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Reforma Tributaria En Colombia


Enviado por   •  22 de Octubre de 2014  •  1.802 Palabras (8 Páginas)  •  238 Visitas

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La reforma tributaria aprobada por el Congreso de la República el pasado 26 de Diciembre del año 2012 amparada en la Ley 1607 ha generado en las empresas grandes cambios estructurales en el manejo de los impuestos, lo que ha llevado a replantear la planeación tributaria por el cambio en las reglas del juego, pero ¿Cuales son las modificaciones con mayor impacto en las empresas?, el objetivo del presente documento es revisar los principales aspectos de dicha reforma y analizar el impacto que tiene en las empresas.

1. Creación del Impuesto de renta para la equidad (CREE), con el cual el Gobierno busca la financiación de programas sociales, eximiendo a las empresas de los aportes al ICBF, SENA y Sistema de Seguridad Social de Salud, sin embargo esto no es una generalidad, debido a que las empresas deberán mantener estos aportes para los empleados que tengan un salario superior a los 10 SMLV.

Declarantes: Todas las personas jurídicas con ánimo de lucro, contribuyentes declarantes al Impuesto de renta general y complementarios.

Tarifa: 9% (2013 – 2015); 8% 2016 en adelante. A diferencia del Impuesto de renta general, para el cálculo de la base gravable del CREE las donaciones y los intereses en préstamos de vivienda no son deducibles, así como tampoco se pueden realizar compensación de pérdidas fiscales, por lo tanto podemos afirmar que para muchas empresas la base gravable del CREE es mayor que la base gravable del Impuesto de Renta General. Son exonerados de este impuesto las sociedades sin ánimo de lucro y las sociedades declaradas zona franca, las cuales deberán seguir realizando sus contribuciones al Sena, ICBF y sistema de salud.

2. Modificación Impuesto de Renta General, Se dio una reducción de 8 puntos porcentuales (del 33% al 25%); manejando tarifas diferenciales para entidades de inversión de capital del exterior y régimen especial Zona Franca, lo cual no podemos interpretar como una reducción lineal, dada la implementación del nuevo impuesto (CREE), donde dependiendo de la particularidad de cada empresa sus tributos pueden reducirse, incrementarse o mantenerse.

3. Impuesto sobre las ventas (IVA), la reforma modifica los porcentajes de cobro, manejando tres tarifas, 16% que aplica a los productos anteriormente gravados bajo esta y aquellos que manejaban una tarifa superior (ej.: vehículos y los servicios de telefonía), 5% para algunos bienes en los cuales encontramos en su mayoría productos agrícolas y servicios como almacenamiento de productos agrícolas, seguros agropecuarios, planes de Medicina Prepagada, servicios de vigilancia, aseo y temporales prestados por personas jurídicas constituidas y la tarifa del 0% para operaciones exentas, teniendo excluidas las operaciones cambiarias de compra y venta de divisas.

4. Creación Impuesto Nacional al consumo, el cual constituye para el comprador costo deducible en el impuesto sobre la renta como mayor valor del bien ó servicio adquirido. Debe ser declarado bimensualmente y entre los bienes y servicios sujetos a este impuesto se encuentran entre otros los servicios de telefonía móvil, gravados al 4%, el servicio de expendio de comidas y bebidas preparadas en restaurantes, cafeterías, autoservicios, heladerías, fruterías, pastelerías y panaderías, así como el expendio de alimentos y bebidas en bares, tabernas y discotecas los cuales están gravados al 8%. Para el caso de vehículos automotores, naves y aeronaves su gravamen esta sujeto al valor de venta, 8% menores a USD 30.000 y 16% superiores a este valor. Si sumamos este nuevo impuesto a las tarifas modificadas del IVA a la larga los contribuyentes van a terminar pagando lo mismo y en algunos casos pagarán más al comprar bienes y servicios.

5. Impuesto Nacional a la Gasolina, elimina el IVA a la gasolina y el impuesto global, dando origen al Impuesto Nacional a la Gasolina y el ACPM, el cual es deducible en la determinación del impuesto de renta y el 35% de su pago el contribuyente lo podrá llevar como impuesto descontable. La tarifa oscila entre $1.050 y $1.555 por galón dependiendo el tipo de gasolina.

6. Impuesto para las Ganancias Ocasionales, Con el objeto de aumentar el recaudo por este concepto evitando la evasión de este impuesto, la reforma hace una disminución para la venta de activos con una posesión mayor a dos años, pasando de una tarifa de 33% al 10%.

7. Interés Moratorios, La reforma define como tasa aplicable para obligaciones administradas por la DIAN la determinada por la Superintendencia Financiera como usura para los créditos de consumo vigentes al momento del pago. Así mismo se cambia el cálculo de la mora de un interés compuesto a un interés simple, es decir que no se capitalizan los intereses, facilitando el cálculo de los intereses moratorios a los deudores.

8. Certificaciones, La reforma agrega una complejidad administrativa al interior de la compañías, asociada a la generación y envío a la DIAN de certificaciones al inicio y fin de las contrataciones de servicios personales (contratos laborales ó de prestación de servicios), definiendo sanciones por el incumplimiento de su envío oportuno.

9. Normas Anti evasión y anti elusión, Para evitar la evasión y castigar a los evasores, la reforma incorpora estándares internacionales, como la cláusula anti abuso, que establece que las transacciones deben tener un propósito mercantil y si no hay un propósito legal ó de negocio legítimo razonable de la que se desprendan beneficios tributarios, se puede establecer un fraude a la ley, es decir abuso ó conducta abusiva, sin embargo, de presentarse un requerimiento por este concepto

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