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TEORIA GENERAL DE LAS OBLIGACIONES Y SU MERCANTILIDAD


Enviado por   •  25 de Septiembre de 2011  •  1.381 Palabras (6 Páginas)  •  834 Visitas

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TEORIA GENERAL DE LAS OBLIGACIONES Y SU MERCANTILIDAD

NOCION DE OBLIGACION

Relación jurídica en virtud de la cual una persona llamada deudor queda sujeta para con otra llamada acreedor a una prestación o a una abstención de carácter patrimonial.

Existen dos diferentes nociones de obligación contradictorias. Parece estar integrada por dos elementos debito y la responsabilidad.

• Debitum es una relación de deber.

• Responsabilidad es una relación de subordinación de una persona, cosa o patrimonio a otra cosa, en garantía de un existente a favor de esta.

En la obligación encontramos la presencia de dos situaciones vinculadas a dos personas diversas, una de las cuales esta en posición subordinada respecto de la otra. Una entra en la categoría de deber y otra en la del poder.

El derecho subjetivo es correlativo se contrapone a la obligación. Se caracteriza por la vinculación entre acreedor y deudor con la ventaja del acreedor sobre el deudor. La obligación se caracteriza por la vinculación de deudor y acreedor con la subordinación del aquel a este.

La obligación no es renunciable, en razón de que implica necesidad, exigencia y lo necesario. Es aquello que tiene que ser y no puede dejar de ser.

Concepto de obligación

*Es un vínculo jurídico por el cual una persona llamada acreedor o sujeto activo, tiene el derecho de exigir a otra, denominada deudor o sujeto pasivo, una prestación que puede consistir en un dar, hacer o no hacer.

* Es el vínculo jurídico mediante el cual dos partes (acreedora y deudora) quedan ligadas, debiendo la parte deudora cumplir con una prestación objeto de la obligación. Dicha prestación puede consistir en dar, hacer o no hacer, teniendo que ser en los dos primeros casos posibles, lícitos y dentro del comercio. Los sujetos obligados, al igual que el objeto de la obligación, deberán estar determinados o ser determinables.

*Son aquellas por las que se establece una relación entre dos personas; en virtud de la cual, el deudor queda sujeto al acreedor respecto de una prestación o de una abstención de carácter patrimonial que se pueda exigir.

NOCION GENERAL DE LAS FUENTES DELAS OBLIGACIONES

Se entiende por fuentes de las obligaciones, los hechos, actos o relaciones de carácter jurídico que dan origen a la exigencia que el acreedor puede hacer valer frente al deudor.

Nuestra legislación regula como fuentes de las obligaciones a los contratos, a la declaración unilateral de la voluntad, al enriquecimiento ilegitimo, a la gestión de negocios, a las obligaciones que nacen de los actos ilícitos y al riego profesional, en el que se crea una obligación para el deudor frente al acreedor bajo circunstancias que puede ser requeridas por las partes al desprenderse de una negociación: sin embargo, pueden también surgir de acciones o actos que no se encuentran previstos por las partes, pero que si son responsables; es decir, se desprenden de la relación existente entre el acreedor y deudor.

Elementos de la Obligación.

Sujetos

• Activo: El sujeto activo-acreedor es la persona que adquiere el poder jurídico frente al sujeto pasivo-deudor al generar el vínculo de la obligación.

La existencia predeterminada del acreedor en el acto es indispensable.

• Pasivo: El sujeto pasivo (erga-omnes) es aquel que debe acatar y cumplir con lo que se estableció al generar la obligación entre el deudor.

Objeto

Es el elemento medular de la obligación por el que el sujeto activo puede exigir al sujeto pasivo un comportamiento positivo o negativo, de dar, hacer o no hacer.

El obligado al dejar de cumplir genera el derecho para el acreedor para exigir que a costa del obligado se ejecute por otro, cuando la sustitución sea posible.

Relaciones Jurídicas

El acto que origina una obligación entre el sujeto activo que tiene un poder o facultad de exigir su derecho en cuanto al cumplimiento de la obligación generada con el sujeto pasivo que tiene un deber de cumplir dicha obligación

Los sujetos se constituyen por el acreedor y el deudor , en tanto que el objeto se consolida con la intensión de las partes de crear una relación jurídica.

CARACTERISTICAS DE LAS OBLIGACIONES MERCANTILES:

Las Obligaciones Mercantiles se caracterizan por ser:

1) Actos de Comercio: Las Obligaciones Mercantiles son las prestaciones que resultan de los Actos de Comercio objetivo o subjetivo. Por consiguiente, son mercantiles todas las obligaciones que nacen de los Contratos Mercantiles, de las operaciones comerciales, de las empresas mercantiles, de los títulos valores y aquellas obligaciones nacidas de causa netamente mercantil reparadoras de daños y perjuicios.

2) Solidarias: La Solidaridad de los codeudores se presume en todas las obligaciones mercantiles salvo prueba en contrario. La misma presunción se aplica a la fianza de una obligación mercantil, aunque el fiador no sea comerciante. La solidaridad es Pasiva

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