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Derecho empresaria 1 -UBP 1ER PARCIAL


Enviado por   •  3 de Diciembre de 2018  •  Exámen  •  2.500 Palabras (10 Páginas)  •  478 Visitas

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Resolución 1er Parcial

 Caso 1: Pagar lo que se debe (20 puntos)

Ud. asesora al señor Roberto Rodríguez, que le consulta sobre el siguiente caso. Juan Carlos Suárez le adeuda el pago de las cuotas del precio de un camión, que vencieron los días 10 de febrero, marzo y abril de este año, a razón de $ 20.000 mensuales. Se ha pactado que se deberán pagar intereses del 3 % mensual en caso de mora. El 10 de abril, Suárez se ha presentado a pagar y Rodríguez quiere saber lo siguiente: 1°) Suárez sólo ofrece pagar $ 30.000; ¿está obligado a recibir este pago parcial? 2°) Si recibiera el pago parcial, ¿qué rubros se imputarían con dicho importe? 3°) Si puede reclamar intereses y en su caso desde cuándo, y los elementos que se deben tener en cuenta para el cálculo (tasa, capital, tiempo). 4°) Si en el recibo que en su caso entregara debe tomar alguna precaución para no perjudicarse ni perder la posibilidad de hacer algún reclamo. 5°) En qué situación se encontrarían las mensualidades vencidas en octubre, noviembre y diciembre del año anterior cuando se ha otorgado un recibo por la mensualidad de enero de este año. 6°) Si pasan más de diez años sin que el acreedor reclame el pago de la deuda, ¿en qué situación se encontrará el crédito?

1°) El Sr. Juan Carlos Suarez no se encuentra obligado a aceptar el pago parcial de la deuda total por el principio de integridad del pago (Art. 869), como también se puede negar a aceptar las cuotas que conforman la deuda total, sin los intereses generados por la mora en el pago de cada una de ellas.

2°) En el caso que se recibiera el pago parcial y según las disposiciones del Código. El deudor es quien decide a cuál deuda se imputa el pago parcial realizado (Art.900), pero no se puede imputar al Capital adeudado solamente cuando se este adeudando intereses. Por otro lado, puede surgir de que el deudor no especifique como quiere que se impute el pago, en ese caso el acreedor debe aplicarlo a una deuda completa (capital + intereses) si resta saldo a favor del deudor, el mismo pasa para la próxima cuota adeudada y así sucesivamente hasta que se extinga la misma. En todos los casos en necesario y obligatorio para el acreedor hacer una entrega de un recibo que especifique lo cancelado y detallado los intereses por mora. (Art.901). La ley entra en acción cuando ninguna de las partes informa la imputa del pago en el recibo (Art. 902 y 903), se debe imputar a las que se encuentran en plazos vencidos y la más onerosa al deudor.

3°) Se puede reclamar intereses, si se encuentra especificada la fecha de pago obligatoria, el primer día siguiente al vencimiento de este. Creo necesario aclarar que la mora se

4°) Se debe indicar de forma detallada el importe que corresponde a cada parte de la deuda (Capital e Interés), ya que, si no se realiza de esa forma, al ser un recibo de pago parcial, el deudor puede perder la obligación de pagar intereses y eso genera que el acreedor pierda el derecho de cobrarlos.

5°) Como se entrego un recibo por el pago de la mensualidad del mes de enero significa que se encuentra al día el pago del camión. Para saber si se encuentra en mora debería estar detallado en el recibo de enero claramente que es lo que se cancela en dicha fecha, ya que puede pasar que en enero se ponga al día con las cuotas y los intereses correspondientes.

6°) Si pasan 10 años sin que el acreedor reclame su pago de deuda, la misma genera una prescripción liberatoria o extintiva generando una extinción de relación jurídica. Aunque si queda, sin limite de tiempo, una obligación natural o un deber moral a la cancelación de dicha deuda.

Caso 2: Cosas del matrimonio (20 puntos)

El señor Fernando Gatti desde hace algunos años viene desarrollando su actividad como comerciante en el rubro ferretería, habiendo instalado varios negocios en la ciudad de Córdoba. Le comenta que un posible cliente, el señor Carlos Godoy, quiere comprar mercadería en una de las ferreterías. Le ha pedido que le dé crédito para retirar materiales de construcción y pagárselos en cuotas mensuales. A los fines de otorgarle el crédito, como se trata de una suma importante, le ha pedido al señor Godoy que le presente una manifestación de bienes, cuya copia le exhibe. Sin embargo, en la verificación de las propiedades denunciadas por Godoy, se encuentra con que todas están a nombre de su cónyuge. Quiere saber: 1°) Si la esposa de Godoy será responsable con esos bienes en su carácter de cónyuge de Godoy si éste no cumple. 2°) Le pregunta si por tratarse de bienes gananciales podría pedir en caso de incumplimiento el embargo del 50 % de esos bienes para cobrar su deuda en contra de Godoy. 3°) Si para adquirir un camión para la ferretería es necesario que firme la documentación su esposa y también si la firma de su esposa será necesaria cuando venda dicho camión.

1°) La cónyuge del Sr Godoy no responde ante la deuda de su marido con las propiedades que tiene a su nombre. No importa que se encuentre bajo el contrato del matrimonio, dado que todo bien que se adquiera bajo esta modalidad se encuentra a nombre de uno de los cónyuges y por lo cual podrá ser embargado o ejecutado solo por los acreedores del que aparece como titular del bien. Cambia la situación cuando se extinga la comunidad conyugal y en ese caso si tiene importancia los bienes gananciales. (Art. 467)

2°) Para que se pueda realizar ese pedido, tiene que estar los bienes presentados en la manifestación de bienes solicitada, bajo la titularidad de ambos en un 50% cada uno. Dado esa situación, se tomará la parte que le corresponde al Sr Godoy como titular por ese porcentaje. Pero se puede aplicar el Art. 472, como salvedad si no se puede probar el origen del bien, dado que ninguno tiene la propiedad exclusiva del mismo, pudiendo embargarse la mitad correspondiente al deudor.  

3°) La firma de su esposa no es necesario para la compra del camión, pero si para la venta se debe presentar asentimiento para enajenarlos. Si no se realiza ese asentimiento se genera de forma automática la nulidad de este. El objetivo principal es de proteger al cónyuge e imposibilitar maniobras de ocultamiento o desintegración del patrimonio familiar.


 

Caso 3: Bienes desaparecidos (20 puntos)

El señor Roberto Almada, propietario de una estación de servicios ha sufrido grandes pérdidas en sus negocios. A pesar de tener varios acreedores transfiere a título gratuito (dona) un importante terreno, a favor de un hijo. También transfiere la propiedad del inmueble donde funciona la empresa, a nombre de un sobrino haciendo aparecer en la escritura (falsamente) como si éste se la comprara y hubiera pagado íntegramente el precio. Responda fundando jurídicamente su respuesta: 1°) ¿Se tratan de actos fraudulentos? 2°) ¿Se tratan de actos con vicios de error o dolo? 3°) ¿Se tratan de actos simulados (simulación absoluta o relativa)? 4°) ¿Qué pueden hacer legalmente los acreedores de Almada? 5°) ¿Qué plazo tienen para iniciar las acciones legales?

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