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Derecho bancario y bursátil “DIAGRAMA DE FLUJO”


Enviado por   •  28 de Abril de 2017  •  Ensayos  •  1.452 Palabras (6 Páginas)  •  747 Visitas

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UNIVERSIDAD VALLE DEL GRIJALVA

LICENCIATURA EN DERECHO

EDUARDO ALINSO TE SOLIS

DERECHO BANCARIO Y BURSATIL

ABOG. GORETTY CARDEÑA ZAVAL

“DIAGRAMA DE FLUJO”

22_ABRIL_2017

EL DERECHO BANCARIO.

Es el Derecho las empresas bancarias que realizan en masa operaciones de crédito, para el doctor IGNACIO LÓPEZ DOMINGUEZ el Derecho Bancario es:

En sentido amplio, derecho bancario es el conjunto de todas las normas legales, reglamentarias y administrativas que regulan lo relacionado con las actividades bancarias, considerando como tales las propias de los bancos y las de aquellas entidades del sector financiero que han sido asimiladas a los bancos a los efectos de someterlas a las mismas normas de regulación.”

Como primer antecedente del Derecho Bancario tenemos a la ORDENANZA DE MINAS y esta etapa abarco del año 1783 hasta llegar al 1809, en este punto el va con AVIO canalizo fondos a la actividad minera para estimular la producción, en aquellos años no existían instituciones de crédito y mucho menos un sistema financiero sólido, las operaciones entre las personas se reducía al trueque de mercancías. Para el año 1884 por primera ocasión se regula lo relacionado a la materia bancaria siendo así que desde ese año todo aquel banco que quisiera establecerse en territorio mexicano necesitaba obligatoriamente la autorización del Gobierno Federal cumpliendo un requisito básico que consistía en constituirse como una Sociedad Anónima (S.A.) siendo el Código de Comercio la primera ley que regula de forma especifica en materia Bancaria, pero, sin ser una ley específica.

El Código de Comercio actual en su momento siguió regulando la materia Bancaria y esta entró en vigor el primero de enero del año 1990, cabe resaltar que del año 1810 al 1883no existió regulación bancaria alguna, y por lo tanto, los bancos carecían de reglamentación.

A partir del año 1897 se emitió la Ley General de Instituciones de Crédito y la banca en México se operaba mediante concesiones otorgadas por el Poder Ejecutivo Federal y los bancos tenían naturaleza jurídica de Empresas Comerciales, el dieciséis de enero de 1923 se publico en el Diario Oficial de la Nación la Ley General de Instituciones de Crédito y Establecimientos Bancarios la cual, establecía mayores controles al sistema bancario.

El Sistema Financiero cuenta con los elementos siguientes:

  • Banca Múltiple y la Banca de Desarrollo: Las instituciones de crédito están formadas por dos grandes grupos:
  1. La Banca de Desarrollo está integrada por las instituciones encargadas de realizar la intermediación financiera con fines de fomento.
  2. La Banca Múltiple o Comercial es aquella que está integrada por todas las instituciones encargadas de realizar la intermediación financiera con fines de rentabilidad, ésta última constituye el centro de la actividad financiera.

Capta los recursos del público, sobre los que se constituye su capacidad de financiamiento y haciendo uso de ésta, principalmente en operaciones activas “créditos”, realiza su función de promover la creación y desarrollo de las empresas como complemento en la inversión de las sociedades industriales, comerciales y de servicios.

El Sistema Financiero es un conjunto que se articula de flujos movilizados mediante instrumentos y cuyos precios y demás condiciones se determinan en los mercados y sus funciones son:

  1. Darle movilidad a los recursos de las unidades de capacidad de funcionamiento a los que tienen necesidad de ella, es decir márgenes cortos;
  2. El control y la disciplina de actuación de los agentes de la economía real,
  3. La gestión del sistema de lagos de economía.

El sistema Financiero Mexicano, es coordinado por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a través de tres Comisiones y del Banco de México, que controlan y regulan las actividades de las instituciones.

El Sistema Financiero actual cuenta con los siguientes elementos para su adecuado funcionamiento:

  • El Banco de México: También llamado Banca Central tiene como actividad principal la regulación y el control de la política monetaria crediticia y cambiaria del país. Asimismo, es el representante del país en las negociaciones de deuda externa y frente al Fondo Monetario Internacional.
  • La Comisión Nacional Bancaria: Es la encargada de coordinar y regular la operación de las instituciones de Crédito de Banca Comercial o Múltiple y de Banca de Desarrollo, el Patronato del Ahorro Nacional y los fideicomisos del gobierno federal y las organizaciones auxiliares de crédito. Tiene a su cargo la vigilancia y auditoría de las operaciones bancarias y está autorizada a sancionar, en el caso que alguna institución viole la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito o la Ley General de Sociedades Mercantiles.
  • Comisión Nacional de Seguros y fianzas: Es la encargada de coordinar y regular las operaciones de instituciones de seguros, las sociedades mutualistas y las instituciones de fianzas.
  • Comisión Nacional de Valores: Es la que tiene a su cargo principalmente regular y vigilar el mercado de valores, las operaciones bursátiles y las actividades de los agentes de bolsa, así como el estudio de las empresas que quieren participar en la bolsa, a través de la bolsa Mexicana de Valores, el Instituto para Depósito de Valores, las casas de bolsa, los agentes de bolsa, las sociedades de inversión y las sociedades operadoras de sociedades de inversión.
  • Banca Comercial o Múltiple: Esta integrada por todas las instituciones encargadas de realizar la intermediación financiera con fines de rentabilidad, está última constituye el centro de la actividad financiera, capta recursos del público sobre los que se constituye su capacidad de financiamiento y haciendo uso de ésta, principalmente en operaciones activas “créditos”, realiza su función de promover la creación y desarrollo de las empresas como un complemento en la Inversión de las sociedades industriales, comerciales y de servicios.

Las operaciones que pueden efectuar entre otras, son las siguientes:

  1. Recibir depósitos bancarios de dinero.
  2. Emitir bonos bancarios.
  3. Emitir obligaciones subordinadas.
  4. Constituir depósitos en instituciones de crédito y entidades financieras del exterior.
  5. Efectuar descuentos y otorgar préstamos o créditos.
  6. Expedir tarjetas de crédito.
  7. Practicar las operaciones de fideicomisos.

Para el otorgamiento de financiamientos, deberán estimar la viabilidad económica de los proyectos de inversión respectivos, los plazos de recuperación de éstos, las relaciones que guarden entre sí los distintos conceptos de los estados financieros o la situación económica de los acreditados y la acreditación administrativa y moral de estos últimos, sin perjuicio de considerar garantías que, en su caso, fueren necesarias.

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