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Antropologia Educativa


Enviado por   •  26 de Marzo de 2014  •  904 Palabras (4 Páginas)  •  243 Visitas

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d) relación de La antropología y la cultura

La antropología cultural es la ciencia que estudia la cultura, ya que se dedica a comparar los distintos modos de vida de los humanos.

Los antropólogos distinguen entre cultura material y cultura mental. Por eso, cuando los antropólogos describen las culturas de los diversos pueblos, se refieren tanto a sus técnicas productivas, como a sus formas de organización social, a sus creencias, a sus costumbres, etc.

Desde una representación antropológica no se puede hablar de un hombre sin cultura.

Se hallan muchas definiciones de cultura, cada una acentuando un rasgo u otro de la misma.

ANTROPOLOGIA

- Investiga los procedimientos ideados por el hombre para definirse en medio natural (ambiente social).

- Interpreta el origen y desarrollo de toda las variabilidad de expresiones humanas

- Estudia la tecnología, y la vida económica, las instituciones sociales y políticas, la religión, el folklore y el arte formando un sistema funcional que adapta al pueblo a su medio.

- Analiza los hechos pasados para entender el presente

- Trata de especificar como las formas establecidas de tradición cambian al correr del tiempo.

La cultura

- Son las expresiones que el hombre incorpora a la naturaleza (pensamiento, arte, arquitectura, y literatura)

- Abarca los modelos, patrones, formas y estilos de vida que funden una sociedad

- Establece los conocimientos, creencias, moral, leyes, ética, costumbres, valores, ideología, y juegos que presentan en una comunidad especifica

- Enfoca los hechos pasados para establecer tradiciones

- Crea expresiones que dan valores y sentido de pertenencia.

- Concepción de la antropología educativa

- Hablar de la incidencia que tiene la concepción antropológica del educador en su propia tarea como educador, es hablar de algo bastante obvio. Si se admite que el trabajo del educar no es algo puramente técnico y que en este mester, es necesario plantearse permanentemente los fines. es un campo de la antropología y frecuentemente asociada con el trabajo pionero de George Spindler que era una figura prominente en el siglo XX de la antropología y considerado como el fundador de la antropología de la educación.

- educar también es ayudar a contribuir para que el hombre se humanice y que esto no es otra cosa que contribuir al mejoramiento de la persona; la educación no sería viable sin una concepción previa de lo que sería deseado y difícilmente se podrá llevar a cabo una política educativa inteligente si no contamos con esa concepción antropológica previa.

La antropología educativa:

Sostiene una idea de lo que es el ser humano, de su naturaleza y de sus obras. Existe una estrecha e íntima correlación entre antropología (concepción del ser humano) y pedagogía (forma de educar)

- En todo proceso educativo está presente una concepción

- Antropología, un modelo de hombre integral y humanista que aporte con su vida a construir una sociedad más justa y libre.

Aspectos legales de la educación multicultural..

De los Derechos Culturales y Educativos (CONSTITUCION)

Artículo 98. °

La creación cultural es libre. Esta libertad comprende el derecho a la inversión, producción y divulgación de la obra creativa, científica, tecnológica y humanística, incluyendo la protección legal de los derechos del autor o de la autora sobre sus obras. El Estado reconocerá y protegerá la propiedad intelectual sobre las obras científicas, literarias y artísticas, invenciones, innovaciones, denominaciones, patentes, marcas y lemas de acuerdo con las condiciones y excepciones que establezcan la ley y los tratados internacionales suscritos y ratificados por la República en esta materia.

Artículo 99. °

Los valores de la cultura constituyen un bien irrenunciable del pueblo venezolano y un derecho fundamental que el Estado fomentará y garantizará, procurando las condiciones, instrumentos legales, medios y presupuestos necesarios. Se reconoce la autonomía de la administración cultural pública en los términos que establezca la ley. El Estado garantizará la protección y preservación, enriquecimiento, conservación y restauración del patrimonio cultural, tangible e intangible, y la memoria histórica de la Nación. Los bienes que constituyen el patrimonio cultural de la Nación son inalienables, imprescriptibles e inembargables. La ley establecerá las penas y sanciones para los daños causados a estos bienes.

Artículo 100. °

Las culturas populares constitutivas de la venezolanidad gozan de atención especial, reconociéndose y respetándose la interculturalidad bajo el principio de igualdad de las culturas. La ley establecerá incentivos y estímulos para las personas, instituciones y comunidades que promuevan, apoyen, desarrollen o financien planes, programas y actividades culturales en el país, así como la cultura venezolana en el exterior. El Estado garantizará a los trabajadores y trabajadoras culturales su incorporación al sistema de seguridad social que les permita una vida digna, reconociendo las particularidades del quehacer cultural, de conformidad con la ley.

Educación intercultural e intercultural bilingüe (l.O.E)

Artículo 27. La educación intercultural transversaliza al Sistema Educativo y crea condiciones para su libre acceso a través de programas basados en los principios y fundamentos de las culturas originarias de los pueblos y de comunidades indígenas y afrodescendientes, valorando su idioma, cosmovisión, valores, saberes, conocimientos y mitologías entre otros, así como también su organización social, económica, política y jurídica, todo lo cual constituye patrimonio de la Nación. El acervo autóctono es complementado sistemáticamente con los aportes culturales, científicos, tecnológicos y humanísticos de la Nación venezolana y el patrimonio cultural de la humanidad.

La educación intercultural bilingüe es obligatoria e irrenunciable en todos los planteles y centros educativos ubicados en regiones con población indígena, hasta el subsistema de educación básica.

La educación intercultural bilingüe se regirá por una ley especial que desarrollará el diseño curricular, el calendario escolar, los materiales didácticos, la formación y pertinencia de los y las docentes correspondientes a esta modalidad.

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