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Derecho Mercantil


Enviado por   •  18 de Febrero de 2015  •  796 Palabras (4 Páginas)  •  144 Visitas

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Miércoles 18 02 15 | 20:39

SECCIONES

TUS FINANZAS GUÍA PARA SOLICITAR DEVOLUCIÓN DE SALDOS Llega abril y está casi todo listo para presentar su declaración anual de impuestos. Muy bien. Tiene facturas, papeles en orden… Pero le cuesta un trabajo bárbaro hacerla. Piensa en el IVA, en el ISR, en el IDE. Hacienda, siempre Dolores y nada de Lolita. COMPARTIR EN: Por: Salomón Rodríguez / El Economista Lunes 26 03 12

Llega abril y está casi todo listo para presentar su declaración anual de impuestos. Muy bien. Tiene facturas, papeles en orden… Pero le cuesta un trabajo bárbaro hacerla. Piensa en el IVA, en el ISR, en el IDE. Hacienda, siempre Dolores y nada de Lolita.

Sin embargo, su contador le enciende una luz al final del túnel: la solicitud de devolución de impuestos.

Expertos coincidieron en que la solicitud de devolución de impuestos es una herramienta muy útil para los contribuyentes.

“Nace de la declaración anual de impuestos, tanto de personas físicas como morales. Se da cuando se tiene un excedente de impuestos y se pide la devolución al SAT. En la actualidad se puede hacer de manera electrónica”, comentó Héctor Hernández, director general de AR, Consultoría Contable y de Negocios.

Al momento de hacer su declaración vía Internet, usted o su contador eligen la opción de devolución automática.

Según el portal del Servicio de Administración Tributaria (SAT), en la actualidad es más fácil presentar su solicitud de devolución, ya que lo puede hacer desde la comodidad de su hogar u oficina a través de la página de Internet del SAT, excepto cuando se trata de cantidades a favor provenientes de resoluciones o sentencias fiscales por cualquier monto.

QUIÉN LA PUEDE REALIZAR

Todas las personas físicas, incluso asalariados, pueden realizar su declaración de impuestos y, posteriormente, hacer su solicitud de devolución. El SAT tiene hasta 90 días después de que ingresó la solicitud para devolverle los excedentes.

En primer lugar están los asalariados, que son las personas que trabajan para una empresa. A éstos se les paga por recibo de nómina.

“Un asalariado puede llegar y decir: ‘Empresa, no quiero que me hagas la declaración anual, yo quiero hacerla de forma personal’. Entonces, la empresa tiene la obligación de darle la hoja de retenciones e impuestos anuales”, comentó Cecilia Garay, contadora del sitio de Internet Fisco Clic, especializado en temas fiscales.

Este documento especifica los impuestos que le retuvo la empresa al trabajador durante el periodo que trabajó una persona en determinada organización.

Para la empresa Servicio Integral, Contable y Fiscal, “además

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