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Iglesia Y Estado


Enviado por   •  8 de Junio de 2013  •  2.174 Palabras (9 Páginas)  •  352 Visitas

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INTRODUCCION

En lo que se refiere a las relaciones entre Estado y las Iglesias, la Constitución de 1917 consagra el principio sobre la segunda, en el cual se sustenta la relación que ha de haber entre el Estado mexicano y las Iglesias, cualquiera que sea su credo religioso, el texto constitucional contiene la regulación que sobre votos monásticos, libertad de creencias, cultos externos, enseñanza laica, propiedad de las corporaciones religiosas y participación en los órganos de gobierno, ha de aplicarse a las instituciones denominadas Iglesias, en ella no sólo no se admite la existencia de materias en las que la competencia seria mixta, esto es, en la que participaran conjuntamente el Estado y las Iglesias sino que se niega personalidad jurídica a estas, limitándose a reconocerles su facultad pastoral.

I.- LOS MODOS DE RELACION

El problema de las relaciones entre la iglesia, especialmente la católica y el Estado, adquirió una gran importancia a partir de la difusión del cristianismo en el imperio romano. Desde aquellos remotos tiempos han sido las condiciones políticas de los diversos Estados las que han condicionado el régimen jurídico de estas relaciones. La riqueza de las modalidades que se han presentado desde entonces hace que no sea fácil establecer una tipología que las abarque a todas, ya que muchas veces han estado dominadas por la realidad empírica de cada momento histórico. Dentro de la amplia gama de posibilidades, la iglesia se ha ido conformando a las condiciones de la vida pública de los diversos Estados, en las cuales los factores políticos, religiosos, étnicos y sociales son determinantes en la fijación del régimen jurídico en que ambas entidades basan sus relaciones. Por ello, los esquemas doctrinarios apriorísticos no siempre se ven confirmados por los hechos de la realidad. De cualquier manera, la particular histórica puede ser englobada dentro de dos grandes sistemas, el de unión entre las dos entidades y el de separación entre ambas.

a) EL SISTEMA DE UNION

Este sistema admite dos vertientes, la de subordinación de la Iglesia al Estado o viceversa, y la de coordinación, que presenta tantas modalidades como países la han incorporado a su derecho positivo.

LA SUBORDINACION DE LA IGLESIA AL ESTADO

El sistema unionista, en su vertiente de subordinación de la Iglesia al estado ha tenido dos manifestaciones principales, el cesaropapismo y el jurisdiccionalismo. El primero considera al gobierno de la Iglesia como una rama de la administración pública; el jefe del Estado es también jefe de la Iglesia.

LA SUBORDINACION DEL ESTADO A LA IGLESIA

El sistema unionista en su vertiente de subordinación del estado a la Iglesia abarca tres concepciones diferentes, potestas directa, que postulan que todas las potestades vienen dadas de dios, por lo que la Iglesia reivindica la espada espiritual y la temporal, otorgando a los soberanos el carácter de delegados o ministros del papa, potestad indirecta, en lo que el papa no interviene directamente en los asuntos del Estado salvo cundo lo considera necesario para los intereses espirituales de la Iglesia, en cuyo caso puede abrogar las leyes civiles y, por último, potestad directiva, en la que el papa no tiene facultades para dictar leyes obligatorias para los ciudadanos pero tiene el deber de iluminarlos mediante decisiones doctrinales.

LA COORDINACION ENTRE EL ESTADO Y LA IGLESIA

En la coordinación de Iglesia y estado ambos son considerados como dos soberanos absolutos, cada uno en su respectiva esfera de competencia, la primera en lo espiritual y el segundo en lo temporal, esta modalidad del sistema unionista debe plasmarse en un concordato, a decir de algunos autores, el equilibrio que se logra a través este sistema es siempre inestable y fuente de lucha constante.

b) EL SITEMA DE SEPARACION

Este sistema es la contrapartida del unionista. Es típico de los regímenes liberales decimonónicos, parte de la premisa de que ambas instituciones pueden vivir en armonía reconociendo cada una la esfera de competencia de la otra, sin embargo, admite la necesidad de la existencia de vínculos jurídicos entre las dos entidades.

La iglesia para este sistema es una institución de índole privada. Autónoma dentro de su propia esfera, pero sujeta en algunas de sus acciones a los límites que le impone el Estado, que se dice laico.

Por regla general no coinciden sistemas antagónicos en un mismo momento histórico, en el caso de México, los regímenes han sido distintos según la época histórica de que se trate, en la colonia, el sistema era unionista en su vertiente de subordinación de la Iglesia al Estado, en la nacional se transitó hacia el de separación de una y otro, y después en la Revolución mexicana se consagro en la Carta Magna el de supremacía del Estado sobre la iglesia, el cual no puede inscribirse en el de separación por no estar reconocida la personalidad jurídica de esta última, esta tipología es útil para analizar el caso de México en particular.

I. EL REAL PATRONATO

La institución que marco a pauta para normar las relaciones entre la Iglesia universal y el Estado español en la Nueva España fue el real patronato, su constitución derivó de uno de los últimos acto en que un papa, Alejandro VI, ejerció poderes temporales, para repartir entre España y Portugal a través de la llamada bula Intercaetera de 1493, el Nuevo Mundo.

En el virreinato, muchas de las funciones que hoy se consideran públicas eran desempeñadas por la iglesia, la cual participaba con el Estado en los más diversos asuntos. En la educación la presencia de la institución eclesial se hacía sentir en la Real y Pontificia Universidad de México, los colegios de las diversas órdenes religiosas y los seminarios conciliares.

Hasta mediados del siglo XVIII, el clero, sobre todo secular, dominaba el panorama educativo, asimismo las corporaciones religiosas se ocupaban de la asistencia de los habitantes en los múltiples hospitales, asilos, orfanatos, casa de recogidas, etc, que administraban y sostenían, ayudadas por donativos del rey y de particulares, por otra parte el registro del estado de las personas, esto es el nacimiento, el matrimonio y la defunción, se hallaba en manos de los curas párrocos de las diversas localidades, cabe señalar que los eclesiásticos podían desempeñar oficios públicos, incluido el de virrey, que en varias

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