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TEMA: Contrato de Fideicomiso


Enviado por   •  13 de Octubre de 2015  •  Documentos de Investigación  •  5.485 Palabras (22 Páginas)  •  362 Visitas

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"Año de la Diversificación Productiva y del Fortalecimiento de la Educación"

  • TEMA: Contrato de Fideicomiso
  • CURSO: Derecho Empresarial
  • PROFESOR: Llatas Román, José Manuel
  • ALUMNOS:
  • Castro Cotarma, Xahaira Pamela
  • Alarcón Malca, Jhon Harold
  • TURNO: NOCHE
  • CICLO: II

LIMA – PERÚ

2015

Índice

INTRODUCCIÓN        

DEFINICIÓN        

OBJETO        

SUJETOS QUE INTERVIENEN EN EL CONTRATO        

CARACTERISTICAS JURIDICAS        

DE LAS OBLIGACIONES        

EXTINCIÓN        

MARCO TRIBUTARIO        

CASUISTICA        

CONCLUSIONES        

BIBLIOGRAFIA        

ANEXO 1        


INTRODUCCIÓN

El fideicomiso como figura jurídica es de antigua data, sino más bien, cabe señalar que con el tiempo se ha ido transformando, llegando a convertirse en un contrato mal llamado por muchos, como contrato moderno, siendo actualmente indispensable para la formación de riqueza en las empresas.

El fideicomiso, en nuestro país ha demostrado ser eficiente en diversas empresas de producción. Para entender claramente la operatividad del fideicomiso, es necesario comprender hasta qué punto puede favorecer su utilización. En el Perú, el fideicomiso actualmente está normado por una ley, la denominada Ley Nº 26702 (Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros), la misma que con el tiempo ha sido modificada. Aunque en nuestro país ya habíamos adoptado el fideicomiso desde el derogado Decreto Ley 770, Ley General de Instituciones Financieras, Bancarias y de Seguros, que le otorgo netamente un arraigo legal de contrato bancario, esto hasta la vigente Ley N° 26702, que amplía sus alcances en forma contundente.


DEFINICIÓN

Etimológicamente podemos decir que la palabra fideicomiso proviene del latín fideicommissum equivale a (fides=fe mas commissus=confiado), en lo que refiere a la acción de entregar una herencia a alguien para que haga con ella lo que se le señala. También puede ser señalado como un “encargo de confianza”.

Pero fideicomiso en si es una relación jurídica que en función de un contrato  en la cual una persona transfiere sus bienes a otra persona, para la constitución de un patrimonio que ésta administre o invierta los bienes en beneficio propio o en beneficio de un tercero.

Se conoce como fideicomitente al propietario de un bien o bienes que transfiere su propietario a favor de otro sujeto, llamado fiduciario.

Al momento de la creación del fideicomiso, ninguna de las partes es propietaria del bien objeto del fideicomiso. El fideicomiso es, por tanto, un contrato por el cual una persona destina ciertos bienes a un fin lícito determinado, encomendando la realización de ese fin a una institución fiduciaria en todas las empresas.

El contrato de fideicomiso se encuentra establecido por la Ley N° 26702, en la cual se puede decir que es una operación bancaria que se formalizara a través de un contrato, mediante el cual el fideicomitente encomendará la administración de su patrimonio (bienes, fondos, entre otros) o una parte de él al fiduciario para que de acuerdo a un propósito determinado, lo administre y transmite a una persona beneficiaria (contratista, concesionario, etc.) llamado fideicomisario.


OBJETO

Serán objetos de fideicomiso bienes inmuebles, muebles, registrables o no, dinero, títulos valores, etc., cuando se puedan individualizar.
Cuando a la fecha de celebración del fideicomiso no resulte posible su individualización, se describirán los requisitos y características que deban reunir.
Los bienes no pueden entrar en el patrimonio del fiduciario confundiéndose con los suyos, son bienes separables del activo, con 
cuentas separadas y excluidos tanto de la garantía de los acreedores del fiduciario como de los del fideicomitente.
Sobre los bienes fideicomitidos se constituye una propiedad fiduciaria conformando un patrimonio separado del patrimonio fiduciario y del fiduciante. Cuando se trata de bienes registrables, los
 registros correspondientes deberán tomar razón de la transferencia fiduciaria de la propiedad a nombre del fiduciario.

El objeto puede ser:

  • Inmediato: es la entrega de la propiedad de un bien para ser administrado a título de propietario.
  • Mediato: puede ser toda clase de bienes o derechos.

El objeto mediato y la propiedad fiduciaria se incrementan si así resulta del contrato, cuando el fiduciario adquiere otros bienes con los frutos de los bienes fideicomitidos o con el producto de actos de disposición sobre ellos, dejándose constancia en el acta de adquisición y en los registros pertinentes.
Entre los objetos mediatos posibles está
 el dinero, constituyendo los ejemplos más típicos de fideicomiso los de inversión y de administración; el dinero aparece en forma tangible como expresión del capital dado en fideicomiso y como manifestación de su renta; otras veces, aparece como expresión del fruto o resultante de un capital no dinerario.

El dinero como objeto mediato de fideicomiso aparece en forma directa o indirecta, constituyéndose la mayoría de las veces en generador de recursos bancarios.

SUJETOS QUE INTERVIENEN EN EL CONTRATO

  • FIDEICOMITENTE, es el propietario de un bien, sobre el que constituye por testamento u otro acto jurídico, un patrimonio fideicometido, para el cumplimiento de un fin específico.
  • FIDUCIARIO, también conocido como factor fiduciario es la persona a favor de quien se transfiere la propiedad o el bien referido anteriormente.
  • FIDEICOMISARIO, es la persona a favor de quien se realizan los fines del fideicomiso, finalmente es el beneficiario directo del contrato.

De acuerdo a la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguro N° 26702, con lo dispuesto en el Art. 242°.- Los bancos o COFIDE pueden desempeñarse como fiduciarios.

El patrimonio fideicometido está constituido por los bienes transferidos en fideicomiso y por los frutos que estos generen. El patrimonio fidecometido es distinto al patrimonio del fideicomitente, del fiduciario, del fideicomisario, de cualquier otro patrimonio fideicometido administrado por el fiduciario y, de ser el caso del destinatario del remanente.

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