma religiosa, sus manifestaciones han sido muy variadas y entre ellas el regalismo ocupa un lugar importante.

La subordinación del estado a la iglesia; nos menciona que el sistema unionista en su lugar de subordinación del estado a la iglesia abarca tres posesiones diferentes potestad directa la cual dice que todas las potestades vienen dadas de dios, por lo que la iglesia reivindica la espada espiritual y temporal, otorgando a los soberanos el carácter de delegado o ministros del papa, potestas indirecta es la cual en la que el papa no interviene directamente en los asuntos del estado salvo cuando lo considera necesario para los intereses espirituales de la iglesia, en cuyo caso puede abrogar las leyes civiles y por ultimo tenemos la potestas directiva en la que el papa no tiene facultades para dictar leyes obligatorias para los ciudadanos pero tiene el deber de iluminarlos mediante decisiones doctrinales. Ahora bien el sistema de separación es típico de los regímenes liberales decimonónicos. Parte de la premisa de que ambas instituciones pueden vivir en armonía reconociendo cada una la esfera de competencia de la otra. Sin embargo admite la necesidad de la existencia de vínculos jurídicos entre las dos. La iglesia es para este sistema una institución de índole privada, autónoma dentro de esta misma esfera, pero sujeta

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