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El Contrato

nasyuhans7 de Julio de 2013

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República Bolivariana de Venezuela

Ministerio del Poder Popular para la educación

Universidad Bicentenario de Aragua

Facultad de derecho

Núcleo-Apure

El contrato

Profesora: Bachiller:

María Díaz Marcano Bella.

C.I.14.450.708.

San Fernando 20, de mayo del, 2013.

Definición de contrato.

El contrato es un acuerdo de voluntades, verbal o escrito, manifestado en común entre dos, o más, personas con capacidad (partes del contrato), que se obligan en virtud del mismo, regulando sus relaciones relativas a una determinada finalidad o cosa, y a cuyo cumplimiento pueden compelerse de manera recíproca, si el contrato es bilateral, o compelerse una parte a la otra, si el contrato es unilateral.

Artículo 1133 de código civil establece:

Es una convención entre dos o más persona para constituir reglar trasmitir, modificar, o extinguir entre ellos un vínculo jurídico.

Característica del contrato.

 Es una convención, porque requiere del concurso de voluntades de dos o más personas.

 El Contrato regula relaciones o vínculos jurídicos de carácter patrimonial, susceptibles de ser valorado desde un punto de vista económico. (Carácter pecuniario).

 El contrato produce efectos obligatorios entre las partes (Es de obligatorio cumplimiento).

 El Contrato es Fuente de obligaciones.

 El Principio de la autonomía de la voluntad es el fundamento de la obligatoriedad del contrato.

Elementos del contrato.

 Esenciales: son aquellos requisitos que hacen que un contrato sea eficaz jurídicamente y estos son :

 Consentimiento: manifestación de voluntades entre las partes.

 Objeto: el objeto de todo contrato es producir unas o varias obligaciones de dar, hacer o no hacer (Cuando nos estamos obligando a hacer, a dar, hacer o no hacer.) Es la operación jurídica que se quiere realizar, la cual está sometida a condiciones especiales .Art, 1155 Código Civil .El objeto del contrato debe ser posible, lícito, determinado o determinable.

 Causa licita: La obligación sin causa, o fundada en una causa falsa o ilícita, no tiene ningún efecto.

 Naturales: son los requisitos que forman parte de ciertos contratos y quedan sobreentendidos, como por ejemplo la garantía por evicción.

 Accidentales: clausula acordadas por los contratantes que no afectan la validez intrínseca del contrato, tales como la condición, término y modo.

Requisito para la validez de los contratos.

La capacidad y la ausencia de vicios: el vicio en algunos de los elementos anteriores anula el contrato u la incapacidad legal de las partes lo afecta. Los contratos requieren que las personas naturales o jurídicas sean capaces de ser sujetos de derechos y obligaciones.

 Capacidad contractual: es la medida de la actitud que tiene la persona para ser titular de derechos y obligaciones para celebrar actos jurídicos validos.

Artículo 1143 del código civil establece:

Pueden contratar todas las personas que no estuvieren declaradas incapaces por la ley.

 Incapacidad artículo 1144 del código civil: son incapaces para contratar en los casos expresados por la ley: los menores, los entredichos, los inhabilitados y cualquier otra persona a quien la ley niegue la facultad para celebrar determinados contratos.

Función del contrato

• Es el instrumento por excelencia para que le hombre

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