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Derecho De Amparo


Enviado por   •  12 de Noviembre de 2013  •  2.006 Palabras (9 Páginas)  •  284 Visitas

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AMPARO

Amparo: contra resoluciones que nos perjudican.

Amparo directo: cuando nuestro cliente es parte/ contra resoluciones definitivas

EL AMPARO DIRECTO PROCEDE CONTRA SENTENCIAS DEFINITIVAS, LAUDOS O CUALQUIER OTRA RESOLUCIÓN QUE PONE FIN AL PROCEDIMIENTO, POR EJEMPLO, UN AUTO DESECHANDO LA DEMANDA.

EL INDIRECTO ES PROCEDENTE CONTRA CUALQUIER ACTO DE AUTORIDAD QUE AFECTE LAS GARANTÍAS INDIVIDUALES DEL QUEJOSO, EXISTEN MUCHAS HIPÓTESIS DE PROCEDENCIA, CONTENIDAS EN EL ARTÍCULO 114 DE LA LEY DE AMPARO, LA MÁS COMÚN ES POR QUE EL ACTO RECLAMADO CONLLEVÉ LA EJECUCIÓN QUE SEA DE IMPOSIBLE REPARACIÓN.

EL AMPARO DIRECTO LO CONOCE UN TRIBUNAL COLEGIADO DE CIRCUITO Y EL INDIRECTO UN JUEZ DE DISTRITO O UN TRIBUNAL UNITARIO DE CIRCUITO.

SE PRESENTAN ANTE

DIRECTO TRIBUNAL

INDIRECTO JUGADO DE DISTRITO

SUSPENSIÓN PROVISIONAL. SE DETIENE EL PROCEDIMIENTO TEMPORALMENTE

DICTADO DIA UNO

JUICIO DE AMPARO.

Es un medio con el que cuenta el gobernado para protegerse de los actos de autoridad que afecten sus garantías individuales.

En el diccionario jurídico mexicano se establece que el juicio de amparo constituye en la actualidad la última instancia impugnativa de la mayor parte de los procedimientos judiciales, administrativos y aun de carácter legislativo, por lo que tutela todo el orden jurídico nacional contra las violaciones realizadas por cualquier autoridad. Siempre que esas infracciones se traduzcan en una afectación actual, personal y directa a los derechos de una persona jurídica, sea individual jurídica.

Doctrinalmente el amparo es un juicio o proceso que se inicia por la acción que ejercita cualquier gobernado ante los órganos jurisdiccionales federales contra todo acto de autoridad, que le cause un agravio en su esfera jurídica y que considere contrario a la constitución teniendo por objeto invalidar dicho acto o despojarlo de su eficiencia de la constitución y de las garantías por inconstitucionalidad o ilegalidad en el caso concreto que origine.

El amparo es un sistema de defensa de la constitución y de las garantías individuales de tipo jurisdiccional, por vía de acción que se tramita en forma de juicio ante el poder judicial federal y que tiene como materia las leyes o actos de autoridad que violen las garantías individuales o impliquen una invasión de la soberanía de la federación, en la de los Estados o viceversa y que tiene como efectos la nulidad del acto reclamado y la reposición del quejoso en el goce de la garantía violada.

DICTADO DIA DOS

Fundamento legal del amparo: Constitución federal 103 y 107

Etapas del juicio de amparo.

Se compone de la siguiente manera:

1.- Demanda: es el escrito donde el quejoso expone al juez el acto de autoridad que reclama y que vicia y viola sus garantías individuales, la autoridad responsable de ese auto, el tercero perjudicado en caso de haberlo, la narración de hechos de lo que ha acontecido, una exposición de los conceptos de violación o fundamentos jurídicos de la inconformidad, que son los conceptos de violación en el amparo, así como también se solicita la suspensión provisional y definitiva de los actos de autoridad.

2.- auto admisorio y suspensión provisional: el juez dicta un auto admitiendo la demanda de amparo, ordena que la autoridad señalada como responsable quien es la autoridad quien deberá rendir un informe previo que señale fecha para la audiencia incidental y otorga la suspensión provisional de los actos de autoridad, para los efectos de que no se ejecuten los actos reclamados y todo permanezca sin cambios, se le fija igualmente una fianza al quejoso para que pueda surtir efectos la suspensión.

3.- Audiencia incidental: se fija en un promedio de cuatro días hábiles posteriores al auto admisorio de la demanda y tiene por objeto que la autoridad responsable rindan sus informes o niegue los hechos narrados por el quejoso si la autoridad niega los actos se niegue la ----- y se sobresee el juicio de amparo.

4.- otorgamiento de la suspensión definitiva: se otorga en la audiencia incidental siempre y cuando se demuestre la existencia de los actos reclamados y tiene por efecto que el amapro continue hasta su sentencia definitiva.

Tarea: investigar la etapa consitente en la fecha de la audiencia constitucional, ofrecimiento de pruebas, sentencia, cumplimiento de la sentencia y cumplimiento de la sentencia, informe del cumplimiento de la sentencia.

DICTADO DIA TRES

Autoridad responsable: la autoridad responsable es aquella que dicta una resolución y que le causo agravio al quejoso y que como punto principal se denomina “acto reclamado”.

La autoridad responsable tiene la obligación de rendir el informe previo dentro de las 24 hrs y el justificado dentro de los 5 días, determinación que se hace en el auto de radicación en la demanda de amparo dictada por la autoridad federal en el cual ordena solicitar al juez primario quien es la autoridad responsable al momento de dictar resolución y de la cual se adolece el quejoso.

La autoridad responsable apercibe al juez primario que en caso de no rendir los informes dentro de los términos concedidos, primeramente se les aplicara una multa señalada en la ley de amparo, y en segundo lugar si vuelve a reincidir en no remitir los informes se solicitara al superior jerárquico de la autoridad responsable, siendo esto el presidente del tribunal superior de justicia a quien se le hará saber que el juez de primera instancia no rindió sus informes y que tendrá el mismo termino para que lo rinda.

Como responsable también se considera las salas del tribunal superior de justicia en materia penal y civil, en contra de las cuales se interpone recurso de amparo en contra de las resoluciones que dicta la sala las cuales deberán rendir sus informes previos y justificados dentro de los términos concedidos por la autoridad federal y no habrá otro momento para que se rindan.

TAREA:

- INVESTIGAR EL CONCEPTO DE AUTORIDAD.

- INVESTIGAR UN AUTO DE RADICACIÓN DE AMPARO.

DICTADO DIA CUATRO

Nota:

En qué

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