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Ya tengo el caso


Enviado por   •  14 de Marzo de 2020  •  Ensayos  •  2.462 Palabras (10 Páginas)  •  135 Visitas

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Las diferentes experiencias en la presente investigación forman parte de los concejos para el buen desempeño de la labor del litigante. De tal modo que si cuenta con una buena presencia, proyecta seguridad en su mirada, se apoya de sus manos para expresarse, va a desenvolverse y va a crear un ambiente de tranquilidad hacia el mismo y por consiguiente a quienes lo escuchan y observan. También debe conocer de los hechos de la investigación, verificarla por su propia cuenta. Debe realizar las diligencias necesarias para conocer del caso que le ocupa y empaparse de todo aquello que le ayude a llegar a la verdad, en base a información fidedigna. Con la información completa de la investigación, de todo aquello que posee la fiscalía, una copia la debe conservar el defensor para su estudio, organizarla, estudiarla y le sirva de guía, en el litigio. Es muy importante que se conduzca con la verdad, independientemente a quien represente, asimismo mantenerlo informado del avance de su caso, si se trata de varias personas involucradas, es preferible que el litigante hable solo con una y esta a su vez informe a las otras. De igual forma debe escuchar y dejar hablar a su defendido a manera de conocer todo lo que le éste le desee expresar, así pues le ayudará a llevar de una manera mas eficaz su caso.

La presencia escénica, es la impresión que va a causar en la sala y se debe aprovechar. Es un mensaje corporal el que esta realizando, y debe tener cuidado ya es una expresión que no sabe mentir. Es su forma de ser, siendo él mismo, sin imitar a otra persona, por lo tanto debe ser cuidadoso en el comportamiento, educado, amable, atento, natural y le va a dar seguridad al momento de devolverse en la sala.

Con su mirada, puede comunicar al juez, que esta diciendo la verdad, teniendo el cuidado de que si su mirada es más fuerte que la suya y le intimida y desconcentra, no deje la mirada fija. Entonces, lo mejor es que mire a toda la sala con pausas y dirigiendo su mirada a la autoridad en momentos que crea tienen relevancia en su discurso. Así, es como le transmite sus sentimientos al juez. Y si existen cámaras, dirigirse también a ellas, de tal modo que si el juez ve el video, sentirá que le esta hablando a él.

En la forma de expresarse con las manos, ayuda a impactar de manera más profunda en los receptores, y les queda más acentuado lo que le esta tratando de comunicar. Existen diferentes formas de expresarse con las manos, tales como: manos abiertas, con la que se genera credibilidad, que se esta ocultando nada; abiertas hacia abajo, con las se denota poder y el respeto; mano cerrada, en esta forma se debe tener cuidado de como manejarla, ya que puede entenderse como autoridad; mano al corazón, demuestra honestidad y que el juez crea que estamos siendo sinceros; contar con los dedos, facilita recordar dándole calidez a lo que se desea enfatizar; mano hacia al frente, para rechazar señalamientos infundados; pulgar en índice juntos, para puntualizar sobre un determinado hecho; puntas de los dedos unidas, expresa confianza y seguridad; manos en forma de campanario, genera confianza en que esta diciendo la verdad pero igual le esta pidiendo a su Dios ayuda; dedo apuntando, es acusatorio para quien va dirigido de un hecho delictivo y palmada al revés, forma enérgica para llamar la atención en la sala.

Estos gestos son necesarios para ayudar a que entienda el juez y todos en la sala de lo se esta hablando, utilizarlos de una manera adecuada, para que no se vea actuado.

De igual manera, que los ademanes, la postura es necesaria que se ejecute de una manera que se sienta cómodo, que se pueda mover en 180o, sin necesidad de mover los pies de lugar, para esto es necesario se posicione al cinco para las dos, pie izquierdo simulando los minutos y pie derecho para la hora simulando un reloj, según Gordoa (2017). Moviéndose de un lado hacia otro y cambiando cuando hable de otro tema. Sin exagerar en moverse de un lado a otro como si estuviera nervioso.

Aunque la obligación de investigar recae en el Ministerio Público, el litigante, no es impedimento para que el defensor realice por su cuenta la investigación de manera personal. De este modo va a tener la oportunidad, de que si lo que le argumenta su defendido, lo que hay en pruebas, los hechos bajo estudio, son verdad. Ya que existen imputados o victimas que no estén siendo honestas con su defensor, así se da cuenta por su propia cuenta de la realidad de los acontecimientos.

Cuando realiza el trabajo el litigante, se da cuenta verdaderamente, como esta llevando el caso, incluso puede adelantar en la investigación y tener una pesquisa particular, asimismo puede aspirar a un veredicto favorable. De modo que el legislador dispone de un artículo, en donde puede proponer diligencias al Ministerio Público y éste verifique que son útiles y acuerde su realización.

Por lo tanto, obtiene armas para defenderse en un juicio oral, al ir introduciendo en la carpeta de investigación lo que considere pueda serle útil, para demostrar su teoría del caso, que de una u otra manera le lleven a obtener resultados favorables. En ese sentido puede sembrar muchas diligencias o actos de investigación, a los cuales le podrá sacar provecho.

Así, en un acto de investigación, puede solicitar a la autoridad, que una persona que no esté como testigo presencial  de los hechos, pueda conocer de alguna amenaza que en este caso resulto el occiso. En otro supuesto, quizá, pueda solicitar videos donde demuestren las características que involucre a su defendido, en el desarrollo de los hechos. Asimismo, puede redactar dichas solicitudes con fundamento en el Código Nacional de Procedimientos Penales artículo 216 y refiriendo en los artículos constitucionales relativos al juicio previo y debido proceso, a la igualdad de las partes y al derecho de la defensa.

Ahora bien, ya teniendo la teoría del caso, lo que pretende probar, como solicitar actos de investigación, es indispensable tener una copia de todo lo que tiene la fiscalía, y armar una carpeta de investigación, según Rosario Solange Palacios Meléndez, con adiciones de José Luis vega Roche, con los títulos siguientes: ¿qué pasó? Que contenga los elementos fácticos: teoría del caso, tema, hechos en bruto, hechos relevantes, hechos irrelevantes, hechos controvertidos hechos no controvertidos, hechos positivos, hechos negativos y hechos neutro. Esto ayuda a tener claro todo lo sucedido, asimismo para ejercer una defensa eficaz, tener la teoría del caso y solicitar actos de investigación.

Este título determina cuales hechos son relevantes, los que están en discusión, los aceptados, los que están en controversia, los positivos, los que acreditan la teoría del caso, incluso los negativos que acreditan la teoría de la contraparte.

El segundo título es: ¿Cuál es la norma aplicable? Y se compone de: legislación aplicable al caso concreto, doctrina nacional y extranjera, decisiones del mismo juez en casos similares, tesis aisladas y jurisprudencias.

De modo que, es necesario conocer que código aplica para el caso, la doctrina nacional o extranjera que opinión tiene, conocer de las decisiones que el emitió el juez en casos similares, reunir las tesis las cuales apoyen la teoría del defensor y si existen jurisprudencias, toda esta información la debe tener en la carpeta para su posible utilización y respaldo.

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