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Contratos


Enviado por   •  15 de Agosto de 2013  •  1.731 Palabras (7 Páginas)  •  217 Visitas

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CONTRATOS ESPECIALES.

PAG.37,38,39,40,41-CONTRATO DE APRENDIZAJE.

- La naturaleza de este contrato es especial dentro del derecho laboral.

- En este contrato se busca que una persona natural desarrolle formación teórica práctica en una entidad autorizada, a cambio de que una empresa patrocine al APRENDIZ proporcionándole los medios para adquirir formación profesional metódica y completa requerida en el oficio, actividad u ocupación, para que luego esto le implique desempeñarse dentro del manejo administrativo, operativo comercial o financiero propios de las actividades de la empresa.

- Este contrato puede tener un plazo máximo de 2 años.

- Dentro de esos 2 años recibirá un apoyo de sostenimiento mensual por la empresa patrocinadora, el cual no constituye en ningún caso SALARIO

ELEMENTOS PARTICULARES Y ESPECIALES DEL CONTRATO DE APRENDIZAJE.

Según la ley 789 de 2002 son:

- Facilitar la formación de las ocupaciones.

- La subordinación está referida exclusivamente a las actividades propias del aprendizaje.

- La formación se recibe a titulo estrictamente personal.

- El apoyo del sostenimiento mensual tiene como fin garantizar el proceso de aprendizaje.

IMPORTANTE.

- El apoyo del sostenimiento mensual que le brinda la empresa patrocinadora al aprendiz durante la vigencia de la relación EN LA FASE LECTIVA equivaldrá al 50% de 1 salario mínimo mensual vigente

- Durante la FASE PRACTICA será de un 75% del salario mínimo vigente.

- El apoyo al sostenimiento mensual será DIFERENTE en la FASE PRACTICA solo cuando la tasa de desempleo nacional sea menor del (10%), caso en el cual equivaldrá al (100%) de un salario mínimo legal vigente.

- Si el aprendiz es estudiante universitario el apoyo al sostenimiento mensual no podrá ser inferior al equivalente de un salario mínimo legal vigente.

Durante la fase práctica el aprendiz estará afiliado al sistema de riesgos profesionales Por la ARP que cubre la empresa. En materia de salud, durante las fases lectivas y Práctica, el aprendiz estará cubierto por el Sistema de Seguridad social en salud, Conforme al régimen de Trabajadores independientes, y pagado plenamente por la empresa patrocinadora en los términos, condiciones y beneficios que defina el Gobierno Nacional.

- ¿Solo pueden celebrar contrato de aprendizaje los trabajadores menores de 21 años?

- ¿La empresa no podrá tener más del 10% de sus trabajadores sujetos a contrato de aprendizaje?

PAG.30,31,32,33,34.CONTRATO CON PROFESORES DE CENTRO DE ENSEÑANZA PARTICULAR. ART. 101 DEL C.T.S.

- Este contrato lo celebran los profesores con centros de enseñanzas particulares como son: colegios, institutos y hasta universidades privadas.

- Este contrato especial según art.101-C.S.T. se entiende celebrado por el año escolar SALVO ESTIPULACION.

- La corte suprema de justicia se ha pronunciado al respecto en Sentencia marzo 15 de 2000, considerando que las partes pueden pactar una duración mayor o menor al año escolar.

- Hay que tener en cuenta que si las partes no pactan la duración del contrato la Ley asumirá que su duración será igual al periodo escolar o lectivo.

- Este tipo de contratos es diferente del contrato de trabajo a término fijo, por tanto no se le aplicaran las mismas premisas del contrato de trabajo a término fijo, como por ejemplo la renovación automática del contrato, o el preaviso, ETC.

- Se trata de un contrato a término fijo, un término que deben fijar las partes y que si ellas no lo fijan lo fijara la Ley entendiéndolo por la duración del año escolar.

- Art.102-C.S.T. para el efecto de los derechos de VACACIONES y CESANTIA se entiende que el trabajo del año escolar equivale a trabajo en un año de calendario.

Las VACACIONES reglamentarias del respectivo establecimiento serán remuneradas y excluyen las vacaciones legales, en cuanto aquellas excedan de (15) días. Quiere decir esto que si se trabajan 10 meses, para efecto del cálculo de las cesantías y las vacaciones se tomaran los 12 meses.

- Las vacaciones serán las mismas vacaciones escolares, siempre que estas no sean inferiores a 15 días hábiles, pues de lo contrario el establecimiento educativo tendrá que otorgarle los días que faltan para completar los 15 que por ley debe descansar un trabajador.

- En cuanto a la seguridad social el establecimiento educativo tendrá que garantizar la afiliación y cotización por todo el año de calendario.

PAG.47, CONTRATO DE TRABAJO EN TRABAJADORES DE SERVICIO DOMESTICO.

Se entiende como servicio doméstico el desarrollo de actividades propias del hogar como son aseo, limpieza, preparación de alimentos, lavado y planchado de ropa, atención de niños y cualquier otra actividad relacionada con el hogar del empleador.

Sólo las personas naturales pueden prestar este tipo de servicios, y se entiende que sólo se puede prestar a personas naturales, puesto que el servicio está directamente relacionado con el hogar, la casa de habitación, y sólo las personas naturales pueden tener hogar y casa de habitación.

Un contrato de trabajo con trabajadores del servicio doméstico tiene las mismas características y conllevan las mismas obligaciones y derechos que cualquier otro contrato de trabajo.

El contrato de trabajo con los empleados del servicio doméstico, puede ser verbal o escrito,

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