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ACTA DE UNA EMPRESA


Enviado por   •  28 de Octubre de 2015  •  Apuntes  •  1.600 Palabras (7 Páginas)  •  130 Visitas

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Nosotros, AGUIRRE SARCOS NESTOR LUIS, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cedula de identidad Nº V- 23.456.747, DELGADO LEAL MARIA LAURA, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cedula de identidad Nº V- 23.515.545, domiciliados en el Municipio Maracaibo del Estado Zulia, por medio del presente documento declaramos: Que hemos convenido constituir como en efecto lo hacemos una Sociedad Mercantil, bajo la forma de Compañía Anónima, la cual se regirá por las disposiciones legales que rijan la materia y por las clausulas que se determinan a continuación, que han sido redactadas con suficiente amplitud para que sirva a su vez de Estatutos Sociales: CAPITULO I: DENOMINACION, OBJETO, DOMICILIO, DURACION. PRIMERA: La sociedad se denominara: “PANADERIA Y CHARCUTERIA LA ESPIGA DORADA COMPAÑÍA ANONIMA” pudiendo por disposición de la Junta Directiva agregarse o suprimirse a esta razón social, siglas o cualquier otro distintivo. SEGUNDA: El domicilio social de la compañía será en la Avenida 15A Nº 15B-50, en el Sector Canchancha del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, pudiendo establecer agencias, sucursales en cualquier parte del Territorio Nacional o en el Exterior, cuando lo decida la Asamblea. TERCERA: El objeto social lo constituye todo lo relacionado con la panadería y pastelería, la fabricación, elaboración y venta, al mayor y al detal, de todo tipo de panes, tortas, galletas y productos elaborados con harina; la compra y venta de quesos y productos lácteos, embutidos, fiambres y todo tipo de charcutería, víveres, quincallería, golosinas y confitería en general, además la comercialización de todo tipo de bebidas al mayor y al detal y, en general realizar todos los actos de licito comercio, indispensables para su desenvolvimiento, desarrollo y cumplimiento de su objeto social. CUARTA: La duración de la sociedad será de (50) años, prorrogables cuando así decida la Asamblea, contados a partir de la inscripción en el Registro Mercantil correspondiente. CAPITULO II. DEL CAPITAL SOCIAL Y DE LAS ACCIONES. QUINTA: El capital social de la Empresa es de QUINIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 500.000,00) divididos en CINCO MIL (5.000) ACCIONES, con un valor nominal cada una de CIEN BOLIVARES (Bs. 100,00). Dicho Capital Social ha sido íntegramente suscrito y totalmente pagado por las acciones tal como se evidencia del Balance General que se acompaña para que sea agregado al expediente y formara parte del presente documento, de la siguiente manera: El accionista NESTOR LUIS AGUIRRE SARCOS, ha suscrito la cantidad de TRES MIL (3.000) ACCIONES, con un valor nominal de CIEN BOLIVARES (Bs. 100,00), para un valor total de TRESCIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 300.000,00), el accionista MARIA LAURA DELGADO LEAL, ha suscrito la cantidad de DOS MIL (2000) ACCIONES, con un valor nominal de CIEN BOLIVARES (Bs. 100,00), para un valor total de DOSCIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 200.000,00). SEXTA: Las acciones o títulos deberán ser firmadas por el Presidente y el Vicepresidente. Cada acción corresponde a un voto en la Asamblea, dando iguales derecho y obligaciones a sus titulares, y su propiedad se demuestra con la inscripción en los libros de  la sociedad y con los títulos que la representan. CAPITULO II. DE LA ADMINISTRACION. SEPTIMA: La sociedad será representada y administrada por un (1) PRESIDENTE, y un (1) VICEPRESIDENTE, quienes duraran en sus funciones cinco (5) años, pudiendo ser reelectos o seguir en el ejercicio de sus funciones por periodos iguales, hasta tanto no se hagan nuevos nombramientos. El Presidente y el Vicepresidente, deberán en todo caso depositar en Caja Social de la Empresa, cinco (5) acciones a los fines previstos en el artículo 244 del Código de Comercio vigente. OCTAVA: El Presidente y el Vicepresidente actuando en forma conjunta o separada, tendrán la máxima representación de la sociedad y de las más amplias facultades  de administración y disposición, esta quedara legal y válidamente aceptada ante terceros mediante sus firmas. En consecuencia están facultados para celebrar cualquier tipo de negociación, celebrar contratos tales como: ventas, permuta, hipoteca, finanza, avales sobre toda clase de bienes, muebles o inmuebles, pudiendo comprar, vender o gravar en forma amplia estos últimos. Representar a la sociedad judicial y extrajudicial, nombrando si fuese necesario apoderados o factor de comercio ante toda clase de autoridad y ante terceros; librar, aceptar, avalar, endosar letras de cambios, cheque, pagares y en fin cualquier efecto de comercio; abrir, movilizar y cerrar cuentas bancarias; recibir cantidades de dinero en préstamos, recibiendo y dando la garantía que fuese necesaria y en general, cualquier acción o actividad que se considere necesaria para el buen desarrollo de la sociedad,  ya que las facultades anteriormente anunciadas solo tienen ese carácter y en ningún caso son taxativas ni limitativas. CAPITULO IV. DE LAS ASAMBLEAS. NOVENA: La suprema dirección de la sociedad la ejercerá la Asamblea General de accionistas, cuyas decisiones serán de carácter obligatorio. DECIMA: Las Asambleas como órganos deliberantes podrán ser Ordinarias o Extraordinarias, tomándose los acuerdos y resoluciones  por mayoría. Las Asambleas Generales Ordinarias se celebraran dentro del primer trimestre de cada año después de culminar cada ejercicio económico. Las Asambleas Generales Extraordinarias se efectuaran cuantas veces así lo requieran los intereses de la sociedad. DECIMA PRIMERA: Cuando fuese necesario la reunión de la Asamblea la misma deberá ser convocada por cualquier medio de comunicación que pruebe y asegure su autenticidad y deberán ser convocadas, por lo menos con diez días de anticipación a la celebración de la misma. Queda válidamente constituida la Asamblea por la presencia del 75% del Capital Social, sea esta Ordinaria o Extraordinaria y las decisiones serán tomadas por mediante el voto favorable de los accionistas que representen la mayoría de las acciones representadas en la Asamblea. DECIMA SEGUNDA: De las reuniones de Asambleas, se levantara un acta en la cual se expresara el nombre y apellido de las personas que concurran, el carácter con el que actúan, el número de acciones que posea, las decisiones que se tomen y deberá ser firmada por todos en la misma asamblea. CAPITULO V. DEL COMISARIO. DECIMA TERCERA: La compañía tendrá un Comisario, quien durara en sus funciones cinco (5) anos, pudiendo ser reelecto por el mismo periodo y quien tendrá las obligaciones y atribuciones establecidas en el Código de Comercio vigente. Transcurrido este lapso, el Comisario deberá mantenerse en su cargo hasta tanto no sea nombrado su reemplazo, para lo que hará falta por lo menos la aprobación del setenta y cinco por ciento (75%) de las acciones. CAPITULO VI. DEL EJERCICIO ECONOMICO. BALANCE GENERAL – UTILIDADES Y FONDO DE RESERVA. DECIMA CUARTA: El ejercicio económico de la sociedad comenzara el día primero (1) de Enero de cada ano y culminara el día treinta y uno (31) de diciembre del mismo ano. El primer ejercicio económico de la sociedad se iniciara a partir de la inscripción en el Registro Mercantil respectivo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia y culminara el día treinta y uno (31) de diciembre del año en curso. DECIMA QUINTA: Al final de cada ejercicio se harán cortes de cuenta, levantándose el Balance General del año, la liquidación de ganancias y pérdidas y el inventario de los bienes de la compañía. Verificando el balance, las utilidades liquidas de cada periodo se repartirán así: a) El cinco por ciento (5%) al donde de reserva legal establecido en el artículo 262 del Código de Comercio vigente, hasta alcanzar el diez por ciento (10%) del capital social. B) Cualquier otro apartado que disponga la Asamblea General de accionistas.  C) El remanente será distribuido entre los accionistas en forma de dividendos en la oportunidad y medidas que establezca la Asamblea General de Accionistas. CAPITULO VII. DE LAS DESIGNACIONES Y DISPOSICIONES FINALES. DECIMA SEXTA: Para el primer periodo de cinco (5) años se designa como Presidente al accionista, AGUIRRE SARCOS NESTOR LUIS ya identificado y como Vicepresidente a la accionista DELGADO LEAL MARIA LAURA, ya identificada, DECIMA SEPTIMA: Se designa para el primer periodo de cinco (5) años como Comisario a la ciudadana THAIRI PARRA AVILA, mayor de edad, Contador Público, cedula de identidad N^ V- 7.766.251, inscrita en el Colegio de Contadores Públicos del Estado Zulia bajo el N^ 17.751 y de igual domicilio. DECIMA OCTAVA: Se autoriza a la ciudadana ELEONORA DEL ROSARIO PARRA FERNANDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N^ V- 5.816.807, para que realice todas las gestiones pertinentes a la inscripción de la presente acta ante la oficina de Registro Mercantil respectiva y solicite copia certificada de la misma. Termino, se leyó y conformes firman.

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