ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

DERECHO TRIBUTARIO

fantasma00610 de Marzo de 2014

13.322 Palabras (54 Páginas)249 Visitas

Página 1 de 54

“ELEMENTOS DEL ESTADO

ELEMENTOS ESENCIALES

De conformidad con el derecho consuetudinario internacional y la Convencion sobre los Derechos y Obligaciones de los Estados, firmada en Montevideo el 6 de diciembre de 1933 en su art. 1o. el

Estado como Sujeto de Derecho Internacional debe poseer las siguientes calificaciones: a) una poblacion permanente; b) un territorio definido; c) un gobierno y d) capacidad para establecer relaciones con otros Estados.

Una nacion organizada politica y juridicamente debe poseer concurrentemente cuatro elementos.

POBLACION: NACION. Segun Rousseau una nacion es un conjunto de individuos unidos por un vinculo juridico y político que llamamos nacionalidad, caracterizado por su permanencia y continuidad. A veces Nacion se confunde con Estado, lo cual no es correcto.

TERRITORIO. Entendemos por territorio la limitacion geografica especifica.

GOBIERNO. Deben existir organos a traves de los cuales se ejerce el poder soberano, sobre la nacion y el territorio; generalmente Poder Ejecutivo, Legislativo y Judicial.

CAPACIDAD DE ESTABLECER RELACIONES CON OTROS ESTADOS.

Se habla de capacidad no de ejercicio efectivo. En algunos casos el ejercicio se deja a terceros.

En algunos casos, los Estados pueden contratar con otros Estados algunos aspectos administrativos;

ELEMENTOS SECUNDARIOS

Existen algunos otros elementos secundarios, por ejemplo: moneda propia, bandera, himno, sellos, flor nacional, escudo nacional, etc.

CLASIFICACION DE LOS ESTADOS

Facultad o funcion de regir o gobernar con exclusion, en principio, de cualquier otro poder. Dentro de aquellos Estados que ejercen plenamente su soberania existen diferentes modalidades de organizacion interna. A los primeros se les llama Estados independientes o plenamente soberanos; y a los segundos Estados dependientes o parcialmente soberanos. A estos anadimos otra clase de territorios que gozan de un estatuto muy especial; Se trata de aquellos territorios internacionalizados.

ESTADOS INDEPENDIENTES

En primer lugar tenemos aquellos cuya organizacion esta representada por una autoridad política central que ejerce la soberania interior y exterior; estos se llaman Estados Simples o Unitarios. En segundo lugar aquellos Estados compuestos cuya soberania es ejercida por varias autoridades politicas. Segundo grupo tenemos: a) la Confederacion, la cual se forma por la asociacion politica de varios Estados; tiene un organo central que ejerce ciertos poderes sobre todos los Estados que componen la asociacion; este organo central se llama DIETA y reviste un cierto carácter diplomatico. Rousseau la llama un Estado de Estados; b) la Federacion, se forma por la asociación politica de varios Estados, cada uno de los cuales conserva en gran parte su soberania interna delegando en un organo central llamado FEDERAL, ciertas esferas de su soberania interna y la totalidad de la soberania externa.

a) La Union Personal se da cuando el trono de dos paises corresponde a un solo soberano, sea por razones hereditarias u otras causas;

ESTADOS DEPENDIENTES.

Son aquellos Estados que estan sujetos a otros. En esta categoria encontramos a) los vasallos, b) los protectorados; c) los mandatos; y d) los fideicomisos.

TERRITORIOS INTERNACIONALES.

3.1. Dantzig (Gdansk).

3.2. Territorio de la Cuenca de la Sarre (1919-1935).

3.3. Zona de tanger (1923-1956)

3.4. Territorio de Trieste (1947-1954).

3.5. Proyecto de Internacionalizacion para Jerusalen.

3.6. La Antartida.

3.7. Mancomunidad Britanica y Dominios.

VIDA DE LOS ESTADOS

NACIMIENTO DE LOS ESTADOS

En general podemos decir que los Estados.

Otros Estados nacen a la vida internacional por asentamiento, consistente en el establecimiento espontaneo de una comunidad de personas con intereses y tradiciones comunes en un lugar considerado como terra nullius. Tambien nacen los Estados por emancipacion, como fue. La emancipacion puede fundamentarse tambien en un acuerdo de voluntades inscrito dentro de una via constitucional.

MODIFICACION DE LOS ESTADOS.

Los Estados pueden tambien sufrir modificaciones, dichas modificaciones a veces afectan su personalidad internacional total, en otras ocasiones las modificaciones no afectan su personalidad internacional pero producen en su interior un cambio sustantivo de estructuras politicas.

EXTINCION DE LOS ESTADOS

La extincion de los Estados puede ocurrir por: a) fusion con otro Estado; b) por anexion de un Estado por otro, ej. Corea por Japon; c) por fraccionamiento de un Estado en varios Estados, tal como; d) por fraccionamiento de un Estado y su anexion posterior por otro Estado circundante, ejm. Polonia entre Austria, Prusia y Rusia; y e) por conquista.

SUCESION DE LOS ESTADOS.

La sucesion de Estados se produce cuando una persona internacional ocupa el lugar de otra persona internacional a causa de ciertos cambios en las condiciones de esta ultima. Se puede dar en dos formas: a) sucesion universal: desaparece el Estado y es absorbido por otro; y b) sucesión parcial y en este caso puede suceder. B.1) porque se independiza una parte de un Estado, por b.3) porque un Estado soberano pasa a formar parte de una federacion o se somete como protectorado.

La nacionalidad. Surge una nueva nacionalidad.

Los tratados. Generalmente se distingue entre varias clases de tratados: los tratados politicos generalmente desaparecen aunque, los tratados apoliticos, es decir aquellos referentes a cooperacion, explotacion conjunta de algun recurso natural en el Estado sucedido, etc.

La deuda publica. Deben aplicarse los principios consuetudinarios de equidad y justicia. Generalmente se va a la fuente de la deuda; si esta se incurrio por causas de guerra desaparece para el Estado que se separa ya que se considera que las deudas publicas por esa causa benefician mas al Estado madre. Si la deuda publica fue contraida para obras de beneficio comun, la deuda se divide a pro rata: cada uno paga en la medida en que se ha visto beneficiado.

Legislacion. Resuelve el problema con la emision de nuevas leyes que van sustituyendo a las antiguas.

Poder Judicial. En cuanto a los fallos, estos pasan como cosa juzgada, en cuanto a los juicios en tramite, cualquiera que sea su estado, es consenso que se aplica la ley del nuevo Estado en la medida en que ello sea factible y siempre que no sean desfavorables.

DERECHOS DE LOS ESTADOS

DERECHO A LA INDEPENDENCIA Y A EJERCER JURISDICCIÓN.

Se fundamenta en la soberania y el respeto a la independencia politica; hacia el interior consiste en la supremacia territorial y personal; hacia el exterior consiste en la libertad de accion en su relacion con otros Estados y la toma de posiciones en los foros internacionales de conformidad con sus mejores intereses. Este Derecho se manifiesta en: a) que los otros Estados tienen la obligacion de abstenerse de violar su soberania cumpliendo con el principio de par inter paremn no habet imperium; ningun Estado esta sujeto al ordenamiento juridico de otro Estado; b) que cada Estado puede y debe dirigir sus asuntos internacionales, segun su criterio, Y c) que cada Estado puede ejercer su autoridad sobre todas las personas que se encuentren en su territorio,

EL DERECHO A LA CONSERVACIÓN Y A LA DEFENSA.

Es el derecho que tiene todo Estado a tomar los medios que aseguren su existencia y el orden publico interno; a) el derecho a armarse, y b) derecho a controlar la criminalidad; c) derecho a controlar a los extranjeros.; d) derecho a la legitima defensa.

DERECHO A LA IGUALDAD.

Todos los Estados son iguales juridicamente,.

DERECHO AL RESPETO MUTUO.

a) El derecho que todo Estado tiene a su dignidad,

b) La inviolabilidad de sus diplomaticos;

c) el respeto a sus simbolos patrios,

d) uso internacional del ceremonial protocolario,

e) no llevar a cabo actos de caracter oficial sin permiso del Estado huesped.

f) Apresamiento/secuestro de personas para ser procesadas en otro pais.

DERECHO A LA COMUNICACIÓN

Derecho de transito libre, de navegacion en alta mar y el paso inocente en el mar territorio y espacio aereo; derecho de las personas a desplazarse por el mundo siempre que cumplan las leyes internas de cada Estado; derecho de las personas a residir en otro pais, derecho al uso de satelites para fines de comunicacion telefonica, radio, television, telegrafia, transporte aereo, transporte maritimo.

DERECHO A DESARROLLAR Y PRESERVAR SU PROPIA IDENTIDAD.

Cada Estado tiene el derecho de emitir disposiciones tendientes a proteger todas aquellasnexpresiones que constituyen su patrimonio cultural, tales como manifestaciones folcloricas en cualquiera de sus formas, riquezas arqueologicas, etc.

INTERVENCIÓN

La intervencion podemos describirla como la injerencia de un Estado o grupo de Estados de organizaciones multinacionales o transnacionales u organismos internacionales, o de companias multinacionales o transnacionales, o la complacencia por parte de los Estados a la injerencia de sus nacionales, en asuntos internos o externos propios de otro Estado, en tiempo de paz, con el objeto de imponerle su voluntad, influir en sus decisiones, conducirlo al fracaso o a la perdida de quienes se desempenan en sus organos.

La intervencion tambien adopta formas mas sofisticadas, es intervencion a) hacer declaraciones

...

Descargar como (para miembros actualizados) txt (81 Kb)
Leer 53 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com