Parentalidad Positiva
ele9919 de Febrero de 2013
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1. MARCO TEÓRICO
El proyecto de mejora en la competencia parental se enmarca dentro de las políticas
de apoyo a la familia, teniendo como referencia fundamental la Constitución de 1978.
1.1. MARCO LEGISLATIVO
Se hará referencia al marco legislativo que fundamenta la creación de este proyecto.
1.1.1. Normativa internacional
o En la Carta Social Europea y la Carta Social Europea revisada se describe la familia
como una unidad fundamental de la sociedad que tiene derecho a recibir una
protección social, jurídica y económica apropiada, al mismo tiempo que se respeta
plenamente la autonomía del ámbito privado (Consejo de Europa, 2007).
o Recomendación Rec. (2006) alienta a los estados a reconocer la importancia que
revisten las responsabilidades de los padres y la necesidad de prestar a los padres
suficiente apoyo para cuidar a sus hijos. Se recomienda a los estados miembros
que adopten todas las medidas legislativas, administrativas y financieras
adecuadas, con objeto de crear las mejores condiciones posibles para la
parentalidad positiva.
o Otras recomendaciones proponen medidas jurídicas, políticas y prácticas para el
desarrollo de políticas familiares coherentes e integradas, la promoción de la
mediación familiar, el cuidado de los niños y la participación de los niños en la vida
familiar y social.
1.1.2. Normativa nacional
o La Constitución Española (1978) garantiza la protección a la familia y así, en su
artículo 39.1 determina que “Los poderes públicos aseguran la protección social,
económica y jurídica de la familia”. La aplicación práctica de este principio que
fundamenta la política social y económica corresponde a los distintos niveles de la
Administración del Estado (central, autonómico o local) en sus respectivos ámbitos
de competencia.
1.1.3. Normativa autonómica
o El Plan Integral de Apoyo a la Familia en Castilla-La Mancha (2007-2011) viene
informado por el deseo de respuesta a las necesidades de las familias, antes que
por la forma en la que están organizados los recursos de la Administración
autonómica. Por ello, se ha optado por una ordenación transversal y que da lugar a
varios tipos de apoyo por parte del sector público, entre los que se encuentran las
“tareas familiares de crianza y educación (servicios)”. A esto se añaden las
acciones de promoción, sensibilización y otras, dirigidas a los diversos sectores de
la sociedad, así como las que pueden servir de soporte para el adecuado
cumplimiento del Plan, dando lugar todo ello, a la definición de varios ejes entre los
que destacamos el “Eje II: Prevención, promoción y socialización”, en el que refleja
el “Apoyo a la educación desde el ámbito familiar y desde el sistema educativo
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formal” propone como objetivo general, contribuir entre toda la comunidad
educativa, a la educación formal y no formal de los niños y adolescentes, a su
desarrollo personal y a la promoción de sus capacidades. Como objetivo específico
plantea “Promover acciones formativas con las familias, dirigidas a fomentar su
acción como educadoras”.
o Ley 3/1999, de 31 de marzo, del Menor de Castilla-La Mancha. En el artículo 27 se
definen las situaciones de riesgo como aquellas que, como consecuencia de
circunstancias de carácter personal, familiar o de su entorno, perjudican el
desarrollo personal o social del menor y en las que los padres, tutores o
guardadores de los menores no asumen o puedan no asumir completamente sus
responsabilidades para mitigarlas, sin que dichas situaciones requieran la asunción
de la tutela por ministerio de la Ley.
o La Ley 14/2010, de 16 de Diciembre de Servicios Sociales de Castilla-La Mancha
incluye entre las prestaciones técnicas de Servicios Sociales de Atención Primaria
la de “Atención a la familia o unidad de convivencia: Esta prestación se ofrecerá a
aquellas personas, familias o unidades de convivencia que tengan dificultades para
atender adecuadamente las necesidades básicas de manutención, protección,
cuidado, afecto y seguridad de sus miembros”. La Ley dice que para ello
proporcionará desde los Servicios Sociales y a través de los profesionales, los
refuerzos necesarios preventivos y promocionales de tipo educativo, entre otros,
potenciando las competencias y capacidades de la unidad familiar, para
desenvolverse con autonomía en el entorno comunitario.
1.1.4. Normativa municipal
o Como fruto del Convenio Marco de Colaboración firmado en entre el Ministerio de
Sanidad, Política Social e Igualdad y la Federación Española de Municipios y
Provincias (FEMP), se ha presentado el documento La educación parental como
recurso psicoeducativo (Rodrigo, 2010), un nuevo instrumento para promover las
políticas locales de apoyo a la parentalidad positiva en
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