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Contrato.


Enviado por   •  5 de Septiembre de 2014  •  Tesis  •  960 Palabras (4 Páginas)  •  147 Visitas

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PRIMERO: “El trabajador” se obliga por el presente contrato a desempeñar las labores de Administrador del “Condominio Edificio Panorámico”, ubicado en calle Rancagua 3024,Ciudad de Iquique, con las obligaciones y atribuciones propias de este cargo, establecidas en la Ley de Copropiedad Inmobiliaria N° 19.537(Diario Oficial del 16/12/97),sus modificaciones posteriores, el Reglamento de Copropiedad del Condominio y las que específicamente le otorgaren en las asambleas de copropietarios y en las reuniones del Comité de Administración del Condominio.

SEGUNDO: El trabajador en su calidad de Administrador ejercerá las labores propias de este cargo, de acuerdo con las instrucciones que reciba de la Asamblea de Copropietarios y del Comité de Administración del Condominio, correspondiéndole entre otras las siguientes obligaciones y facultades:

1.- Suspender el suministro eléctrico de aquellos departamentos que se encuentren en mora en el pago de tres o más gastos comunes continuos o discontinuos, previo acuerdo del Comité de Administración.

2.- Representar en Juicios activa y pasivamente a los copropietarios con facultades del inciso 1° y 2° del artículo 7° del Código de Procedimiento Civil, en las causas concernientes a la administración y conservación del Condominio, sea que se promuevan con cualquiera de ellos o con terceros.

3.- Celebrar contratos de trabajo, seguros, arriendo, prestaciones de servicio , y en general todos aquellos actos y contratos que se refieran a la Administración y Conservación de los bienes y servicios comunes , de acuerdo a los requisitos establecidos en la Ley de Copropiedad Inmobiliaria, previo acuerdo del Comité de Administración.

4.- Se faculta al Administrador para retirar cartolas de saldos, hacer consultas de cheques, pedir información de saldos por internet, retirar cheques protestados y efectuar depósitos.

5.- Ejercer las demás facultades y deberes que la Ley de Copropiedad Inmobiliaria y el reglamento de copropiedad confieren y obligan al Administrador de los bienes comunes, especialmente en cuanto a la contratación, remoción o desahucio del personal, funciones, obligaciones, jornadas y horarios, así como determinar y conceder sus vacaciones, teniendo al efecto la representación de la Comunidad ante los organismos laborales e instituciones previsionales.

6.- Cumplir y hacer cumplir todas las obligaciones que impone el reglamento de Copropiedad del Condominio Edificio Panorámico, Reglamento interno de convivencia y anexos, el que declara conocer y aceptar y que consta en la escritura pública de fecha 21 de Marzo de 2011, ante Notario don Patricio Raby Benavente e inscrito en el registro de hipotecas y gravámenes del Conservador de Bienes Raíces. Así mismo se compromete a dar cumplimiento en todo lo que a su cargo respecta, a las normas pertinentes a la Ley 19.537, sobre copropiedad inmobiliaria y su reglamento, aprobado por DS. 46 (Vivienda y Urbanismo) de 1998, y sus respectivas modificaciones posteriores.

7.- Rendir Cuenta documentada de su Administración en las épocas que se la hayan fijado por el Comité de Administración o por el Reglamento de Copropiedad y, además, cada vez que se lo solicite la Asamblea de Copropietarios o el Comité de Administración.

8.-

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