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DEL DEPOSITO Y EL SECUESTRO, DIFERENCIAS, CLASES; DEL CONTRATO DE LA FIANZA, PRENDA E HIPOTECA; ANTICRESIS; TRANSACCIÓN


Enviado por   •  18 de Agosto de 2016  •  Tesinas  •  3.757 Palabras (16 Páginas)  •  1.335 Visitas

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UNIVERSIDAD DE GUAYAQUIL[pic 1][pic 2]

FACULTAD DE JURISPRUDENCIA Y CIENCIAS SOCIALES Y POLITICAS

ESCUELA DE DERECHO

ASIGNATURA:DERECHO CIVIL III

DOCENTE: Ab. ROBERT DIAZ LOPEZ

GRUPO # 8

TEMA DE INVESTIGACIÓN:

DEL DEPOSITO YEL SECUESTRO, DIFERENCIAS, CLASES; DEL CONTRATO DE LA FIANZA, PRENDA E HIPOTECA; ANTICRESIS; TRANSACCIÓN

INTEGRANTES:

WALTHER CHIRIGUAYA ARREAGA

KARLA BELTRAN LINDAO

DENISSE ALAVA OVIEDO

SOLEDAD VACA CEDENO

CURSO: QUINTO SEMESTRE                                PARALELO:”C”

GUAYAQUIL- ECUADOR

2016

INDICE

                                                                                                              Pág.

  1. Introducción……………………………………………………………….......3
  2. Parte Teórica…………………………………………………………………..4
  1. Del Depósito y el Secuestro……………………………..………………..4
  1.  Concepto…………………………………………………………...4
  2. Características ……………………………………………………...4
  3. Formas ……………………………………………………………...4
  4. Clases……………………………………………………………….5
  5. Diferencias………………………………………………………….5
  1. De la Fianza ………………………………………………………………6
  1. Concepto……………………………………………………………6
  2. Características ……………………………………………………...6
  1. De la Prenda……………………………………………………………....7
  1. Concepto ………………………………………………………...…7
  2. Características …………………………………………………...…7
  3. Clases ……………………………………………………………....8
  1. De la Hipoteca………………………………………………………….….8
  1. Concepto …...………………………………………………………8
  2. Características ……………………………………………….……..8
  3. Requisitos …………………………………………………….…….8
  1. De la Anticresis…………………………………………………………....9
  1. Concepto ………………………………………………………..….9
  2. Características ………………………………………………….…..9
  3. Derechos a que da lugar…………………………………..………...9
  1. Transacción……………………………………………………….……...10
  1. Concepto ………………………………………………….…….…10
  2. Naturaleza Jurídica ……………………………………….…….….10
  3. Clases ………………………………………………………….…..10
  4. Efectos ………………………………………………………….….10
  1. Parte Práctica ……………………………………………………11
  1. Minuta del Contrato de Prenda e Hipoteca………………………………..11
  2. Minuta del Contrato de Anticresis ………………………………..………13
  1. Conclusiones…………………………………………………………………..14
  2. Bibliografía y Linkografía …………………………………………..………15

INTRODUCCION

En esta ocasión llegamos a estudiar sobre el LIBRO IV DEL CODIGO CIVIL ECUATORIANO, donde daremos para el conocimiento, no solo nuestro sino para el compartir con nuestros compañeros de nuestro agradable curso, bajo la tutoría del AB. ROBERT DIAZ LOPEZ, que en cada clase nos motiva para que lleguemos a convertirnos en profesionales de ÉXITO.

El deposito es el contrato por el cual una persona, el depositario, se obliga para con otra, el depositante, que le ha confiado una cosa mobiliaria corporal, a conservarla y a restituirla cuando esta última quiera, no solo lo embarcaremos sobre el tema del Depósito y Secuestro sino también De la Fianza y sus características; De la Prenda e Hipoteca sus clases y requisitos; De la  Anticresis y la  Transacción.

PARTE TEÓRICA

DEL DEPÓSITO Y EL SECUESTRO

De acuerdo a nuestro Código Civil en su artículo 2116, sobre el depósito define lo siguiente:

“Contrato en que se confía una cosa corporal a una persona que se encarga de guardarla y de restituirla en especie.

La cosa depositada se llama también depósito.”

De este planteamiento podemos establecer que el hecho de que la persona custodie algo que no le pertenece, implica también el hecho de guardarla o conservarla, puesto que terminado el encargo, deberá devolverla.

Características del depósito:

Es el momento de que abordemos las características principales de este tipo de contrato, así tenemos:

· Contrato real: se perfecciona con la entrega, que genera una mera tenencia.

· Gratuito: puesto que el depositante no paga remuneración.

· Unilateral: genera obligación solamente para el depositario de devolver la cosa.

· Principal: no requiere de otro contrato para subsistir.

Formas del depósito:

Acorde a lo que señala nuestra misma legislación el depósito puede ser:

a. Depósito propiamente dicho: una de las partes entrega a la otra una cosa corporal y mueble, para que la guarde, y la restituya en especie a voluntad del depositante.

...

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