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Derecho De Familia


Enviado por   •  16 de Octubre de 2013  •  3.792 Palabras (16 Páginas)  •  339 Visitas

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CONCEPTOS GENERALES DEL DERECHO DE FAMILIA

La Familia

La familia constituye el grupo natural del cual surgen los individuos que conforman la familia.

Es el grupo social en el recae todo tipo de responsabilidades para que una sociedad se defina y desarrolle. Entre ellas se hallan directamente, en lo individual, a cada uno de los sujetos unidos por vínculos de sangre producto de la convivencia intersexual y de la filiación o por vínculos jurídicos, como ocurre en la unidad familiar en la totalidad.

Los grupos familiares han existido en todas las culturas a lo largo de la historia del hombre, y dieron origen a diversos tipos de familia, los cuales reflejan una gran variedad de situaciones económicas, sociales, políticas, jurídicas, etc. Debido a ello, la familia es una institución que ha sido definida de muy distintas formas. Por ejemplo, se le ha considero como primera asociación humana, o como la célula natural y necesaria de la sociedad; también como el núcleo de toda organización social o el medio en el que el individuo logra su desarrollo físico, psíquico y social; de igual manera se ha dicho de ella que es la unidad económica que conforma la base de la seguridad material del individuo en sus diversas etapas de desarrollo, al principio en el seno de la familia en que nace, y posteriormente en el de la familia que hace; asimismo se le ha señalado como la institución cuyos miembros se relacionan por derechos deberes y obligaciones reciprocas.

Concepto Biológico

En este primer enfoque nos coloca frente a un concepto de familia en el que se sostiene que ella se forma por la unión sexual de la pareja compuesta por un hombre y una mujer a través de la procreación, generando lazos de sangre; por lo tanto, deberá entenderse como el grupo constituido por la pareja primitiva y sus descendientes, sin limitación alguna.

Concepto Sociológico

Este segundo enfoque se refiere a la forma como se organizan los conglomerados humanos para sobrevivir, entre ellos el familiar, lo que nos coloca frente a un concepto cambiante en el tiempo, y en el espacio, pues desde esta perspectiva la familia no es una agrupación inmutable, sino un conjunto de individuos que se han organizado de diferentes manera durante distintas épocas y lugares.

En la actualidad, nuestra sociedad, sobre todo en zonas urbanas, han venido destacándose dos tipos de familia: la monoparental y la reconstituida. La primera es la compuesta únicamente por uno de los padres (padre o madres) y sus hijos, como es el caso de las madres o padres solteros, de los divorciados o viudos cuando no contraen nuevas nupcias o se unen en concubinato. La segunda, o familia reconstituida, es el resultado de la unión (matrimonio o concubinato) en la que uno o ambos miembros, con anterioridad, ya habían formado otra familia. Generalmente este último tipo de familia se compone de otra pareja (padre y madre), los hijos de ambos y los hijos de cada uno procreados con la pareja anterior.

Concepto Jurídico

El tercer enfoque, el jurídico, nos sitúa ante un concepto que no siempre ha reflejado el modelo biológico ni el sociológico, aunque se funda en ambos. Con el concepto jurídico se atiende a las relaciones derivadas de la unión de los sexos por vía del matrimonio o del concubinato y la procreación conocidas como parentesco, así como a as provenientes de as formas de constitución y de organización del grupo familiar, a las que la ley reconoce ciertos efectos; deberes, derechos y obligaciones entre sus miembros, hasta cierto límite. De aquí que este concepto de familia se refiera al conjunto de vínculos jurídicos que rigen a los miembros de la familia.

Desde el punto de vista jurídico, la pareja forma una familia porque entre ambos miembros se establecen relaciones jurídicas familiares que los rigen, ya que constituyen un conjunto de deberes, derechos y obligaciones recíprocos que les son propios.

El Código Civil para el Distrito Federal, antes de las reformas vigentes a partir del 25 de mayo de 2000, se limitaba a establecer los tipos, las líneas y los grados de parentesco, y a regular las relaciones entre los esposo, así como entre parientes, sin proporcionar definición alguna del concepto familia.

El Derecho de Familia

A partir de la mencionada reforma al Código Civil para el Distrito Federal, en la que atinadamente se adicionó el Título Cuarto Bis, Capítulo Único, “De la familia”, en los citados artículos (138 ter, 138 quáter, 138 quintus y 138 sextus), se refieren las características que asumirán las relaciones entre los miembros de la familia. Artículo 138 ter, indica la naturaleza de las disposiciones familiares, el objeto de tal regulación y señala quiénes son sus sujetos y sus fuentes, al establecer que las disposiciones que regulan a la familia son de orden público y de interés social. Artículo 138 quáter, precisa el contenido de las relaciones jurídicas entre los miembros de la familia, al señalar que ellas se integran a partir del conjunto de deberes, derechos y obligaciones que tiene entre sí los sujetos que la forman, y de ello por el solo hecho de ser miembros de la misma. Artículo 138 sextus, el deber de todos los miembros de la familia de ser solidarios, de tenerse la debida consideración y el respeto mutuo en el desarrollo de sus relaciones como familiares. Artículo 138 quintus, se menciona a las fuentes biosociales de donde surgen las relaciones jurídicas familiares, y se señalan como tales el matrimonio, el concubinato y el parentesco. Del análisis de estos cuatro artículos se puede integrar una definición de familia como sigue: Es la institución jurídica que surge de la propia naturaleza biológica, ética y social del ser humano; es una comunidad de vida primaria vinculada por lazos de matrimonio o concubinato y parentesco, cuyas relaciones interpersonales de sus miembros (cónyuges, concubinos, hijos, progenitores) constituyen un conjunto de deberes, derechos y obligaciones reguladas por el derecho; relaciones que deben darse en un ambiente de consideración, solidaridad, respeto a su dignidad e integridad física y psíquica, que el Estado está interesado en proteger.

Contenido y Definición

Con ambos conceptos, familia y derecho, se integra a definición de lo que se conoce como derecho de familia, el cual es parte del derecho privado que se vincula con el derecho público para reglamentar las relaciones entre los miembros del conglomerado familiar en cuanto a su constitución, organización y disolución jurídica de los hechos biosociales derivados de la unión de los

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