Ley De Servicios Administrativos
ricardo250318 de Marzo de 2013
4.225 Palabras (17 Páginas)548 Visitas
INDICE.
INTRODUCCIÓN……………………………………………………………………………..-3
DESARROLLO.
TITULO PRIMERO; DE LA NATURALEZA, OBJETO Y ATRIBUCIONES…………………………………………………………………………...-5-
TÍTULO SEGUNDO; DE LA ORGANIZACIÓN…………………………………….-6-
TITULO TERCERO; DEL SERVICIO FISCAL DE CARRERA……………………………………………………………………………………….-8-
TÍTULO CUARTO; DE LAS DISPOSICIONES GENERALES………………………………………………………………………………….-9-
TÍTULO QUINTO; DE LA INFORMACIÓN, LA TRASPARENCIA Y LA EVALUACIÓN DE LA EFICIENCIA RECAUDATORIA Y DE FISCALIZACIÓN………………………………………………………..…………..……-10-
TÍTULO SEXTO; DE LA RESPONZABILIDAD DEL SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA………………………………………….…….-13-
CONCLUSIONES…………………………………………………………………………..-16-
BIBLIOGRAFÍA……………………………………………………………………………..-16-
INTRODUCCIÓN:
La ley de Servicio de Administración Tributaria se publica en el Diario Oficial de la Federación el 15 de diciembre de 1995, en el sexenio de Ernesto Zedillo Ponce de León, está constituida por treinta y cinco artículos y ocho artículos transitorios, los cuales están divididos en seis títulos los cuales tienen los siguientes nombres y subdivisiones:
TITULO PRIMERO; DE LA NATURALEZA, OBJETO Y ATRIBUCIONES. Este título tiene dos Capítulos, el I, de la naturaleza y objeto, y el II, de las atribuciones.
TÍTULO SEGUNDO; DE LA ORGANIZACIÓN. Este título al mismo tiempo esta subdividido en tres Capítulos, el I, de los órganos, el II, de la junta de gobierno, y el III, de la presidencia.
TITULO TERCERO; DEL SERVICIO FISCAL DE CARRERA. Este título solo tiene un Capitulo, el cual integra la finalidad del Servicio Fiscal de Carrera, las categorías del personal, los principios por los que se regirá el Servicio Fiscal de Carrera, y la Comisión responsable de la organización y funcionamiento del Servicio Fiscal de Carrera.
TÍTULO CUARTO; DE LAS DISPOSICIONES GENERALES. Este título solo tiene un Capitulo, el cual integra las instancias de consulta y comités especializados con los que cuenta el SAT, las normas que regirán las relaciones laborales entre le SAT y sus trabajadores, y en qué caso el SAT podrá abstenerse de llevar a cabo la determinación de contribuciones y sus accesorios.
TÍTULO QUINTO; DE LA INFORMACIÓN, LA TRASPARENCIA Y LA EVALUACIÓN DE LA EFICIENCIA RECAUDATORIA Y DE FISCALIZACIÓN. Este título esta subdividido en dos Capítulos, el I, de la información y transparencia, y el II, de la evaluación de la eficiencia recaudatoria y de fiscalización.
TÍTULO SEXTO; DE LA RESPONZABILIDAD DEL SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA. Este título esta subdividido en un Capitulo único, y ocho artículos transitorios, el cual integra la responsabilidad que tiene el SAT en pagar los daños y perjuicios causados por sus servidores públicos con motivos de sus atribuciones, en los artículos transitorios contemplan, la fecha de entrada en vigor de la Ley, disposiciones que quedan derogadas a partir de la entrada en vigor de la Ley del SAT.
Cabe resaltar que la ley que estamos estudiando se reformo en tres ocasiones, en 1999, una gran reforma en el 2003, y por último en el 2009, a continuación se mencionan que artículos se reformaron en las fechas mencionadas:
D.O.F. el 4 de enero de 1999: Artículo 7, fracción II.
D.O.F. el 12 de junio del 2003: Artículos 2; 7, fracciones, IX, XII, XIII, XIV, XV, XVI, XVII, XVIII; El Artículo 8, fracción II; El Artículo 9, fracciones, I, II, III, y IV; El Artículo 10, fracciones, VII, VIII, IX, y X; El Artículo 11, primer párrafo; El Artículo 13, primer párrafo, las fracciones, II, III, y IV. Se adicionaron los Artículos 7-A, 7-B, 7-C, 7-D, 13-A, 20-A, y todo el Título quinto y sexto de la ley.
D.O.F. el 6 de mayo de 2009: Se adiciono el Artículo 35.
Cabe mencionar que en el 2009 fue la última vez que se modifico la ley en cuestión, es en este sentido que nuestra introducción tiene el objetivo de dar una muestra de cómo la ley que estamos estudiando, con el trascurso del tiempo ha evolucionado a las exigencias de la sociedad.
TÍTULO PRIMERO
DE LA NATURALEZA, OBJETO Y ATRIBUCIONES
Capítulo I
De la naturaleza y objeto
El Servicio de Administración Tributaria, es un órgano desconcentrado de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, tiene la responsabilidad de aplicar la legislación fiscal y aduanera con el fin de que las personas físicas y morales contribuyan proporcional y equitativamente el gasto público.
Asimismo, fiscaliza, facilita e incentiva a los contribuyentes para que estos cumplan voluntariamente con las disposiciones tributarias y aduaneras.
Por otra parte, implanta programas y proyectos para reducir su costo de operación; además goza tanto de autonomía de gestión como a la libertad técnica para dictar sus resoluciones.
Para la realización de su objeto contara, con bienes muebles e inmuebles, fondos y fideicomisos que se constituyan o en los que participe en representación de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, para tales fines; además los ingresos que obtenga por la prestación de servicios y gastos de ejecución, así como las asignaciones que establezca el Presupuesto de Egresos de la Federación.
La Tesorería de la Federación prestará de forma gratuita los servicios necesarios al Servicio de Administración Tributaria.
Ahora bien, las atribuciones del Servicio de Administración Tributaria, son las siguientes:
Recaudar los impuestos, dirigir los servicios aduanales y de inspección, representar el interés de la Federación en controversias fiscales; solicitar y proporcionar a otras instancias e instituciones públicas, nacionales o del extranjero, el acceso a la información necesaria para evitar la evasión en materia fiscal y aduanera, así como el vigilar y asegurar el debido cumplimiento de éstas; asimismo, localizar y listar a los contribuyentes con el objeto de ampliar y mantener actualizado el registro respectivo; tiene que diseñar, administrar y operar la base de datos para el sistema de información fiscal y aduanera, proporcionando a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público los datos estadísticos suficientes que permitan elaborar de manera completa los informe que en materia de recaudación federal y fiscalización debe rendir el ejecutivo Federal al Congreso de la Unión.
Por otra parte, si el pago de contribuciones se realiza mediante la entrega de obras plásticas que realicen así sus autores, se deberá recibir las obras conforme con el procedimiento que establece el artículo 7° B, de la ley de la materia.
TÍTULO SEGUNDO
DE LAS ORGANIZACIONES
Capítulo I
De los órganos
Para la obtención de su objeto y el ejercicio de sus atribuciones el Servicio de Administración Tributaria contará con los órganos siguientes:
Junta de Gobierno, Jefe y las Unidades Administrativas que establezcan su reglamento interior.
Si hablamos de la Junta de Gobierno, esta se integrará de la siguiente manera; el Secretario de Hacienda y Crédito Público y tres Consejeros. El Secretario de Hacienda y Crédito Público presidirá la Junta de Gobierno. Los consejeros independientes serán designados por el Presidente de la República.
La Junta de Gobierno, tendrá las siguientes atribuciones:
Opinar y auxiliar con las autoridades competentes de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público en la elaboración de las medidas de política fiscal y aduanera necesaria para la formulación y ejecución del Plan Nacional de Desarrollo y de los programas sectoriales, así como llevar a cabo los programas especiales y los asuntos que el propio Secretario de Hacienda y Crédito Público le encomienda ejecutar y coordinar en esas materias.
Someter a la consideración de las autoridades competentes de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, su opinión sobre las iniciativas de ley, decretos, acuerdos, órdenes, resoluciones administrativas y disposiciones de carácter general que en las materias fiscal y aduanera corresponda expedir a la Secretaría.
Aprobar los programas y presupuestos, la estructura orgánica básica, así como el programa anual de mejora continua y establecer y dar seguimiento a las metas relativas a aumentar la eficiencia a la administración tributaria y mejorar la calidad del servicio a los contribuyentes.
El jefe del Servicio de Administración Tributaria será nombrado por el Presidente de la República.
El presidente del Servicio de Administración Tributaria tendrá las siguientes atribuciones:
Administrar
...