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Nuevo caso: Mujeres que matan a sus hijos

veroarenalesTrabajo8 de Febrero de 2016

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 “Mujeres que matan sus hijos. Estudio de un caso”

 Psi. Verónica Arenales

Carrera De Especialización En Psicología Forense

Materia: Normatividad Y Transgresión: El Derecho, Su Interpretación Y El Proceso Judicial.

PROF: Dra. lucia Aseff

9 de Julio 1620

  C.P: 3016 Santo Tomé  (Sta Fe)

 Tel de contacto: 0342-154295698

E-mail: vero_arenales@outlook.com

“MUJERES QUE MATAN SUS HIJOS. ESTUDIO DE UN CASO”

RESUMEN

El presente trabajo tiene como objetivo principal explicar cuáles pueden llegar a ser las razones por la cual una mujer llega a dar muerte a su hijo.

Tal acontecimiento puede ser analizado desde diferentes aristas, nosotros nos situaremos en el entrecruzamiento producido entre dos campos discursivos tales como la Psicología y el Derecho para dar cuenta de la importancia que tiene el rol del experto psicólogo como auxiliar de justicia a la hora de la construcción de la verdad.

Mas allá que partimos de una categoría general, nuestro interés es analizar un crimen, el cual fue cometido por una mujer en San Carlos de Bariloche en el año 2014 valiéndonos de  la sentencia judicial.

En dicho acto la imputada procede a matar a su hijo recién nacido, razón por la cual se lo caratula judicialmente como “homicidio agravado por el vinculo”. Y, si bien es declarada culpable, las pericias psicologías realizadas concluyen que en el momento del hecho se encontraba con alteración de conciencia, razón por la cual se la exime de cumplimentar la pena.

Haremos un recorrido histórico, psicológico y jurídico por distintas categorías relevantes que nos serán útiles a la hora de darle fundamento teórico al investigación mencionada.

Palabras Claves: Derecho – Psicología – Inimputabilidad – Maternidad.

ÍNDICE:

Presentación………………………………………………………………Pag:4

Estado del Arte…………………………………………………………....Pag:6

Desarrollo………………………………………………………………… Pag:8

Conclusión………………………………………………………………. Pag:14

Bibliogafia…………………………………………………………………Pag:15

PRESENTACION:

        Cuando nos acercamos a una realidad con el fin de conocerla, lo primero que debemos hacer es empezar a desarticularla para saber en qué consiste, como es. Por lo tanto debemos dar cuenta de sus orígenes, de su historia, de su singularidad.

        La maternidad es una de las representaciones culturales más complejas que se han elaborado en Occidente sobre el imaginario de la mujer. Se la considera una práctica socialmente instituida que se apuntala sobre una función biológica. Por tanto la maternidad  excede al mero hecho biológico y tiene un significado a nivel social, cultural y psicológico.

        Entre los acontecimientos que se suceden en la gestación, en el momento mismo del parto como así también en lo que respecta a la crianza de los niños se encuentra la posibilidad que una mujer pueda llegar a matar al niño que ha gestado.

        Ahora bien ¿Qué es lo que lleva a una mujer a cometer tal acción?

        La pregunta realizada en el párrafo anterior puede ser contestada de diferentes maneras teniendo en cuenta sobre todo la disciplina desde la cual nos posicionemos para darle fundamento teórico que la respalde.

        En este caso en particular nos posicionaremos en el entrecruzamiento de dos disciplinas complementarias y antagónicas a la vez como lo son la Psicología y el Derecho.

         Mas allá de las circunstancias y las características propias de cada acontecimiento, desde el derecho dicho acto se define como un crimen y como tal es una conducta, una acción u omisión que resulta antijurídica y punible.

Nuestro objetivo es poder unir teoría y práctica a partir del análisis de un caso que llego a tener estado público en nuestro país.

A la vez, partiendo de conceptos jurídicos fundamentales,  explicaremos que es el derecho, para que sirve y como en su ejecución se vale de otras disciplinas –la psicología en este caso- para poder dar sentido a la realidad que se juzga.

Como principal instrumento de análisis nos valdremos de la sentencia jurídica la cual como fallo dictado por el juez  tiene carácter resolutivo y da por finalizada una contienda.

Trataremos de dar cuenta que se esconde detrás de un hecho acontecido el 17 de mayo de 2014 en la ciudad de San Carlos de Bariloche, lugar donde una mujer llamada Melisa Fusiman de 20 años de edad  se dirige a la letrina de su vivienda para dar a luz a una niña quien acto seguido muere por asfixia por inmersión, procediendo la imputada a arrojar vestimentas para tapar su accionar

El tribunal, en virtud de las pruebas otorgadas, considera que ha sido probada la materialidad de los hechos, pero que, tras las peritaciones psicológicas y las pruebas testimoniales – que avalan la situación de  Melisa - resulta determinante para concluir como lo hiciera el Fiscal que la imputada al momento del hecho no pudo comprender la criminalidad de sus actos ni dirigir sus acciones. Considerándola de esta manera inimputable.

Más allá de las características propias del hecho, una serie de indicadores nos dan la pauta de la situación por la que estaba atravesando la imputada. Los mismos remiten a distintos aspectos, por un lado es importante dar cuenta que la joven vivía en un estado de extrema vulnerabilidad social, teniéndose que hacer cargo de un niño y sobrellevando el duelo por la muerte de su ex pareja quien se había suicidado un año y medio antes. Paralelamente es significativo dar cuenta que en la actualidad era víctima de violencia por parte del progenitor de la niña, la cual se materializaba en  constantes amenazas las que se dirigían a quitarle la niña una vez que esta hubiese nacido.

Durante el proceso judicial las pericias psicológicas efectuadas dan cuenta que dicha situación produce en la peritada rasgos de fallas en las funciones de juicio crítico, síntesis y realidad cuando aborda temas conflictivos.  Paralelamente, la imputada parece estar en un estado de sobrecarga de estímulo crónica y sustancial como resultado de una persistente dificultad en reunir recursos psicológicos adecuados para hacer frente a las exigencias que se imponen a ella por acontecimientos internos y externos en su vida. Las anteriores definiciones intentan dar cuenta         del estado emocional frágil e hipersensible por el cual estaba atravesando.

Por lo tanto, más allá que el proceso judicial la encuentra como autora material de los hechos, las pericias psicológicas y psiquiátricas dan cuenta que la misma no pudo comprender en el momento la criminalidad de sus actos ni dirimir sus acciones, razón por la cual se la exime de cumplimentar la pena.

Es importante hacer mención que todo el proceso judicial fue acompañado por diferentes asociaciones, movimientos y O.N.G que luchan permanentemente por los derechos humanos y principalmente por el cumplimiento de los derechos de las mujeres.

El fallo como tal fue celebrado como una victoria colectiva, ya que marca precedente desde la perspectiva de género porque en este caso se logra proteger y asistir a una mujer la cual creció dentro del escenario de exclusión y vulneración  sin llegar a judicializarla.

 

ESTADO DEL ARTE:

Uno de los aspectos fundamentales de todo proceso de investigación es la construcción del Estado del Arte. que tiene como finalidad seguir las huellas de un proceso hasta identificar su estado de desarrollo mas avanzado.Como resultado se tiene un conocimiento sobre la forma como diferentes actores han tratado el tema de la búsqueda, hasta dónde han llegado, qué tendencias se han desarrollado, cuáles son sus productos y qué problemas se están resolviendo. (Londoño Palacios. 2014)

¿Qué se esconde detrás del  acto que lleva a una mujer a matar a su hijo? Temas como éste generan gran cantidad de interrogantes. Nuestro objetivo es analizar las circunstancias que llevan a una mujer a cometer dicho acto, teniendo en cuenta el entrecruzamiento de los discursos jurídicos y psicológicos para poder fundamentar la importancia del rol del psicólogo en el proceso judicial

En primer lugar nos situaremos dentro del discurso jurídico. En la Republica Argentina la figura del Infanticidio no se encuentra contemplada en el Código Penal vigente.

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