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Contrato


Enviado por   •  25 de Mayo de 2014  •  Tesis  •  940 Palabras (4 Páginas)  •  132 Visitas

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C O N T R A T O

Contrato de arrendamiento que celebra por una parte el Sr. Javier Arturo Romero Juárez, como propietario y por la otra parte la Sra. María del Pilar Aguirre Vázquez, como inquilino y como fiador el Sr. Gabriel Aguirre Castillo rigiéndose por las siguientes:

C L A U S U L A S

1.- El Sr. Javier Arturo Romero Juárez declara ser propietario del inmueble ubicado en la calle Independencia #27 Esq. Libertad, y da en arrendamiento a la Sra. María del Pilar Aguirre Vázquez el local comercial #2.

2.- El precio de arrendamiento es de $2,500.00 (Dos Mil Quinientos Pesos 00 / 100 MN) pagaderos por mensualidades adelantadas el dia 1 de cada mes en moneda nacional.

3.- El arrendatario se compromete a pagar la renta adelantada el primero de cada mes, en caso de que la renta se pague después de este tiempo generara intereses de tipo bancaria. El atraso de una mensualidad será motivo de recisión del contrato aun estando vigente.

4.- El arrendatario otorga un depósito de $2,500.00 Dos Mil Quinientos Pesos 00 / 100 MN), dicho deposito no se tomara como renta por que son garantía para el pago de posibles daños que ocasione el arrendatario en el local.

5.- La duración del presente contrato es de 6 meses a partir del 1 de Febrero del 2014 y termina dicho contrato el 1 de Agosto del 2014.

6.- El local comercial dado en arrendamiento es únicamente para restaurant y se le entrega en buenas condiciones de funcionamiento, y si el arrendatario lo destinara para uso diferente al señalado será motivo suficiente para que desocupe el local comercial aun estando vigente el contrato.

7.- El arrendatario no podrá sin consentimiento del propietario del inmueble variar la forma y fachada del local comercial arrendado y en caso de hacerlo debe restablecerla al estado en que lo recibió, siendo responsable de los daños y perjuicios ocasionados. Además quedan a beneficio del local comercial todas las mejoras que se hagan con él.

8.- El Arrendatario no podrá subarrendar ni traspasar a ninguna otra persona sin el previo consentimiento del propietario.

9.- Conviene expresamente el arrendatario en que todo el mes de arrendamiento le es forzoso y que lo pagara integro, aun cuando únicamente lo ocupe un día además el pago de la energía eléctrica y el agua será por cuenta del arrendatario.

10.- El arrendatario no podrá retener la renta en ningún caso, ni bajo ningún título judicial o extra judicial, ni por reparaciones que hiciera, sino que pagara íntegramente la renta hasta que se desocupe el local comercial.

11.- Queda expresamente prohibido al arrendatario tener animales y tener basura en los pasillos, por otra parte el arrendatario se obliga expresamente, a hacer el aseo de la porción interior y exterior que le corresponde al local comercial que ocupa.

12.- Queda expresamente prohibido al arrendatario tener sustancias peligrosas, corrosivas o inflamables

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