ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Código Orgánico Monetario y Financiero

Kevin LogañaResumen29 de Junio de 2021

3.008 Palabras (13 Páginas)206 Visitas

Página 1 de 13

Clase 10                                                                                                Fecha: 24/06/2021

Código Orgánico Monetario y Financiero Sección 3 relativa a la Superintendencia de Bancos

Haciendo una retrospectiva histórica esta parte corresponde a lo que antiguamente fue la Ley General de Bancos hasta 1994, ejercicio presidencial de Sixto Durán Ballén, y después fue convertida en la Ley Orgánica de Instituciones del Sistema Financiero que también incorporó y derogó la antigua Ley de Sociedades Financieras; estas leyes duraron hasta la expedición del Código, en donde se eliminan estas leyes y se crea el Código Orgánico Monetario y Financiero.

Sección 3

De la Superintendencia de Bancos

Artículo 59.- Naturaleza

El artículo 59 habla sobre la naturaleza de la Superintendencia de Bancos.

Artículo 60.- Finalidad

El artículo 60 trata sobre la finalidad.

Artículo 61.- Presupuesto

        Trata sobre el presupuesto de la Superintendencia de Bancos.

Artículo 62.- Funciones

        Trata sobre las funciones de la Superintendencia de Bancos.        

Artículo 63.- Facultad para solicitar información

        El artículo 63 habla sobre la facultad para solicitar información a las entidades controladas.

Artículo 64.- Gestión y estructura

        El artículo 64 habla sobre la gestión y estructura.

Artículo 65.- Régimen Laboral

        El 65 trata sobre el régimen laboral de los empleados de la Superintendencia de Bancos.

Artículo 66.- Fuero

        Este artículo trata sobre el fuero de corte superior para superintendentes, para intendentes y para demás personal de la Superintendencia de Bancos, es una protección jurídica del nivel de juzgamiento en el caso de un juicio.

Artículo 67.- Superintendente: (Súper Intendencia de Bancos)

        Este artículo trata sobre el Superintendente; la Superintendencia de Bancos.

Artículo 68.- Designación y requisitos (Del Súper Intendente de Bancos)

        El artículo 68 nos habla de la designación y los requisitos del superintendente de Bancos.

Artículo 69.- Funciones del Superintendente de Bancos

Este artículo nos habla de las funciones del Superintendente de Bancos.

Artículo 70.- Rendición de Cuentas: (De la Súper Intendencia de Bancos)

        Este artículo se mantiene.        

Artículo 71.-Actos de control

        El artículo 71 nos habla de como ha de actuar en los actos de control.

Artículo 72.- Informes: (Emitidos por la Súper Intendencia de Bancos)

        El artículo 72 trata sobre los informes emitidos por la Superintendencia de Bancos.

Artículo 73.- Reclamos y Recursos: (A la Súper Intendencia de Bancos)

        El artículo 73 nos habla de los reclamos y los recursos de las entidades controladas o incluso personal interno de la Superintendencia de Bancos.

Se puede determinar que del artículo 59 al 73 no hay cambios, se mantienen los mismos artículos del original Código Orgánico Monetario y Financiero emitido por Rafael Vicente Correa Delgado como presidente de la república, el 12 de septiembre del 2014.

Sección 4

De la Superintendencia de Economía Popular y Solidaria

Artículo 74.- Ámbito: (Súper de EP y S.)

El artículo 74 fue sustituido en cuanto a la naturaleza y al ámbito de la Superintendencia de Economía Popular y Solidaria, también las atribuciones que tenía en la Ley Orgánica de Economía Popular y Solidaria especialmente los numerales 62 y 71, excepto los numerales 18 y 19; y el numeral 10 se mantiene, pero el artículo 74 fue sustituido con la Ley de Defensa de la Dolarización de Lenin Moreno.

Artículo 75.- Régimen Laboral: (Funcionario de la Súper de EP y S.)

Artículo 76.- Fuero

Artículo 77.- Informes: (Emitidos por la Súper Intendencia de EP y S.)

Sección 5

De la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros

Artículo 78.- Ámbito: (Súper de Compañías)

En conclusión, la Sección 4 y Sección 5 hablan de los ámbitos tanto de las Economía Popular y Solidaria como de la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros.

Sección 6

De la Corporación del Seguro de Depósitos, Fondo de Liquidez y Fondo de Seguros Privados

Artículo 79.- Naturaleza (de la COSEDE)

Artículo 80.- Funciones (de la COSEDE)

Artículo 81.- Presupuesto (de la COSEDE)

Artículo 82.- Gestión y Estructura (de la COSEDE)

Artículo 83.- Del Directorio (de la COSEDE)

Artículo 84.- Designación y requisitos (de la COSEDE)

Artículo 85.- Funciones del Directorio (de la COSEDE)

Artículo 86.- Funcionamiento: (del directorio de la COSEDE)

Artículo 87.- Del Gerente General (de la COSEDE)

Artículo 88.- Designación y requisitos: (del gerente general de la COSEDE)

Artículo 89.- Obligaciones (de la COSEDE)

Artículo 90.- Prohibición: (Gerente y servidores de la COSEDE)

Artículo 91.- Funciones del Gerente General de la COSEDE

Artículo 92.- Fuero (de la COSEDE)

Artículo 93.- Información al público (Por la COSEDE)

Desde el artículo 75 hasta el artículo 93 qué habla de la Superintendencia de Bancos y, de la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros del artículo 75 al 77 se modifica el artículo 78 sobre el ámbito de la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros.

Del artículo 79 al 93 que involucra todo el funcionamiento de la Corporación del Seguro de Depósitos, que maneja el fondo de liquidez de inversión y garantía mediante un fideicomiso de inversión y garantía no ha habido ningún tipo de cambio en la Ley de Defensa de la Dolarización.

TÍTULO 1

SISTEMA MONETARIO

Capítulo 1

De la Moneda y el Dinero

Artículo 94.- De la moneda en la República del Ecuador

En el artículo 94 se sustituyó el inciso segundo, el inciso tercero y se mantuvo el inciso primero (el párrafo primero), pero si sustituyó el párrafo segundo y el párrafo tercero, el inciso cuarto (el párrafo cuarto) está sin cambio y también se sustituye el párrafo quinto.

Artículo 95.- Obligación de proveer liquidez: (Por el BCE)

El artículo 95 también fue sustituido en la obligación del Banco Central de proveer circulante a la economía. Entonces también se obliga a bancos, cooperativas, entidades tanto del mercado dinero como del mercado de valores a proveer circulante al sistema financiero y especialmente prevenir, anticipar y evitar el lavado de activos; esto guarda relación con la Ley de Lavado de Activos y con la actividad de la Unidad de Análisis Financiero y Económico.

Artículo 96.- Remesas de dinero físico para garantizar el circulante.

El artículo 96 es modificado, cambia a una sola junta y ahora habla de la Junta de Política y Regulación Monetaria. Entonces gran parte de lo que decía antes el artículo 96 paso al artículo 95; y el artículo 96 fue usado para crear esta segunda Junta de Política y Regulación Monetaria.

Artículo 97.- Canje de Moneda: (Realizado por el BCE)

El artículo 97 habla sobre el canje de monedas hecho por el Banco Central.

Artículo 98.- Prohibiciones

El artículo 98 habla sobre las prohibiciones especialmente sobre la falsificación de monedas.

Capítulo 2

Medios de Pago

Artículo 99.- Otros medios de pago

El artículo 99 habla sobre otros medios de pago; el dinero es moneda y medio de pago, pero hay otros medios de pago como los cheques, las transferencias electrónicas ahora como las tarjetas de crédito y otros que en el futuro pueda crear el sistema financiero ecuatoriano.

Artículo 100.- Obligaciones en otros medios de pago

El artículo 100 trata de las obligaciones en otros medios de pago; cambia lo que antes decía Junta de Regulación Política Monetaria y Financiera por Juntas de Política y Regulación Monetaria.

Artículo 101.- Moneda electrónica

El artículo 101 era básico sobre el tema del dinero electrónico, fue sustituido y trata de medios de pago electrónicos. Anteriormente se creía que solamente era potestad del Banco Central hacer, pero en diciembre del 2017 en la ley de Moreno cambia a decir que el dinero electrónico, los medios de pago electrónicos no solamente serán manejadas por el Banco Central sino también por las instituciones financieras públicas y privados e incluso en esta ley de abril del 2021 relativo a la Defensa de la Dolarización, el artículo 101 es sustituido.

...

Descargar como (para miembros actualizados) txt (19 Kb) pdf (116 Kb) docx (14 Kb)
Leer 12 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com