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Derecho Comercial


Enviado por   •  10 de Febrero de 2013  •  907 Palabras (4 Páginas)  •  299 Visitas

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ORIGEN DEL CHEQUE

Hay dudas acerca del origen del cheque, según la opinión más difundida, fue en Inglaterra donde apareció de forma más definida. En los tiempos medievales, el rey daba a sus acreedores un papel en virtud del cual autorizaba a su tesorería (Exchequer) a pagar determinada suma.

Esas primitivas órdenes de pagos se llamaban “exchequer bill”, de ahí presumiblemente su denominación actual, pero no fue sino hasta el año 1852 que se dictó una ley reglamentando el uso de títulos reembolsables al portador y a la vista.

La institución del cheque proviene del derecho Inglés, Francia tomó de Inglaterra sus prácticas al respecto y por medio de la Ley del 14 de Junio de 1865, reglamentó la materia sobre cheques.

En 1897, el legislador de los Estados Unidos de Norteamérica, adoptó el estatuto de los Ingleses, utilizando por primera vez el título de INSTRUMENTOS NEGOCIABLES e introduciendo algunas reformas, entre ellas la locución “a la orden”, como distintivo especial para calificar de negociable un instrumento, en lo cual se separaba del sistema Inglés que presumía la negociabilidad.

EL CHEQUE EN LA REPÚBLICA DOMINICANA

En la República Dominicana su introducción ha sido obra del uso, como en los demás países donde su utilidad en comercio crece día a día. En 1951 nuestro legislador intervino para darle una adecuada reglamentación y aunque siguió en lo posible los principios de nuestra legislación de origen, introdujo modalidades consecuentes con nuestros usos comerciales y bancarios derivados de la legislación anglosajona que ya estaban generalizados en nuestro país; en ese orden de ideas se promulgó la Ley No.2859 sobre cheques, el día 30 de Abril de 1951, con características especiales que lo distinguen de la letra de Cambio.

CONTENIDO DEL CHEQUE

Nuestra ley de cheques es clara en sus artículos 1 al 4 cuando nos expresa:

ARTÍCULO 1.- El cheque debe contener:

a) La denominación del cheque expresada en el texto mismo del título y en la lengua empleada en su redacción;

b) La orden pura y simple de pagar una suma determinada, expresada en letras o en letras y cifras, o en cifras solamente, pero siempre que en este último caso estén grabadas mediante máquinas perforadoras;

c) El nombre del banco que debe hacer el pago (librado);

d) El nombre del lugar donde debe efectuarse el pago;

e) La fecha y el lugar donde se crea el cheque;

f) La firma de quien libra el cheque (librador).

ARTÍCULO 2.- El título en que falte alguna de las menciones que establece el artículo precedente, no valdrá como cheque, salvo en los casos determinados en los siguientes párrafos:

a) A falta de mención especial, se reputará que el lugar designado

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