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Código Ético Del Psicólogo


Enviado por   •  14 de Julio de 2014  •  2.169 Palabras (9 Páginas)  •  421 Visitas

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CÓDIGO ÉTICO DEL PSICÓLOGO.

I. BASES GENERALES.

Pertenecer a la sociedad mexicana de psicología obliga a sus afiliados a adherirse a su Código Ético.

Los psicólogos y estudiantes sean o no miembros de ésta, deben estar conscientes de que, en su caso, cualquier comité o comisión de arbitraje ético que incluya la participación de la Sociedad Mexicana de Psicología se regirá por el presente código.

El psicólogo asume la responsabilidad de actuar, en el desempeño de sus actividades profesionales, académicas y científicas bajo un criterio rector, que es garantizar en todo momento de bienestar de todos aquellos individuos, grupos u organizaciones que requieran de sus servicios, dentro de los límites naturales de la práctica de la Psicología. Por tanto, se adhiere a los siguientes principios:

A. Respeto a los Derechos y a la Dignidad de las Personas.

B. Cuidado Responsable.

C. Integridad en las Relaciones.

D. Responsabilidad hacia la sociedad y la humanidad.

Todo psicólogo tiene obligación de familiarizarse tanto con este Código Ético del Psicólogo como en otros códigos más específicos de su especialización y aplicarlos al trabajo.

II DE LOS LÍMITES

El presente código ético se aplica a toda actividad que despeñe el psicólogo como parte de sus funciones académicas, científicas y profesionales. Se refiere a funciones psicológicas como a los servicios que proporciona el psicólogo: práctica clínica o consejo psicológico, diagnóstico, investigación, enseñanza, supervisión de personas en adiestramiento, desarrollo y construcción de instrumentos de valoración, conducción de valoraciones, testimonio o peritaje forense, consejo educativo, evaluación de individuos o sistemas, consultoría organizacional, intervención social, intervención educativa, intervención preventiva o terapéutica, administración, consejo o declaración de los medios.

III DE LAS SACIONES

La sociedad mexicana de psicología y las instancias que adoptan el código ético pueden emprender acciones como las que se mencionan a continuación: reprimendas, censura, expulsión de las organizaciones o de las instancias que lo adopten, divulgación de su nombre a las comunidades de psicólogos, canalización del asunto a otros cuerpos, comités de arbitraje y a las autoridades que por ley pueden conceder y retirar la cédula profesional. Las sanciones pueden incluir desde amonestaciones, hasta la suspensión de la licencia para ejercer la psicología.

IV PRINCIPIOS BASICOS QUE RIGEN EL COMPORTAMIENTO DE LOS PSICOLOGOS

Para resolver cualquier asunto o dilema ético, el psicólogo debe sopesar los diversos principios dando prioridad al principio de respeto a los derechos y a la dignidad de las personas.

a) Respeto a los derechos y a la dignidad de las personas: Toda persona tiene derecho al respeto de los demás, dado este por su valor intrínseco como ser humano ya que este valor no aumenta o disminuye en función de características, condiciones o estatus personal alguno.

b) Cuidado responsable: el psicólogo muestra preocupación para el bienestar y evita el daño a cualquier individuo, familia, grupo o comunidad. Este obliga al psicólogo a distinguir entre los posibles daños y los beneficios producto de sus métodos y procedimientos, a predecir los daños posibles y a proceder solamente si los beneficios superan al daño.

c) Integridad en las relaciones: el psicólogo debe mostrar en su actuación: precisión y honestidad, apertura y sinceridad, máxima objetividad y mínimo sesgo o prejuicio y evitar conflictos de interés.

d) Responsabilidad hacia la sociedad y la humanidad: el psicólogo en sus acciones no dañara el medio ambiente y se asegurara de que el conocimiento psicológico se emplee para fines beneficiosos. El psicólogo tiene la responsabilidad de dar a conocer los conocimientos y contribuciones de la psicología que benefician a los demás seres humanos.

COMPETENCIA Y HONESTIDAD

Artículo 1: los servicios, enseñanza e investigación deben corresponder con la educación, formación, experiencia supervisada o experiencia profesional que haya recibido formalmente.

Artículo 2: el psicólogo podrá desempeñar dichos conocimientos una vez concluidos sus estudios, recibiendo la formación.

Artículo 3: el psicólogo tomara las medidas razonables para asegurar la calidad de su trabajo y para proteger de daño a pacientes, clientes, organizaciones, comunidades, estudiantes, participantes en investigaciones u otros.

Artículo 4: el psicólogo recibirá la educación, formación, supervisión y consulta adecuada mediante la actualización de la información científica y profesional actual en su campo de actividad.

Artículo 5: el psicólogo no hace declaraciones públicas que sean falsas, engañosas, que se presten a malos entendidos o fraudulentas.

a) Su formación experiencia y competencia

b) Sus grados académicos

c) Sus credenciales

d) Afiliaciones institucionales o asociaciones

e) Sus servicios

f) La base clínica o científica, o resultados o nivel de éxito de sus servicios

g) Su remuneración

h) Publicaciones o hallazgos de investigación

i) Sus competencias para prescribir medicamentos.

Artículo 6: el psicólogo presenta cualificaciones o credenciales de su trabajo:

1.- que haya obtenido de una institución educativa el crédito.

2.- sea la base de la licencia en psicología por parte del estado en que se practique.

Artículo 7: el psicólogo dé consejo o comentarios por medio de conferencias públicas u otra demostración, toma las precauciones razonables para asegurar:

1.- que las declaraciones estén basadas en la literatura y práctica psicológica apropiada.

2.- que las declaraciones sean por lo demás consistentes por este código ético del psicólogo.

Artículo 8: el psicólogo permite a los investigadores y ayudantes a desempeñar

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