Derecho Tributario
Violets11 de Marzo de 2014
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INTRODUCCIÓN
La Constitución Política de la Republica de Guatemala establece en su artículo 237 que el Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado, aprobado para cada ejercicio fiscal, debe incluir la estimación de todos los ingresos a obtener y el detalle de los gastos e inversiones a realizar.
Se agrega en el artículo 238 que la Ley Orgánica del Presupuesto regula la formulación, ejecución, y liquidación del presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado.
Los presupuestos Públicos son la expresión anual de los planes del Estado, elaborados en el marco de la estrategia de desarrollo económico y social.
El Organismo Ejecutivo debe presentar el proyecto de presupuesto al congreso a más tardar el dos de septiembre del año anterior al que regirá y este debe ser aprobado a más tardar el 30 de noviembre.
La meta de recaudación prevista en el presupuesto depende fuertemente de la efectividad de la nueva ley del ISR (el 71% del incremento previsto en los ingresos corresponde al aumento esperado en este impuesto)
Se presenta un análisis del decreto 10-2012- LEY DE ACTUALIZACION TRIBUTARIA (LAT) y el tema nace a raíz de la necesidad de obtener un conocimiento sobre los cambios fundamente y precisos, que entraron en vigencia, modificando las leyes que ya tenemos establecidas; y es de suma importancia para la formación académica del Contador Público y Auditor y de esta manera realizar el ejercicio correcto de dicha profesión.
EL PRESUPUESTO DE INGRESOS Y EGRESOS DEL ESTADO
El Presupuesto de Ingresos y Egresos para 2013 asciende a la cantidad de Q66, 985.4 millones, superior en 12.5% al aprobado para 2012 (Q59,547.2 millones).
LOS INGRESOS FISCALES:
La proyección de ingresos fiscales para 2013 está basada en la entrada en vigencia de la Actualización fiscal aprobada a inicios de 2012 por el Congreso de la República, la cual tiene como uno de sus principales componentes la nueva ley del Impuesto Sobre la Renta, y del cual se espera el mayor incremento en la recaudación prevista para el próximo año. Los elementos de esta actualización tributaria son:
• Nueva ley del impuesto sobre la renta
• Impuesto a la primera matrícula
• Ley Aduanera Nacional
• Reformas a la ley del IVA
• Reformas a la ley del impuesto sobre circulación de vehículos
• Reformas a la ley del impuesto de timbres fiscales y papel sellado
Las principales características de la nueva ley de impuesto sobre la renta para el caso de las actividades lucrativas son las siguientes:
RÉGIMEN SOBRE UTILIDADES
Reducción de la tasa del 31% al 25%
Distribución de dividendos 5%, antes 3% de timbres fiscales
Medidas de tributación internacional (precios de transferencia)
RÉGIMEN SOBRE INGRESOS
Incremento gradual de la tasa del 5% al 7% para ingresos por arriba de Q30,000 mensuales
(tasa del 6% en 2013 y del 7% en 2014)
En el caso de la renta de los asalariados los principales elementos de la normativa son:
Incremento en los gastos personales de Q36,000 a Q60,000
No afecta a ingresos mensuales menores de Q5,000
Elimina el crédito fiscal por el IVA pagado y lo incluye parcialmente en los gastos personales
Tasa de 5% en ingresos hasta Q300,000 anuales
Tasa 7% en ingresos mayores de Q300,000 (6% en 2013 y 7% en 2014)
Para las rentas del capital y la renta de no residentes el impuesto queda de esta forma:
Intereses y otras ganancias del capital distintas de dividendos, 10%
Transporte, seguros, telefonía, electricidad y dividendos, 5%
Sueldos, regalías y honorarios de no residentes, 15%
Otras rentas de no residentes, 25%
El impuesto a la primera matrícula es un impuesto interno nuevo que sustituye a los derechos arancelarios a la importación de vehículos, y busca mejorar controles sobre los precios declarados al momento de la importación de los vehículos.
La Ley Aduanera Nacional establece procedimientos y disposiciones aduaneras, infracciones aduaneras administrativas y sus sanciones, así como por omisión de pago de tributos del ramo aduanero.
Las reformas a la Ley del IVA consisten en:
• Exoneración del impuesto a la segunda y posteriores ventas de bienes inmuebles, y quedan sujetas únicamente al pago del impuesto de timbres fiscales (3%).
• Delimitación de las exenciones aplicables a centros educativos.
• Modificación de los procedimientos para la devolución del crédito fiscal del IVA a los exportadores.
• Actualización de las tarifas del impuesto en la venta de vehículos usados.
Las reformas a la ley del impuesto de timbres fiscales y papel sellado fueron para incorporar la aplicación del impuesto de timbres fiscales a la segunda y posteriores ventas de inmuebles. Sobre la base de este nuevo marco normativo en materia tributaria, se ha proyectado un incremento de 15.5% en la recaudación esperada para 2013, en relación con la prevista en el presupuesto aprobado para 2012. Destaca el incremento de 47.4% proyectado en la recaudación del Impuesto sobre la Renta, como resultado de la actualización, el cual contrasta con el aumento de tan sólo 2.9% en el IVA por importaciones, pese a la vigencia de la Ley Aduanera que busca mejorar controles y aplicar sanciones en las aduanas.
LAS ASIGNACIONES DE GASTO
Debido a los altos niveles de rigidez del gasto público en Guatemala, principalmente por las preasignaciones de recursos a destinos preestablecidos en la Constitución Política de la República y en la legislación de distintos impuestos, existe una fuerte tendencia a que la estructura del gasto se mantenga relativamente constante.
Esta situación prevalece en el presupuesto aprobado para 2013, por cuanto el Ministerio de Finanzas Públicas estima que el 40% de los ingresos corrientes del año corresponde a las asignaciones por Aportes Constitucionales, IVA-PAZ, a las distintas entidades autónomas, y de otros impuestos específicos. Otro 40% de estos recursos corresponde a los pagos por servicio de la deuda pública y remuneraciones de los servidores públicos. Es así como solo la menor proporción de los ingresos corrientes y los recursos del endeudamiento público pueden destinarse a las prioridades de cada administración gubernamental.
El Programa de Gobierno 2012-2016 fue denominado Agenda Nacional del Cambio y está compuesta por 5 ejes prioritarios:
1. Seguridad Democrática y Justicia
2. Desarrollo Económico Competitivo
3. Infraestructura Productiva para el Desarrollo
4. Inclusión Social
5. Desarrollo Rural Sostenible
Desafortunadamente el presupuesto sometido a consideración del Congreso de la República no incluye una clasificación de los recursos en función de los ejes del programa de gobierno,
Las asignaciones con incremento durante la aprobación por el Congreso de la República son las siguientes:
1. Ministerio de Comunicaciones: Q427 millones
2. Ministerio de Desarrollo Social: Q205 millones
3. Ministerio de Educación: Q205 millones
4. Ministerio de Gobernación: Q200 millones
5. Ministerio de Agricultura: Q100 millones
6. Organismo Judicial: Q150 millones
7. Ministerio Público: Q100 millones
8. FONAPAZ: Q100 millones ya desapareció
En las asignaciones para las Obligaciones del Estado a cargo del Tesoro se incluyen todos los aportes para entidades autónomas que por mandato legal deben recibir recursos del Estado para su funcionamiento e inversión, así como los recursos externos de préstamos y donaciones que se les aprueban. En total constituyen el 32.4% del presupuesto total para 2013. Los aportes de mayor magnitud son los que se trasladan a las Municipalidades, las clases pasivas del Estado, los Consejos Departamentales de Desarrollo, la Universidad de San Carlos y el Organismo Judicial. Estos cinco rubros absorberán el 69% del total el próximo año.
EL DÉFICIT FISCAL
La combinación de ingresos y gastos definida en el presupuesto aprobado para 2013 incluye un déficit fiscal por Q10,566.5 millones, equivalente al 2.5% del PIB, mayor en cifras absolutas al previsto para 2012 (Q10,296 millones) aunque ligeramente inferior como porcentaje del PIB (2.6%). Este déficit finalmente aprobado por el Congreso de la República es superior al presentado en el proyecto de presupuesto, el cual fue por Q9,548.8 millones (2.2% del PIB).
CONCEPTO DE DEUDA FLOTANTE
Es la deuda contraída por el Tesoro dentro de cada ejercicio fiscal, que corresponde a obligaciones devengadas y no pagadas.
Se denomina deuda pública flotante al conjunto de obligaciones de pago por transacciones económicas ordinarias en el sector público, que no se alcanzan a liquidar al cierre del ejercicio fiscal correspondiente y que se transfieren al siguiente. Dichas obligaciones financieras no forman parte de la deuda pública consolidada, fundamentalmente porque son de corto plazo y se originan de préstamos o empréstitos. Generalmente, son deudas a favor de contratistas y proveedores del Estado, que se van liquidando conforme transcurre el ejercicio fiscal. La transferencia de deudas de
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