Sociologia
huseim22 de Septiembre de 2013
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INTRODUCCIÓN
Al desarrollar el presente trabajo de investigación, en la Cátedra de Seminarios, Normas, Principios y Doctrina de Investigación Criminal, sobre ”LA INVESTIGACIÓN EN GENERAL, LA INVESTIGACIÓN CRIMINAL, EL PAPEL DEL INVESTIGADOR EN EL NUEVO SISTEMA PENAL ACUSATORIO Y EL PAPEL DEL INVESTIGADOR DESDE EL PUNTO DE VISTA POLICIAL EN EL NUEVO SISTEMA ACUSATORIO”, hablaremos de La actividad resaltando en este punto el papel de los criminalistas, la policía y criminalística en el lugar de los hechos, la Escena del Crimen y todos esos aspectos de suma importancia que la integran, sin olvidar que la Inspección Ocular es la que nos permitirá realizar todas las diligencias pertinentes, comprobar el hecho punible, recolectar los indicios y evidencias que nos permitirán sustentar la acusación del imputado en un juicio público. Para que se realice una buena investigación debe de seguirse cada uno de los parámetros establecidos, de los cuales podemos citar: protección de la escena del crimen, manipulación de evidencias en general.
De la misma forma haremos énfasis a la Investigación Criminal que es el conjunto de saberes interdisciplinarios y acciones sistemáticas integrados para llegar el conocimiento de una verdad relacionada con el fenómeno delictivo. Cabe señalar que esta disciplina comprende aspectos como El manejo de estrategias que contextualizan el papel de la víctima, del delincuente y del delito como tal. El estudio de las técnicas orientadas a contrarrestar, controlar y prevenir la acción delictiva; El dominio de la investigación como proceso metodológico que se basa en los principios y teorías de las respectivas ciencias, en los procedimientos jurídicos y la reconstrucción del hecho mediante las circunstancias de tiempo, modo y/o lugar para sustentar en forma técnico científica, los resultados conducentes al esclarecimiento de un presunto delito y a la identificación de sus autores; El empleo de los principios y teorías de las ciencias y sus correspondientes disciplinas que apoyan la acción investigativa; La aplicación de los procedimientos jurídicos; La reconstrucción del hecho para visualizar el todo de lo sucedido a través de circunstancias, entre otros. Así como la investigación en general debe reunir requisitos para obtener resultados positivos, la Investigación Criminal, también lo requiere, de lo contrario estaríamos enfrentando una investigación pobre, carente de base legal para llevar a juicio a una persona acusada de cometer un delito. Dentro de este punto haremos referencia a sus objetivos, características, fases, procedimiento entre otros, que nos permitirán tener una idea mas clara relacionada con la escena del crimen.
Esperando así estimado lector(a) que nuestro trabajo llene las expectativas enmarcadas, y que sea de satisfacción para usted.
I. LA INVESTIGACIÓN EN GENERAL
Se entiende por Investigación, el conjunto de diligencias orientadas al descubrimiento y comprobación científica del delito, sus características, la identificación de sus autores o partícipes, así como el aseguramiento de sus objetos activos y pasivos. En esta investigación, por orden de la ley, se deben respetar los principios referentes a los derechos humanos y al debido proceso, con expresa consideración de la presunción de inocencia, derecho a la libertad, y respeto a los procedimientos establecidos. La actividad e investigación será reservada para los terceros.
A. Fundamentos de la criminalística
Es la disciplina que aplica fundamentalmente los conocimientos, métodos y técnicas de investigación, de las ciencias naturales en el examen del material sensible significativo relacionado con un presunto hecho delictuoso con el fin de determinar en auxilio de los órganos encargados de administrar justicia, su existencia o bien reconstruirlo o bien señalar y precisar la intervención de uno o varios sujetos en el mismo.
Es la ciencia auxiliar del derecho penal que utiliza o emplea los recursos técnico-científicos en la búsqueda y análisis de los elementos materiales de prueba, a fin de establecer si hubo un delito, otorgando a los investigadores y al criminalista bases científicas sobre el análisis del lugar de los hechos y determinar las posibles causas o móviles de lo sucedido).
La criminalística, si bien se ocupa de medios para descubrir y verificar, unos y otros van referidos, al hombre. El fin de lo mismo es el descubrimiento del delito y del delincuente y también de la víctima o perjudicado por el delito. Descubrir un delito no significa solo comprobar la existencia del hecho punible, existencia que en verdad muchas veces se acredita, pudiéndose decir, por si misma, sino determinar el cuándo, el dónde, como, porque y el quién, con la mayor exactitud posible las exigencias tiempo espaciales, modales y personales del hecho punible, comprendiendo en lo personal no solo al quién activo, sino también al pasivo, aunque la determinación de éste tenga menor alcance penal que la de aquel; el cuándo es en principio, más importante que el dónde, ya que marca una relación temporal que puede predeterminar por si misma el dónde y tiene además a los efectos de una responsabilidad, una mayor repercusión penal.
También importante a los efectos de ciertos agravantes, etc. Y en ciertos conflictos de jurisdicción. El tiempo es fundamental a los efectos de causalidad, etc. (ejemplo. violación previa o posterior al homicidio), pluralidad de delitos, delitos imposibles (ejemplo. matar a un muerto) Añadamos aún que la criminalística puede ser eficaz respecto al testimonio en todas formas, tanto en orden a la confección como a las manifestaciones de los testigos, peritos, etc. Probando que unas y otras no concuerdan con la realidad de los hechos. En tal sentido, pueden también evitar errores judiciales. Quizá, como dice Brochar, la mayor parte de los errores judiciales se deba a la falsa o equivoca identificación del acusado hecha por la víctima o testigos. El estado emocional de aquella y estos, es frecuente origen de errores y a evitarlos en éste y demás aspectos va enderezada la criminalística, con la severa determinación de ese "quien" fundamental en toda investigación.
El criminalista solo lo es plenamente; primero cuando emplea métodos debidamente comprobados por la ciencia o arte correspondiente, segundo, cuando compruebe íntegramente al descubrimiento del delito en los diferentes elementos formalisticos que la integran. La primera comprobación es la del laboratorio, la segunda la Policía y es distinta a la anterior, aunque se hallan íntimamente ligadas.
Comprobar el delito es también verificar el delincuente y la víctima. La más importante de estas dos comprobaciones es la que atiende al delincuente. Individualizar éste quiere decir, éste y no otro. Ahora bien individualizar una persona no es precisamente identificarla. La individualización es previa a la identificación, Solamente un uso amplísimo de ésta palabra puede llevar, incorrectamente a equipararla como la anterior.
Individualizar o individuar significa el proceso más o menos complicado de concretar a una persona, de distinguirla con sus características de todos los demás. Es una tarea de índole originaria que supone la concreción de una persona por la reunión de una serie de elementos que sobre ella misma y que se refiere a sus características, a lo que le es propio como individualidad física o moral.
Identificar es algo que se halla íntimamente ligado a lo anterior pero que es sin embargo, diferente. En un sentido amplio, genérico, identificar implica una yuxtaposición, el proceso más o menos complicado de ver si lo que se posee respecto a la individualidad de alguien corresponde, se ajusta a la misma. La identificación es el resultado final a que toda individualización debe conducir. Identificar, pues no es precisamente descubrir, sino confirmar, realizar un reconocimiento, acreditar la exactitud de lo individualizado, de lo conocido. Así, en la búsqueda de un delincuente se comienza por reunir respecto al mismo toda suerte de indicios y pruebas que nos permitan conocerle o sea, individualizarle de todos los demás; sangre; pelos; mancha; estatura, armas, manera de cometer el delito, etc. La reunión sistemática y científica de tales elementos con conocimiento va constituyendo "el individuo que se busca", le va individualizando respecto a los otros, y cuando se le cree tener ya debidamente determinado, diferenciado, se le identifica, es decir, se le verifica, yuxtaponiendo todos los elementos obtenidos en su propia persona. En la vida realizamos constantemente individualizaciones, identificar; ya tenemos que salirnos de lo meramente descriptivo y entrar en una serie de operaciones que significa una especie de comprobación.
Cuando hablamos de exigencia legal y científica, queremos indicar dos órdenes de exigencias existentes en todo procedimiento penal, las cuales pueden discrepar considerando una de ellas que la identificación esta lograda debidamente y la otra no. Justamente aquí vemos la íntima conexión que existe entre criminalística y procedimiento penal. Puede suceder que el sistema de garantías procesales exija legalmente en un caso dado, muchas más para llegar a establecer su responsabilidad que lo que el Policía o el criminalista considera necesario, partiendo de consideraciones científicas. Es que las leyes no son realizadas por técnicos, sino por legisladores, y la mayoría no son ni técnicos, ni doctores en derecho.
Puede ocurrir también que desde los primeros momentos, la existencia de huellas papilares del
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